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    <title>Notife</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Santa Fe.</subtitle>
    <updated>2022-05-16T11:58:40+00:00</updated>
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            Olivos VIP: aceptan la donación de Alberto Fernández para cerrar la causa
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LK-hOvouHmTiIm7EEm3cYzK6r64=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/05/Mariela-3.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Fernando Domínguez le dio luz verde al ofrecimiento del mandatario, que quedó cerca del sobreseimiento. También avaló la oferta de la primera dama Fabiola Yáñez.</p>
<p></p>
<p>El fiscal federal de San Isidro Fernando Domínguez aceptó las propuestas de donaciones del presidente Alberto Fernández y la primera dama Fabiola Yáñez para cerrar la causa de la Fiesta VIP en la residencia oficial de Olivos en plena cuarentena dura por coronavirus, en julio de 2020. De esta manera quedaron cerca de ser sobreseídos.</p>
<p>El Presidente ofreció en la causa a Domínguez donar $1,6 millones a instituciones médicas para cerrar la causa en la que está imputado por violar las restricciones que él mismo dispuso por la pandemia. Tras la aceptación del fiscal resta que el juez Lino Mirabelli homologue el acuerdo. En ese caso quedaría extinguida la acción penal.</p>
<p>Fernández ofreció donar $1,6 millones para cerrar la causa por la fiesta VIP en Olivos</p>
<p></p>
<p>Domínguez también aceptó la propuesta de la pareja de Alberto Fernández, Fabiola Yañez, que propuso donar $1,4 millones para cerrar la causa, como adelantó TN.</p>
<p>Olivos Vip: insisten con la inconstitucionalidad de los decretos</p>
<p></p>
<p>La donación propuesta en realidad es una reparación integral, un recurso previsto en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal, que después de ser aceptada por el fiscal debe ser homologada por el juez.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LK-hOvouHmTiIm7EEm3cYzK6r64=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/05/Mariela-3.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Fernando Domínguez le dio luz verde al ofrecimiento del mandatario, que quedó cerca del sobreseimiento. También avaló la oferta de la primera dama Fab...]]>
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                <updated>2022-05-16T11:58:40+00:00</updated>
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            Olivos Vip: insisten con la inconstitucionalidad de los decretos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9z7kee0H_kCBoZdcKBxMZWjoZkQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/Olivos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El abogado Mauricio D’Alessandro, defensor de una de las asistentes al cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, en la Quinta de Olivos durante la etapa más estricta del aislamiento por el Covid-19, expuso ante la Cámara Federal de San Isidro los argumentos por los que insiste en que los DNU del presidente Alberto Fernández por la pandemia son “inconstitucionales”.</p>
<p>Después de que el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli rechazara la “excepción de falta de acción por inexistencia de delito” que postuló el jefe del Estado, D’Alessandro volvió a la carga con el pedido para terminar anticipadamente la causa pero con otro argumento.</p>
<p>Fiesta en Olivos: rechazaron el pedido del Presidente para ser sobreseído</p>
<p></p>
<p>El abogado, quien defiende en la causa a Stefanía Domínguez, la “health coach” de Fabiola Yáñez, consideró que los DNU legislaron en materia penal, lo que está expresamente prohibido por la Constitución Nacional.</p>
<p>“De acuerdo al claro texto constitucional del artículo 99 de la Ley Fundamental, la Constitución no realiza ningún tipo de distinción: la prohibición lo es de manera absoluta, sin que en momento alguno se permita la arbitraria  consideración de la admisibilidad por la temporaneidad de la infracción legal”, embistió D’Alessandro.</p>
<p>“El dictado del DNU originario -así como las sucesivas prórrogas y/o modificaciones que se instrumentaran mediante el mismo ilegal sistema – conllevaron medidas de cuarentena, aislamiento, prohibiciones y mantenimiento de la referida infracción penal que ilegal e inconstitucionalmente persisten hasta la fecha”, añadió.</p>
<p>Olivos Vip: apelaron el rechazo a la inconstitucionalidad de los DNU</p>
<p></p>
<p>D’Alessandro sostuvo que el juez Mirabelli omitió el análisis de esos argumentos, por lo que “ha obrado con ilegalidad, arbitrariedad y falta de fundamentos manifiesto”. El análisis del juez de primera instancia –profundizó el abogado- “parte del yerro inconmensurable de considerar un decreto como una ley. Lo que el planteo cuestionó concretamente son las facultades presidenciales en el dictado de normas penales, como lo es el texto del artículo 22 del referido DNU”.</p>
<p>Ese artículo es el que vincula a la violación de la cuarentena con el artículo 205 del Código Penal, que establece penas para quien no cumpliere con las indicaciones para prevenir y combatir una epidemia.</p>
<p>“Lo que se tilda -y lo es – inconstitucional es el texto del artículo 22 del mencionado DNU, por establecer un tipo o infracción penal que -por imperio constitucional, se encuentra expresamente vedado al Ejecutivo, y no las facultades de restricciones por la pandemia”, subrayó en sus fundamentos de la apelación.</p>
<p>Según D’Alessandro, el razonamiento del juez Mirabelli para rechazar el planteo de inconstitucionalidad “resulta arbitrario, con carencia de fundamentación y doblemente erróneo, con falacia argumentativa legal y constitucional, pretendiendo correr el tópico de análisis del planteo”.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9z7kee0H_kCBoZdcKBxMZWjoZkQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/Olivos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El abogado Mauricio D’Alessandro, defensor de una de las asistentes al cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, en la Quinta de Olivos durante la...]]>
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                <updated>2021-12-09T09:16:31+00:00</updated>
                <published>2021-12-09T09:16:31+00:00</published>
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            Olivos Vip: apelaron el rechazo a la inconstitucionalidad de los DNU
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mrk-zH0ij_aXP6ZlZnPGJDez-_s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/olivos-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El abogado de una de las asistentes al cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, apeló el rechazo a la “inconstitucionalidad” de los decretos de necesidad y urgencia (DNU) mediante los cuales el gobierno estableció las restricciones de circulación y reunión en el marco de la pandemia por el Covid-19.</p>
<p>Mauricio D’Alessandro, defensor de la colorista de Fabiola Yáñez, Stefanía Domínguez, recurrió el fallo del juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, que desestimó el planteo que apuntaba a cerrar la acusación.</p>
<p>Cumpleaños en Olivos: imputaron al Presidente y a los invitados</p>
<p></p>
<p>D’Alessandro sostuvo que “el dictado del DNU originario -así como las sucesivas prórrogas y/o modificaciones que se instrumentaran mediante el mismo ilegal sistema – conllevaron medidas de cuarentena, aislamiento, prohibiciones y mantenimiento de la referida infracción penal que ilegal e inconstitucionalmente persiste hasta la fecha”.</p>
<p>“No existían razones y/o motivos de necesidad y/o urgencia por cuanto – nuevamente en contra de los ilegales, arbitrarios, contradictorios y errados considerandos– no existía al momento del dictado del DNU ningún impedimento en la formación y sanción de las leyes”, apuntó el abogado.</p>
<p>En ese sentido, destacó que “aun cuando es cierto que no hay derechos absolutos, no lo es menos que el poder del gobierno para recortarlos de acuerdo con sus necesidades, sean o no de emergencia, es mucho menos que absoluto”.</p>
<p>Olivos Vip: el juez Casanello se declaró incompetente y envió la causa a la justicia federal</p>
<p></p>
<p>D’Alessandro pretende que los DNU que establecieron las restricciones por la pandemia sean declarados inconstitucionales, de modo tal que no sólo la reunión por el cumpleaños de la primera dama deje de ser considerado delito sino que, además, se caigan todas las causas por las violaciones a esas restricciones.</p>
<p>El abogado denunció la “ilegalidad, arbitrariedad y falta de fundamentos” del fallo que rechazó la inconstitucionalidad de los DNU puesto que no evaluó “la prohibición constitucional a las facultades legislativas del ejecutivo” para legislar por decreto en materia penal.</p>
<p>“Lo que el planteo cuestionó concretamente son las facultades presidenciales en el dictado de normas penales como lo es el texto del referido DNU. Potestad que encuentra expresa veda constitucional, sin que ello obste a la declaración, concreción y dictado de medidas de restricción, emergencia y/o pandemia”, añadió D’Alessandro.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mrk-zH0ij_aXP6ZlZnPGJDez-_s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/olivos-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El abogado de una de las asistentes al cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, apeló el rechazo a la “inconstitucionalidad” de los decretos de n...]]>
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                <updated>2021-11-05T15:01:14+00:00</updated>
                <published>2021-11-05T15:01:14+00:00</published>
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            Olivos Vip: el juez Casanello se declaró incompetente y envió la causa a la justicia federal
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hqS9ECW_GJ1ve9auXW4qG7dTcBE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/09/CAV2SZTHTFCEZFOJSR6CF24EKY.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>

Sostuvo que casi todos los hechos investigados ocurrieron en la quinta de Olivos y citó un antecedente cercano. El expediente podría recibirlo la jueza Sandra Arroyo Salgado








<p class="paragraph">El juez federal Sebastián Casanello se declaró incompetente para seguir investigando la causa sobre las reuniones en la quinta de Olivos y decidió mandar el expediente a la Justicia federal de San Isidro, que tiene jurisdicción territorial sobre la residencia. Se trata de una decisión inesperada para todas las partes, incluso para el Gobierno, porque todavía no había un planteo concreto de la jueza Sandra Arroyo Salgado.</p>
<p class="paragraph">“La denuncia formulada por Abril Fernández Soto y Marcos Longoni y cada una de las ampliaciones presentadas, apuntan a la “Quinta de Olivos” como el lugar donde se habrían cometido las conductas en infracción. En igual sentido, los dictámenes y la actividad probatoria llevada a cabo por la Fiscalía dan cuenta de que los hechos que son objeto de investigación tuvieron lugar en esa Residencia Presidencial, sita en la localidad de Olivos, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires. En consonancia, los escritos presentados por las defensas también ubican las conductas en ese lugar”, dice la resolución a la que se tuvo acceso.</p>
<p>Olivos Vip: quiénes son los que aparecen en la polémica foto del festejo de Fabiola Yañez</p>
<p></p>







<p class="paragraph">Y agrega: “De la lectura de la totalidad del expediente puede concluirse que, salvo el anoticiamiento de un festejo ocurrido en Exaltación de la Cruz – Pcia. De Buenos Aires-, el denominador común de todos los hechos denunciados es el lugar de comisión: la Quinta Presidencial de Olivos. Sólo varían los actores”.</p>


<p class="paragraph">Casanello se expidió sobre la competencia aunque todavía no había un planteo concreto de la jueza Sandra Arroyo Salgado para reclamar el expediente. Hasta ahora, la magistrada solo había pedido acceder al expediente que tramitaba en Comodoro Py porque tenía una denuncia similar.</p>
<p class="paragraph">La decisión de Casanello sorprendió a todas las partes, incluyendo a la Fiscalía y al propio Gobierno. “Fue un baldazo de agua fría, ahora vamos a tener que analizar cómo se comportó la justicia de San Isidro en otros casos similares, empezamos de cero”, admitió uno de los abogados defensores ante Infobae.</p>
<p class="paragraph">Casanello se declaró incompetente ante un incidente por un planteo de inconstitucionalidad de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por Alberto Fernández, realizado por la defensa de Stefanía Domínguez, una de las invitadas al cumpleaños de Fabiola Yañez, ocasión en la que se violó la cuarentena estricta que regía entonces y que incluía la prohibición de las reuniones sociales en el AMBA.</p>
<p class="paragraph">El fiscal Ramiro González ya había dictaminado en contra de ese pedido por lo que se esperaba una resolución del juez. Sin embargo, optó por enviar el expediente a San Isidro.</p>
<p>Olivos Vip: “no se propagó el coronavirus”, la nueva estrategia judicial</p>
<p></p>
<p class="paragraph">La defensa de Domínguez, a cargo de Mauricio D’Alessandro, había planteado la inconstitucionalidad de los decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) dictados por el presidente para establecer las restricciones durante la pandemia. En virtud de esos decretos que invocaban dos artículos del Código Penal para castigar a los incumplidores de las normas, es que se inició la causa por la fiesta en Olivos.</p>
(Adrián Escandar)

<p class="paragraph">El abogado había sostenido que la conducta de Domínguez “encuentra encuadre en el ejercicio de derechos de jerarquía superior, como son ́ la libertad de reunión y, a su vez, no haberse corroborado que en ese entonces se hubieran encontrado cursando la enfermedad causada por el COVID19 o padeciendo algún síntoma compatible con la misma”. La tesis de D´Alessandro asegura que el DNU vigente para la fecha del cumpleaños, así como todos los otros adoptados a raíz de la pandemia que hubieran cercenado libertades individuales, son contrarios a la Constitución y fueron emitidos violando el procedimiento previsto para esos casos.</p>
<p class="paragraph">Casanello no resolvió sobre la constitucionalidad de los DNU porque entendió que debe hacerlo la justicia de San Isidro. El juez, elogiado por el presidente Alberto Fernández en una entrevista radial, citó jurisprudencia de su propio juzgado para fundamentar el cambio de jurisdicción.</p>
(NA)
<p class="paragraph">“Si bien el objeto procesal delimitado por la Fiscalía es amplio –dictámenes de fechas 5 y 13 de agosto- no me es posible encontrar un extremo fáctico que justifique la competencia territorial de este juzgado. No estamos frente a delitos continuados o permanentes que hayan involucrado distintas jurisdicciones, ni delitos cometidos a distancia.  Aquí, según los recortes hechos en las denuncias -recogidos por la Fiscalía-, el lugar de la acción y del resultado es el mismo y no involucran a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, agrega en su resolución de apenas cuatro carillas.</p>
<p class="paragraph">El expediente podría recaer ahora en el juzgado de Arroyo Salgado, que estaba de turno al momento de los hechos, aunque en San Isidro hay otro juez federal, Lino Mirabelli. Al que le toque la causa, podría declinar la competencia y el tema debería ser resuelto por la Cámara Federal, aunque se trata de un escenario improbable.</p>


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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hqS9ECW_GJ1ve9auXW4qG7dTcBE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/09/CAV2SZTHTFCEZFOJSR6CF24EKY.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Sostuvo que casi todos los hechos investigados ocurrieron en la quinta de Olivos y citó un antecedente cercano. El expediente podría recibirlo la juez...]]>
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                <updated>2021-09-01T15:26:49+00:00</updated>
                <published>2021-09-01T15:26:49+00:00</published>
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            Olivos Vip: “no se propagó el coronavirus”, la nueva estrategia judicial
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/S1-icZaP3V7-JJsaHhLe87fVBUI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/7ZWBA5LOYFGUBODF556S2OZRHY.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
Mauricio D’Alessandro, abogado de Stefanía Domínguez, confirmó que presentará un escrito con ese argumento en la Justicia. En paralelo pedirá la inconstitucionalidad del DNU que impuso la cuarentena estricta.



<p>Stefanía Domínguez, una de las invitadas al cumpleaños VIP de Fabiola Yañez en plena cuarentena estricta en julio de 2020, diagrama la estrategia de su defensa mientras voces en off en el gobierno la señalan como la responsable de haber filtrado las imágenes de la celebración.</p>




Olivos Vip: “el único responsable por la cena soy yo”, expresó Alberto Fernández




<p></p>



<p>Según pudo saber TN.com.ar, Mauricio D’Alessandro, abogado de la amiga de la Primera Dama, realizará un descargo en el que afirmará que se trató de una reunión íntima en la que no se propagó el virus ni se registraron contagios de coronavirus, por lo tanto no se afectó el orden público, según establece el artículo 205 del Código Penal. Este mismo afirma que será reprimido con prisión de 6 meses a 2 años el que violare las medidas adoptadas por las autoridades para impedir la introducción o propagación de una epidemia.</p>



<p>Esta estrategia se desarrollará en paralelo a la de solicitar la inconstitucionalidad del DNU presidencial que estableció el aislamiento obligatorio. “Cualquier limitación de la libertad de reunión debe pasar por el Congreso”, señaló D’Alessandro. El descargo ante la Justicia se realizará la próxima semana una vez que la defensa de Domínguez lea las fojas del expediente.</p>



<p>El caso es llevado adelante por el juez federal Sebastián Casanello y el fiscal Ramiro González, que ya pidió una serie de medidas de prueba, entre estas saber si los invitados tenían permiso de circulación durante la cuarentena estricta. Independientemente de esto no existía un permiso que habilitara las reuniones sociales.</p>



<p>“Para decir que no se puede salir de la casa&nbsp;no alcanza con un decreto.&nbsp;El artículo 23 de la Constitución dice que es necesario decretar el estado de sitio a través del Congreso de la Nación&nbsp;para limitar el derecho a la reunión. Es algo técnico y legal. Se necesita una ley”,&nbsp;dijo D’Alessandro.</p>



La foto del 14 de julio. Unas 12 personas junto al Presidente, sin barbijos ni distanciamiento social.



<p>Mientras tanto la causa no se detiene y los investigadores esperan que la Casa Militar entregue la documentación que le fue solicitada. Hasta el momento no hay imputados, más allá de que hay 10 personas en la mira, entre estas, Carolina Marafioti, Sofia Pacchi (asesora de Yañez); Emmanuel López; Fernando Consagra, etc. </p>




Olivos Vip: quiénes son los que aparecen en la polémica foto del festejo de Fabiola Yañez




Cambió su celular



<p>La defensa de&nbsp;Domínguez&nbsp;asegura que “hay más de 20 fotos de la fiesta” pero que la joven no fue quien filtró las imágenes. Las imágenes que restan serían del mismo tenor que las ya difundidas: 12 personas en un festejo íntimo sin distancia social ni barbijos.</p>



<p>La joven posee algunas de esas imágenes, aunque en otro celular distinto al que tenía esa noche del 14 de julio de 2020. Las fotos que posee la joven son diferentes a las que se dieron a conocer, lo que para la defensa demuestra que no fue Stefanía quien las filtró.</p>



El Gobierno ocultó los ingresos en 2020



<p>En 2020,TN.com.ary Verdad/Consecuencia realizaron un pedido de acceso a la información pública para conocer el listado total de personas físicas que ingresaron a la Quinta de Olivos entre el 10 de diciembre de 2019 y el 1 de agosto del año pasado, es decir, los meses de restricciones más fuertes en pleno avance del coronavirus. Fue entonces que la Secretaría General de la Nación se negó a entregar información vinculada a “las visitas de orden personal, que no hubieran tenido como objeto mantener un encuentro oficial”.</p>



La Secretaría General se niega a entregar la información de las visitas de orden &#8220;personal&#8221;. Créditos: TN.com.ar.



<p>El Gobierno solo le proveyó a este medio los nombres y apellidos de todas las personas que ingresaron a Olivos en el marco de un encuentro oficial. Fue así cómo&nbsp;en la planilla del 14 de julio de 2020, no figura ninguno de los invitados al cumpleaños VIP de Fabiola Yañez. Directamente se quitó el apartado respecto a visitas “privadas”. Allí deberían figurar los nombres de todos los invitados al brindis de la Primera Dama, entre estos&nbsp;Sofía Pacchi,&nbsp;Emanuel López&nbsp;y&nbsp;Stefanía Domínguez.</p>



<p>Esta negativa adquiere ahora otro valor ya que la Fundación Apolo denunció a Alberto Fernández por el supuesto delito de “falsedad ideológica de instrumento público” al detectar diferencias entre las planillas de ingreso que ese organismo obtuvo de las que recibió el periodista Gonzalo Ziver, que reveló el caso. Los documentos que la Casa Rosada le envió a TN.com.ar también son diferentes a los que desataron la polémica. La ampliación quedó a cargo del juez Sebastián Casanello, que delegó la investigación en el fiscal Ramiro González.</p>
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                <updated>2021-08-20T15:17:08+00:00</updated>
                <published>2021-08-20T15:17:08+00:00</published>
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