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    <title>Notife</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Santa Fe.</subtitle>
    <updated>2022-07-15T13:25:17+00:00</updated>
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            Reglamentaron la Ley Mica Ortega sobre grooming
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m5yiNDCTEUGMWDsHrGH33NFTHAk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2018/12/grooming.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno reglamentó este viernes la Ley 27.590 &#8220;Mica Ortega&#8221;, sancionada en noviembre de 2020, que crea el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.</p>
<p>Así lo hizo a través del Decreto 407/2022 publicado en el Boletín Oficial, que contempla sensibilizar y generar conciencia en la población sobre el ciberacoso, a través del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) y de la capacitación de la comunidad.</p>
<p>#EligeTuForma: una campaña para concientizar sobre grooming y cyberbullying</p>
<p></p>
<p>El nombre de la normativa es en homenaje a Micaela Ortega, la niña de 12 años que desapareció el 23 de abril de 2016 tras encontrarse con Jonathan Luna (28 años), quien utilizaba cuatro cuentas falsas en la red social Facebook, a través de las cuales simulaba ser una menor de edad, y que luego de entrar en confianza con Micaela la asesinó.</p>
<p>En la reglamentación de la normativa, se decretó la creación del Observatorio del Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social.</p>
<p>Sus objetivos serán señalar cuando no se cumpla la ley y elaborar un informe anual sobre la implementación del Programa y el cumplimiento de la norma.</p>
<p>Además, específicamente sobre entornos digitales, impulsará capacitaciones para el uso responsable de las TICs, además de relevar su utilización en los entornos digitales de niños, niñas y adolescentes, e identificar modalidades de vulneración de derechos en estos espacios.</p>
<p>El Ministerio de Desarrollo Social presidirá el Observatorio, que también será integrado por representantes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), y los ministerios de Educación y de Justicia y Derechos Humanos.</p>
<p>Crean un programa nacional contra el grooming o ciberacoso</p>
<p></p>
<p>También lo integrarán la Secretaría de Medios y Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de ministros, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), organizaciones no gubernamentales, universidades nacionales, expertos independientes y periodistas especializados.</p>
<p>Por otra parte, la reglamentación de la norma creó la Unidad de Coordinación Administrativa Interministerial, en el ámbito de la Senaf, cuyos principales objetivos serán &#8220;abordar de forma integral las acciones necesarias para la plena implementación&#8221; de la ley y monitorear su cumplimiento.</p>
<p>También dispuso la creación de un Comité Asesor sobre el Uso Seguro y Responsable de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que elaborará recomendaciones y propondrá articulaciones entre organismos estatales y no estatales con el objetivo de colaborar en el cumplimiento de la norma.</p>
<p>La autoridad de aplicación de la normativa será la Senaf y el Ministerio de Desarrollo Social.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m5yiNDCTEUGMWDsHrGH33NFTHAk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2018/12/grooming.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno reglamentó este viernes la Ley 27.590 “Mica Ortega”, sancionada en noviembre de 2020, que crea el Programa Nacional de Prevención y Concie...]]>
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                <updated>2022-07-15T13:25:17+00:00</updated>
                <published>2022-07-15T13:25:17+00:00</published>
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            Reglamentan la suba del piso del impuesto a las Ganancias
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vxV7DqIgEzRjrEtOTXW_GK5D2xM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/03/279463_anses.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias a través de la publicación de la normativa en el Boletín Oficial de este martes. La decisión del Gobierno beneficia a trabajadoras y trabajadores con salarios mensuales de hasta $280.792 brutos, que dejan de pagar el tributo.</p>
<p>Esta medida entra en vigencia con los salarios devengados desde el 1° de junio y permite excluir del cálculo de Ganancias al medio aguinaldo que comenzará a abonarse en las próximas semanas.</p>
<p>El piso del Impuesto a las Ganancias sube a $280.000 y el aguinaldo no tributa</p>
<p></p>
<p>El ministro de Economía, Martín Guzmán, necesita estabilidad en el mercado de bonos para financiar al Tesoro y reducir la emisión monetaria.</p>
<p>De esta forma, aquellas personas con remuneraciones de entre $280.792 y $324.182 brutos registrarán una significativa reducción en su carga tributaria.</p>
<p>El Gobierno anuncia la suba del mínimo no imponible para el Impuesto a las Ganancias</p>
<p></p>
<p>La Resolución General N°5206/2022 de la AFIP que instrumentó el nuevo piso a partir del cual se empieza a pagar Ganancias se firmó el último viernes, a tres días de la sanción del Decreto 298/2022.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vxV7DqIgEzRjrEtOTXW_GK5D2xM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/03/279463_anses.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias a través de la publicación de la normativa...]]>
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                <updated>2022-06-14T09:24:56+00:00</updated>
                <published>2022-06-14T09:24:56+00:00</published>
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            Se reglamentó la Ley de Etiquetado Frontal
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lFpsTJW_HyA97J0Fh3hNh6e5jWE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/03/615c649a3cc25_900.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>




Tras cinco meses de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Gobierno comunicó la reglamentación a través del Boletín Oficial. Las bebidas y los alimentos procesados deberán llevar octágonos negros de al menos un 5% del tamaño de la cara principal del envase.
<p>&nbsp;</p>






<p></p>














Tras cinco meses de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Gobierno oficializó la reglamentación de la Ley de Etiquetado Frontal. La norma tiene por objetivo que se advierta en los envoltorios de los alimentos los excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud como azúcares, sodio y grasas saturadas, entre otros.</p>


&#8220;La Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable tiene por objeto garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada de la población, a través de la promoción de una alimentación saludable, brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas, para promover la toma de decisiones asertivas y activas y resguardar los derechos de las consumidoras y los consumidores; advertir a consumidoras y consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz en atención a los artículos 4° y 5° de la Ley N° 24.240, de Defensa al Consumidor, y promover la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles”, reza el Decreto 151/2022 publicado esta mañana en el Boletín Oficial con las firmas de Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y de Agricultura, Julián Domínguez.</p>





La ley establece que las bebidas y los alimentos procesados deberán llevar octágonos negros de al menos un 5% del tamaño de la cara principal del envase y puede llevar más de un sello negro.





Esta ley alcanza a todas las personas, humanas o jurídicas, que fabriquen, produzcan, elaboren, fraccionen, envasen, encomienden envasar o fabricar, distribuyan, comercialicen, importen, pongan su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano en la República Argentina. Además se indicó que los locales comerciales o puntos de venta, sea de forma física como en línea, &#8220;son sujetos obligados al cumplimiento de la presente normativa&#8221;.</p>
<p>Cabe destacar que no están obligados a tener el sello de advertencia en la cara principal el azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común de mesa.</p>
<p>Asimismo, en la normativa se fijó que la declaración del rotulado nutricional frontal es &#8220;obligatoria&#8221; en los alimentos y bebidas analcohólicas envasados cuando en su composición final las cantidades de azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas totales, sodio y/o energía sean iguales o superiores a los límites y condiciones definidos por la ley. Del mismo modo, aquellos alimentos que contengan edulcorantes y/o cafeína deben declarar la leyenda precautoria.</p>



<p>La Cámara de Diputados aprobó la ley de Etiquetado Frontal</p>
<p></p>


<p>&nbsp;</p>


Las prohibiciones en los envases
<p>Los alimentos y bebidas envasadas que tengan algún sello de advertencia no pueden incorporar en sus envases:</p>

Información nutricional complementaria
Logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o civiles.
Personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, deportistas, mascotas, elementos interactivos, la entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales u otro elemento.
La participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales con la compra de productos.










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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lFpsTJW_HyA97J0Fh3hNh6e5jWE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/03/615c649a3cc25_900.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras cinco meses de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Gobierno comunicó la reglamentación a través del Boletín Oficial. Las bebidas y los al...]]>
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                <updated>2022-03-23T08:30:17+00:00</updated>
                <published>2022-03-23T08:30:17+00:00</published>
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            Reglamentaron la Ley de Góndolas para las páginas web de los supermercados
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WGY_1lHza-5h6H2Sjl90-Rzlexo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/compras-online.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados, a través de la resolución 926/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial.</p>
<p>Esta nueva normativa establece que las páginas web de los supermercados, en primera instancia, deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida.</p>
<p>La Ley de Góndolas diversifica la oferta y crea nuevas oportunidades</p>
<p></p>
<p>De esta manera, las y los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles.</p>
<p>Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria.</p>
<p>Además, los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por Comercio Interior.</p>
<p>De esta forma, si la o el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida.</p>
<p>Finalmente, la tercera cuestión que añade esta reglamentación es la identificación de productos fabricados por micro y pequeñas empresas (mipymes).</p>
<p>Se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por mipymes, agricultura familiar, campesina e indígena; economía popular, cooperativas y asociaciones mutuales, también con señalética específica aprobada por el área que conduce Paula Español.</p>
<p>Ley de Góndolas: deberán señalizar los productos más baratos para cada categoría</p>
<p></p>
<p>Tanto la obligación de diferenciar los bienes de precio más bajo como los productos mipymes, es la misma respecto de la reglamentación de la Ley de Góndolas para los comercios físicos.</p>
<p>Además, se utilizará la misma señalética en las tiendas virtuales y en los salones de venta para facilitar la visualización por parte de los consumidores y consumidoras.</p>
<p>Los sujetos alcanzados tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las obligaciones que dicta la presente medida.</p>
<p>La Ley de Góndolas regula la oferta de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza del hogar, y alcanza a todas las grandes cadenas de supermercados de todo el país.</p>
</p>
Los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles.

<p>La norma, tal como fue sancionada por el Congreso, establece obligaciones tanto para las góndolas de los salones de venta como para las góndolas virtuales, disponibles en las páginas web de los supermercados.</p>
<p>A partir de la implementación de la Ley de Góndolas, las y los consumidores pueden encontrar una diversidad de productos mucho mayor a la que encontraban habitualmente, lo que implica una potencial mejora de la experiencia de consumo. Por otro lado, beneficia a las mipymes del país porque democratiza el espacio en las góndolas.</p>
<p>A partir de su implementación, los espacios en los supermercados son distribuidos en forma equitativa entre los distintos proveedores u oferentes.</p>
<p>Además, mediante el manual de buenas prácticas comerciales elaborado por Comercio Interior, se busca garantizar el acceso y la permanencia de las micro y pequeñas empresas a los grandes supermercados.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WGY_1lHza-5h6H2Sjl90-Rzlexo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/compras-online.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados, a través de la re...]]>
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                <updated>2021-09-10T09:38:59+00:00</updated>
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            El Gobierno reglamentó la Ley para la Prevención del Suicidio
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<p></p>
<p>El Gobierno reglamentó este viernes la Ley Nacional de Prevención del Suicidio, que tiene por objeto la disminución de la incidencia y prevalencia del suicidio, a través de la prevención, asistencia y posvención,</p>
<p>Así lo hizo a través de la publicación del Decreto 603/2021 en el Boletín Oficial, que en sus considerandos subraya, entre otros aspectos, que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) consideran al suicidio como &#8220;un grave problema de salud pública de carácter prevenible mediante intervenciones oportunas, basadas en datos fidedignos&#8221;.</p>
<p>&#8220;Resulta indispensable dictar las normas reglamentarias que permitan la inmediata aplicación de las previsiones contenidas en la citada Ley Nacional de Prevención del Suicidio Nº 27.130&#8221;, plantea el Poder Ejecutivo en los considerandos de la reglamentación de la norma, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de los ministros Carla Vizzotti (Salud), Juan Zabaleta (Desarrollo Social) y Nicolás Trotta (Educación).</p>
<p>Según la OMS, en el mundo se suicida alguien cada 40 segundos</p>
<p></p>
<p>De esta forma, el Gobierno nacional dio un paso vital para la puesta en marcha de esta norma, que había sido votada por unanimidad de ambas cámaras del Congreso en 2015 y que llevaba entonces ya siete años sin reglamentar, y, por ende, sin efectiva aplicación.</p>
<p>Según había anticipado ayer en diálogo con Télam el subsecretario de Gestión de Servicios e Institutos del Ministerio de Salud, Alejandro Collia, la reglamentación oficializada este viernes, en el marco del Día Mundial y Nacional de la Prevención del Suicidio, fue &#8220;consensuada con todas las jurisdicciones, la comunidad científica, universidades y la sociedad civil, y con todos los actores que forman parte de la implementación de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657, ley marco que cambió el paradigma dándole una visión social y comunitaria a la atención, que pone en el centro de la escena a la persona como sujeto de derecho y se lo aborda desde una mirada global, que incluye esta problemática&#8221;.</p>
<p>El subsecretario de Gestión de Servicios e Institutos del Ministerio de Salud, Alejandro Collia, había dicho que &#8220;el suicidio es una problemática de salud pública mundial y de la Argentina, prevenible y multicausal&#8221;.</p>
<p>En cuanto a las tasas de mortalidad por suicidio, señaló que &#8220;varían en el mundo pero en la Argentina tiene alrededor de 10 muertes cada 100 mil habitantes por año&#8221;, mientras que &#8220;Estados Unidos está en 12 y Corea del Norte en 28&#8221;.</p>
<p>El Ministerio de Salud detalló que los signos de alerta son: aislamiento, persistencia de ideas negativas, dificultad para comer, dormir y trabajar, desesperanza, llanto inconsolable, repentino cambio de conducta</p>
<p>El funcionario indicó que &#8220;la Argentina tuvo entre 2010 y 2019 alrededor de 31.000 muertes por suicidio&#8221; y &#8220;las franjas etarias que mayor prevalencia tienen son las de los 15 a 29 años y de 25 a 39, pero también depende de los países y los diversos factores culturales, socio económicos, psicológicos, biológicos, ambientales, porque esta es una problemática multicausal&#8221;.</p>
<p>Collia indicó que la reglamentación plantea -entre otras cuestiones- tres intervenciones claves como la de fortalecer la atención de esta problemática en los centros de salud, que son el primer nivel de atención, mejorar la vigilancia epidemiológica, y que cada jurisdicción disponga de una línea telefónica para la atención de esta problemática las 24 horas.</p>
<p>A su vez, detalló que en este momento se está incluyendo medicación para los problemas de salud mental dentro de los botiquines del Plan Remediar, sumado a una fuerte estrategia de capacitación para los integrantes de los equipos de salud a través de las plataformas del Ministerio de Salud.</p>
<p>En paralelo, las autoridades sanitarias argentinas están avanzando en colaboración con la OPS en determinar lugares centinela, para tomar información precisa de las causas a partir de la experiencia de distintos hospitales de referencia.</p>
<p>Además, Collia destacó el trabajo en conjunto con las distintas jurisdicciones del país, bajo la rectoría del Ministerio de Salud, y aseguró que &#8220;en el contexto de la pandemia se estima que en el campo de la salud mental hay una proyección de un aumento de las consultadas de un 30 por ciento; y en relación a la problemática del suicidio es clave el monitoreo y las acciones prevención, asistencia y posvención&#8221;.</p>
<p>Alerta en San Jorge por el aumento de suicidios adolescentes</p>
<p></p>
<p>A su vez, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) informó que cada año, más de 700.000 personas se quitan la vida tras numerosos intentos de suicidio, lo que corresponde a una muerte cada 40 segundos y que &#8220;los suicidios son prevenibles con intervenciones oportunas&#8221;, para las cuales es fundamental &#8220;un enfoque multisectorial&#8221; y así mitigar los factores de riesgo, reducir los medios de suicidio y potenciar los factores de protección, fomentar la resiliencia, que pueden &#8220;reducir de manera eficaz las tasas de suicidio&#8221;.</p>
<p>En su campaña de concientización, el Ministerio de Salud detalló que los signos de alerta son: aislamiento, persistencia de ideas negativas, dificultad para comer, dormir y trabajar, desesperanza, llanto inconsolable, repentino cambio de conducta. Y se puede colaborar en la prevención reconociendo estas señales, mostrando interés y apoyo, respetando las diferentes expresiones de sentimientos, eliminando prejuicios.</p>
<p>Por último, Collia, también se refirió a las acciones remotas que se están llevando adelante desde que comenzó la pandemia, &#8220;algo muy importante para mantener los tratamientos que también sirven para evitar y realizar seguimiento en caso de suicidios o intentos de suicidios, con las tele consultas y tele recetas, la implementación de nuevas prestaciones en el Sumar , y el trabajo con la comunidad mediante la comunicación general del Ministerio de Salud&#8221;.</p>
<p>Con respecto al programa Sumar, señaló también su importancia en la posvención ya que incorporó una prestación &#8220;con la que se realiza seguimiento de la familia en domicilio tanto por intento de suicidio como por suicidio, no solo por la posibilidad de que exista otra situación similar sino por todo el impacto emocional que genera, que requiere el apoyo psicosocial&#8221;.</p>
<p>Desde el año 2003, la Organización Mundial de la Salud (OMS) junto con la Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio (IASP), impulsaron la conmemoración del 10 de septiembre como el Día Mundial para la Prevención del Suicidio, que representa el compromiso mundial para trabajar desde los Estados y la sociedad civil en la prevención.</p>
<p>En 2010, en la Argentina la Cámara de Diputados de la Nación declaró el 10 de septiembre como el Día Nacional de Prevención del Suicidio.</p>
<p>Este año, la OPS propone como lema para concientizar &#8220;crear esperanza a través de la acción&#8221;.</p>
<p>Cifras y datos vinculados a conductas suicidas</p>
<p>Algunos datos y cifras de la OMS/OPS y del Ministerio de Salud de la Nación que convalidan la caracterización de la conducta suicida como una problemática sociosanitaria prioritaria de alcance mundial:</p>
<p>•703.000 personas se quitan la vida en el mundo.</p>
<p>•Conlleva a una muerte cada 40 segundos.</p>
<p>•Por cada suicidio consumado se estima que hay unos 20 intentos.</p>
<p>•Una de cada 100 muertes en el mundo es por suicidio.</p>
<p>•En 2019, fue la cuarta causa de defunción entre personas de 15 a 29 años en el mundo.</p>
<p>•Es un fenómeno que afecta a todas las regiones del mundo.</p>
<p>•Sin embargo, el 77% de los suicidios ocurridos en el 2019 ocurrieron en países de ingresos bajos y medianos.</p>
<p>•Aunque la relación entre el suicidio y los trastornos mentales está establecida, muchos suicidios se producen de forma impulsiva en momentos de crisis, como una pérdida económica.</p>
<p>•Se estima que 20 veces ese número pudo haber realizado intentos de suicidio.</p>
<p>•Hubo más de 31.000 muertes por suicidio en la Argentina en el período 2010-2019.</p>
<p>•La tasa argentina de mortalidad por suicidio fue de 7,3 por cada 100.000 habitantes en el 2019. No sufrió variaciones significativas en relación a años anteriores.</p>
<p>•Es mayor la incidencia de estas conductas en varones que en mujeres.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5eXHZzv-8I0K295JrvWFKfdnTgg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/09/suicidio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>A través del Decreto 603/2021, el Gobierno nacional dio un paso vital para la puesta en marcha de esta norma, que había sido votada por unanimidad de...]]>
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                <updated>2021-09-10T08:39:34+00:00</updated>
                <published>2021-09-10T08:39:34+00:00</published>
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            El Gobierno reglamentó la “Ley de Talles”
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YxcJ3vvjZI7zsualCo_tY37D2lo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/06/PARA-TI-LEY-DE-TALLES-2-DESTACADA-News-123-RF-20190611.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
El Gobierno reglamentó hoy, a través de un decreto, la denominada &#8220;Ley de Talles&#8221;, que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria en todo el país. 



<p>Se trata de la reglamentación de la Ley 27.521 de &#8220;Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)&#8221;, que rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos.</p>




Aprobaron la ley de Talles




<p>El objetivo es generar &#8220;el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria&#8221;, resaltó el decreto. La ley en cuestión fue sancionada hace más de un año y medio y, además de indumentaria, incluye calzado y ropa de trabajo.</p>



<p>Fueros excluidas la indumentaria &#8220;de alta costura o de diseño de autor&#8221;, las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de manera personalizada a pedido de los consumidores; los accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.</p>



<p>A través del decreto 375/2021, el Poder Ejecutivo determinó que &#8220;será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores&#8221;.</p>



<p>Según el texto oficial, &#8220;la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores&#8221;.</p>




Ley de talles: una normativa que deberá sortear varios obstáculos




<p>&#8220;Esta temática ha cobrado una significativa importancia en la agenda nacional con el auge del comercio electrónico, circunstancia que se ha visto potenciada durante la Pandemia del COVID-19&#8221;, añadió el decreto. En cuanto al estudio antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales estandarizadas, se dispuso que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) será el encargado de realizarlo.</p>



<p>De acuerdo con lo dispuesto, la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de aplicación de la Ley, y en tal carácter estará facultada para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva aplicación.</p>



<p>Asimismo, se creó el &#8220;Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria&#8221;, cuya función será examinar y pronunciarse, a pedido de la autoridad de aplicación, sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de ese sistema, sin efecto vinculante.</p>



<p>El Consejo &#8220;no implicará erogación adicional alguna para el Estado Nacional&#8221;, aclaró el Gobierno, y puntualizó que estará conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales, de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los profesores regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil, un representante del Ministerio de Salud, del INADI y del INTI.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YxcJ3vvjZI7zsualCo_tY37D2lo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/06/PARA-TI-LEY-DE-TALLES-2-DESTACADA-News-123-RF-20190611.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno reglamentó hoy, a través de un decreto, la denominada “Ley de Talles”, que establece un sistema único normalizado de identificación de tal...]]>
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                <updated>2021-06-09T09:20:47+00:00</updated>
                <published>2021-06-09T09:20:47+00:00</published>
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            Se reglamentó el registro de autocultivo de cannabis medicinal
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Rei_VFrT6xlir4VANKahyQfIuww=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/03/5faa74481b0ff_1004x565.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La resolución establece que usuarios y usuarias de cannabis medicinal podrán inscribirse por sí o a través de un representante y obtener autorización para cultivar, para acceder al cultivo a través una tercera persona o a través de una organización civil autorizada.</p>



<p>El Gobierno reglamentó este viernes, a través de una resolución del Ministerio de Salud, el funcionamiento del Sistema de Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), donde &#8220;usuarios y usuarias de cannabis medicinal&#8221; podrán inscribirse &#8220;por sí o a través de un representante y obtener autorización para cultivar, para acceder al cultivo a través una tercera persona (cultivador) o a través de una organización civil autorizada a esos efectos&#8221;.</p>



<p>La resolución, que lleva el número 800/2021, establece además la derogación de la resolución ministerial 1537 del 21 de septiembre de 2017, que establecía una regulación más restrictiva de la ley de Uso Medicinal del Cannabis (27.350) y que fue superada a partir de la nueva reglamentación que se sancionó en noviembre de 2020.</p>




Crearán un registro de cultivo y uso de cannabis medicinal en Rosario




<p>En adelante, Reprocann &#8220;registrará a los usuarios y usuarias que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado&#8221; lo que les permitirá cultivar, o bien acceder al cultivo a través de un cultivador o de organizaciones autorizadas para este fin.</p>



<p class="has-text-align-center">La Ley 27.350 fue sancionada en marzo de 2017 pero durante años el acceso al tratamiento se vio restringido por su reglamentación, lo que fue denunciado por las organizaciones de familiares de pacientes</p>



<p>Para solicitar esta inscripción, que puede realizarse en https://reprocann.salud.gob.ar., es requisito &#8220;excluyente&#8221; contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico.</p>



<p>La resolución estableció, además, que &#8220;los usuarios y usuarias que acceden a la planta de cannabis y sus derivados, los terceros cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con usuario vigente en la plataforma: Argentina.gob.ar&#8221;, en tanto que la autorización que se obtiene a través de la inscripción tendrá vigencia de un año.</p>



<p>En el anexo II, se autoriza el cultivo de entre 1 y 9 plantas florecidas, en hasta seis metros cuadrados en interior (en el exterior no estará permitido cultiva) y se pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas.</p>



<p>&#8220;La actualización de tales límites máximos estará a cargo del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y Tratamientos No Convencionales&#8221;, de acuerdo a la evolución de la evidencia científica.</p>




Es legal el autocultivo de cannabis medicinal y la venta en farmacias de sus aceites




<p>La Ley 27.350 fue sancionada en marzo de 2017 pero durante años el acceso al tratamiento se vio restringido por su reglamentación, lo que fue denunciado por las organizaciones de familiares de pacientes.</p>



<p>En noviembre del año pasado se realizó una nueva reglamentación que amplió su utilización más allá de la epilepsia refractaria, permitió el autocultivo, garantizó la provisión para pacientes, fomentó la investigación y autorizó la producción pública y privada de aceite y otros derivados.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Rei_VFrT6xlir4VANKahyQfIuww=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/03/5faa74481b0ff_1004x565.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La resolución establece que usuarios y usuarias de cannabis medicinal podrán inscribirse por sí o a través de un representante y obtener autorización...]]>
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                <updated>2021-03-12T14:12:29+00:00</updated>
                <published>2021-03-12T14:12:29+00:00</published>
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            En Coronda se prohibirá el expendio de bolsas plásticas a partir de 2021
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mXBC_JzSYbsxaCE9HIvZuorsbf8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/11/bolsas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Habrá un cronograma para que no se expendan más desde enero y febrero próximos.
<p></p>
<p class="has-medium-font-size">La Municipalidad de Coronda informó que a través de un decreto del intendente se reglamentará un artículo de una ordenanza de 2010 que estipulará la prohibición del expendio de las bolsitas de nylons en diferentes comercios.</p>
<p class="has-medium-font-size">El escrito establece la prohibición de utilizar bolsas plásticas, en cualquiera de sus formas, a los fines de la entrega de mercadería, según un nuevo cronograma.</p>
<p class="has-medium-font-size">En supermercados, distribuidoras y todo tipo de medianos y grandes comercios se establecerá la prohibición desde enero 2021.</p>
<p class="has-medium-font-size">En tanto, para kioscos, despensas, almacenes, verdulerías, carnicerías y todo tipo de pequeños comercios será desde febrero del año que viene.</p>
<p class="has-medium-font-size">Además «se insta a las ONGs y/o emprendimientos privados a generar soluciones alternativas destinadas a suplantar a dichas bolsas plásticas». Por otra parte, se realizarán campañas de difusión y concientización a través de los distintos medios de comunicación y redes sociales sobre los perjuicios que dichos elementos generan en el medio ambiente y la necesidad de proceder a su erradicación definitiva».</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mXBC_JzSYbsxaCE9HIvZuorsbf8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/11/bolsas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Habrá un cronograma para que no se expendan más desde enero y febrero próximos.La Municipalidad de Coronda informó que a través de un decreto del inte...]]>
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                <updated>2020-11-20T16:01:42+00:00</updated>
                <published>2020-11-20T16:01:42+00:00</published>
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