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    <title>Notife</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Santa Fe.</subtitle>
    <updated>2023-12-27T21:30:00+00:00</updated>
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            A partir de enero, ser monotributista será 110% más caro
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BXM1XzsggD0k2sl944tXbZobIpc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/04/afip-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este miércoles las nuevas categorías de facturación y las cuotas a pagar del régimen de monotributo que comenzarán a regir desde el 1 de enero.&nbsp;</p><p>De esta forma, las nuevas autoridades convalidaron las escalas que habían sido anunciadas previo a la asunción de Javier Milei.</p><p>&nbsp;</p><p>La actualización implica suba en las cuotas de 110%, casi la mitad de la inflación que se producirá en el año.</p><p>&nbsp;</p>AFIP: las nuevas escalas del Monotributo<p>Categoría A: pasará a $2.108.288,22. Cuota: $12.128,39</p><p>Categoría B: pasará a $3.133.941,71. Cuota: $13.571,75</p><p>Categoría C: pasará a $4.387.518,35. Cuota: $15.241,42</p><p>Categoría D: pasará a $5.449.094,70. Cuota: $19.066,46</p><p>Categoría E: pasará a $6.416.528,89. Cuota: $24.526,43</p><p>Categorías F: pasará a $8.020.661,11. Cuota: $29.223,11</p><p>Categoría G: pasará a $9.624.793,31. Cuota: $33.439,61</p><p>Categoría H: pasará a $11.916.410,77. Cuota: $56.402,68</p><p>Categoría I: pasará a $13.337.213,57. Cuota: $81.121,96</p><p>Categoría J: pasará a $15.285.088,45. Cuota: $93.619,47</p><p>Categoría K: pasará a $16.957.969,16. Cuota: $106.964,65</p><p>&nbsp;</p>Qué es el monotributo<p>El Monotributo en Argentina es un régimen simplificado de pago de impuestos al que pueden acceder los pequeños contribuyentes.​ Consiste en una cuota fija que contiene un componente de impuestos y otro de aportes a la jubilación y obra social.​</p><p>&nbsp;</p><p>Fue creado en 1998 mediante la Ley 24.977.​​​</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BXM1XzsggD0k2sl944tXbZobIpc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/04/afip-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Este miércoles, AFIP dio a conocer la nueva escala.]]>
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                                <category term="pais" label="País" />
                <updated>2023-12-27T21:30:00+00:00</updated>
                <published>2023-12-27T21:30:00+00:00</published>
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            “Monotech”: de qué se trata el nuevo monotributo tecnológico y quiénes serán beneficiados
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/T__iNr-PEUHQCFtpc7QXCPFF3cU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/massa_monotech.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través de un encuentro con estudiantes y docentes, el ministro de Economía mostrará una vez su apoyo a la educación pública frente a aquellos precandidatos a presidente que pretenden arancelarla.</p><p>¿Qué es el monotributo MonoTech?</p><p>Esta propuesta está destinada a jóvenes emprendedores del rubro tecnológico que facturen hasta 3 mil dólares mensuales por su propia cuenta.</p><p>El MonoTech será la principal propuesta que dará Sergio Massa en el acto planificado para este lunes 7 de agosto a las 14 horas en la Universidad de San Martín en donde estarán presentes también, más de 34 rectores de universidad públicas.</p><p>“En el MonoTech podrán ingresar los ‘gamers’ (desarrolladores de videojuegos) y los exportadores de servicios que tengan ingresos hasta 5 millones de pesos anuales y estarán exentos de IVA, Ganancias y derechos sobre la exportación. Además, pagarán solo un tributo integrado entre 1,5% y 3,5% que será progresivo de acuerdo con el monto facturado y los bancos serán agentes de percepción en el momento de recibir la transferencia”, señalaron fuentes de AFIP.</p><p>Y agregaron: “Los ingresos que se perciban deberán depositarse en una Cuenta Especial Mono-Tech y los contribuyentes podrán tener libre disponibilidad de sus ingresos y liquidar las divisas al valor del Dólar MEP para convertirlas en pesos”.</p><p>MonoTech tiene media sanción de Diputados</p><p>El 30 de mayo la Cámara de Diputados dio dictamen a favor del MonoTech y está a la espera de la sanción en la Cámara de Senadores.</p><p>“Celebro la media sanción en Diputados del proyecto de Ley de MonoTech, un enorme paso hacia la regularización financiera y tributaria de gamers y programadores free-lance que cobran en moneda extranjera y que desean tener sus ingresos en la Argentina”, expresó Sergio Massa.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/T__iNr-PEUHQCFtpc7QXCPFF3cU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2023/08/massa_monotech.png" class="type:primaryImage" /></figure>El ministro de Economía, Sergio Massa, presentará este lunes el nuevo monotributo tecnológico.]]>
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                                <category term="pais" label="País" />
                <updated>2026-03-17T14:25:14+00:00</updated>
                <published>2023-08-07T12:52:00+00:00</published>
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            Recategorización en el Monotributo: la AFIP prorrogó el plazo hasta el 27 de enero
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BXM1XzsggD0k2sl944tXbZobIpc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/04/afip-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero, inclusive, el plazo para que las personas monotributistas realicen su recategorización correspondiente al semestre julio diciembre de 2022, según informó hoy el ente recaudador fiscal.</p>
<p></p>
<p>El organismo dispuso a través de la Resolución General N° 5318/23, que será publicada mañana en el Boletín Oficial, dicha prórroga para permitir realizar los trámites de recategorización.</p>
<p>Desde el 1° de enero comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.</p>
<p>Escalas, plazos y requisitos: las claves para hacer la recategorización del monotributo</p>
<p></p>
<p>La AFIP remarcó que &#8220;para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica. Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización&#8221;.</p>
<p>El ente fiscal enfatizó que &#8220;aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción y si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.</p>
<p>AFIP: ya se puede solicitar la devolución de las percepciones del 35% por la compra de dólares</p>
<p></p>
<p>Para realizar la recategorización, los contribuyentes deberán ingresar al sitio de AFIP e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal. Allí, deberán seleccionar la opción &#8220;Recategorizarme&#8221; y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.</p>
<p>Por último, al seleccionar la opción &#8220;Continuar recategorización&#8221;, deberán ingresar información correspondiente al monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que deberá ser confirmada por en la opción &#8220;Confirmar categoría&#8221;.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BXM1XzsggD0k2sl944tXbZobIpc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/04/afip-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 27 de enero, inclusive, el plazo para que las personas monotributistas...]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2023-01-20T07:29:14+00:00</updated>
                <published>2023-01-20T07:29:14+00:00</published>
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            Finaliza la recategorización del Monotributo
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        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/finaliza-la-recategorizacion-del-monotributo" type="text/html" title="Finaliza la recategorización del Monotributo" />
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Xkv7019LxucvvMlF9uqS2sZXW-g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/01/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los monotributistas podrán deben realizar el trámite a través del sitio web del organismo. En tanto, el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará a partir del mes que viene</p>
<p></p>
<p>La recategorización del monotributo terminará hoy, según dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aunque los contadores pidieron que se aplace por los cortes de luz, los problemas en la web del organismo y la nueva ola de contagios del Covid.</p>
<p>El organismo explicó que para determinar si corresponde cambiar de categoría, los contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses para cotejarlos con los nuevos valores de las categorías que se encuentran disponibles en www.monotributo.afip.gob.ar.</p>
<p>El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización, explicó el organismo que conduce Mercedes Marcó Del Pont.</p>
<p>Monotributo: a partir de enero, aumentan 26% las cuotas y los topes de facturación</p>
<p></p>
<p>Los valores máximos de facturación y la obligación mensual de los tres componentes del monotributo (impositivo, de salud y previsional) se incrementaron en 2022 un 26% respecto del segundo semestre de 2021.</p>
<p>A partir de las modificaciones y mejoras excepcionales introducidas al régimen simplificado por el Congreso a lo largo del año, los nuevos valores debieron calcularse utilizando la variación de la fórmula de movilidad jubilatoria para la segunda mitad de 2021.</p>
<p>El ente recaudador destacó que la recategorización es un procedimiento obligatorio que tienen que realizar los monotributistas para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría.</p>
<p>En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite y no corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el régimen simplificado. Por el contrario, si el período es entre seis y menos de 12 meses, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.</p>
<p>Los monotributistas que hayan pagado en tiempo y forma al menos nueve de las 12 las obligaciones mensuales de 2021 accederán al reintegro de un mes del componente impositivo. El reintegro será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago, destacó la información oficial.</p>
<p>Para empezar el trámite se debe ingresar con CUIT y clave fiscal en monotributo.afip.gob.ar para luego revisar los datos de la categoría y la tabla de escalas vigente, además de completar el monto de facturación y la información del lugar, y finalmente confirmar la categoría.</p>
<p>Mientras que para abonar la cuota del monotributo, los contribuyentes deben utilizar exclusivamente medios electrónicos, recordó la AFIP, en un comunicado. En tanto, a través del portal Monotributo, pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota y el monto a abonar.</p>
<p>El trámite puede realizarse desde un volante electrónico de pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.</p>
<p>Monotributo: cuotas y  tasa de interés para la moratoria que puso en marcha la AFIP</p>
<p></p>
<p>La AFIP precisó que las opciones de pago habilitadas por la AFIP son las siguientes:</p>
<p>-A través de la web de AFIP: los monotributistas deben ingresar con su clave fiscal y generar el VEP a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA). Allí deberán seleccionar la entidad de pago seleccionada.</p>
<p>-A través de homebanking: para poder utilizar la banca electrónica para el pago de sus cuotas mensuales, los contribuyentes deberán concurrir previamente con su tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.</p>
<p>-Débito automático: los contribuyentes pueden optar por realizar la adhesión al débito automático de la cuota mensual desde su cuenta bancaria o tarjeta de crédito. Esta gestión se puede realizar en la web de AFIP o comunicarse con el banco.</p>
<p>Además, quienes opten por la adhesión del débito automático podrán hacerlo a través del Portal de Monotributo.</p>
<p>-A través de Mercado Pago: desde cualquier dispositivo electrónico que tenga la aplicación de Mercado Pago o desde la web de esa empresa.</p>
<p>Billetera electrónica: en este caso, se podrá utilizar solo para cancelar obligaciones propias, no de terceros. Los monotributistas deben ingresar al “Sistema de Cuentas Tributarias”, opción “Transacciones” y seleccionar “Billetera Electrónica AFIP”.</p>
<p>Los valores de las escalas y el pago mensual</p>
<p>Con la actualización del 26%, los pequeños contribuyentes de la categoría A que hasta el año pasado abonaban una obligación mensual de $2.646,22 en concepto de los tres componentes del monotributo (salud, jubilación, impositivo) pasan a pagar $3.334,24.</p>
<p>En tanto, el tope de facturación anual para la categoría A asciende de $370.000 a $466.000. En términos mensuales ahora pueden facturar en promedio hasta 38.850 pesos.</p>
<p>Por su parte, un monotributista de la categoría B que pagaba una obligación mensual de $2.958,95 pasa en enero a abonar $3.728,29. En su caso, la escala pasa de $550.000 a $693.000. De esta forma el monto máximo mensual asciende a 57.750 pesos.</p>
<p>Mientras que los contribuyentes registrados en las categorías más elevadas como la H pasan a pagar $16.147,46 de obligación mensual desde enero de 2022 cuando durante la segunda mitad del 2021 abonaron $12.789,38. El tope de facturación asciende un 26% para llegar a $3.276.011,15.</p>
<p>Cabe recordar que con la intención de acompañar el proceso de recuperación de la economía, el Gobierno impulsó en 2021 una serie de beneficios para los monotributistas. Además de la ley de alivio fiscal que aumentó de manera excepcional los ingresos brutos de las categorías más bajas para hacer más progresivo al monotributo e introdujo una moratoria para facilitar la regularización de deudas, AFIP también instrumentó un mecanismo para facilitar la transición entre el régimen simplificado y el régimen general.</p>
<p>El pedido de los contadores</p>
<p>En tanto, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires solicitió a la AFIP que “las obligaciones se consideren por cumplimentadas hasta el 28 de enero y que el plazo para el pago de las mismas se extienda hasta fin de mes”.</p>
<p>A través de dos notas firmadas por Gabriela Russo y Julio Rotman, presidenta y secretario del Consejo Profesional, respectivamente, “la institución solicitó a la Subdirección General de Servicios al Contribuyente de la AFIP y a la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral que consideren como presentadas en término a las declaraciones juradas con vencimiento durante enero y que se otorgue un plazo especial para el pago de dichas obligaciones”.</p>
<p>“Puntualmente, se solicita que las mencionadas declaraciones juradas se consideren por cumplimentadas hasta el 28 de enero y que el plazo para el pago se extienda hasta el 31 del mismo mes. Los requerimientos se realizaron teniendo en cuenta una serie de acontecimientos extraordinarios relacionados con el aumento exponencial de casos por COVID-19, los cortes de energía eléctrica producidos por la ola de calor y los problemas en las páginas web de los distintos organismos de recaudación. Este cóctel de acontecimientos extraordinarios dan como resultado la imposibilidad de desarrollar normalmente la labor profesional”, expresaron.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Xkv7019LxucvvMlF9uqS2sZXW-g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/01/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Los monotributistas podrán deben realizar el trámite a través del sitio web del organismo. En tanto, el importe correspondiente a la nueva categoría s...]]>
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                <updated>2022-01-20T11:26:08+00:00</updated>
                <published>2022-01-20T11:26:08+00:00</published>
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            Monotributo: a partir de enero, aumentan 26% las cuotas y los topes de facturación
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5Kfzqb564xfFFcexVSoanz7vR7I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/12/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La categoría más baja pasará a pagar $3334,24 por mes y la más alta abonará $25.090,13. Los valores se actualizaron utilizando la variación de la fórmula de movilidad jubilatoria.</p>
<p></p>
<p>Tanto las cuotas como los topes de facturación del monotributo aumentarán 26% a partir del primero de enero, por la actualización que realizó al AFIP utilizando la variación de la fórmula de movilidad jubilatoria. De esta manera, la categoría más baja pasará a pagar $3334,24 por mes y la más alta abonará $25.090,13.</p>
<p>Según informó el organismo recaudador que preside Mercedes Marcó del Pont, a partir de las modificaciones y mejoras excepcionales introducidas al régimen simplificado por el Congreso a lo largo del año, los nuevos valores debieron calcularse utilizando la variación de la fórmula de movilidad jubilatoria para la segunda mitad de 2021.</p>
<p>No obstante, la ley 27.639 aprobada por el Congreso, estableció un incremento excepcional de las escalas de facturación sin considerar la movilidad jubilatoria que comenzó a regir a mediados de 2021.</p>
<p>Monotributo: cuotas y  tasa de interés para la moratoria que puso en marcha la AFIP</p>
<p></p>
<p>Según la AFIP, como la modificación impulsada por el Congreso fue diseñada con un criterio progresivo de aumento en los topes que beneficiaba más a las categorías más bajas, “los nuevos valores debieron calcularse utilizando la variación de la fórmula de movilidad jubilatoria para la segunda mitad de 2021″.</p>
<p>Como consecuencia, la actualización de las escalas arrojará así un incremento promedio ponderado por la cantidad de monotributistas en cada categoría que asciende al 61,2% en el año. Por todo esto, de acuerdo con los cálculos oficiales, “los umbrales de facturación registran una actualización promedio por encima del aumento del IPC”.</p>
<p>No cobrarán el adelanto del 35% de Ganancias por la compra de dólares a un grupo de contribuyentes</p>
<p></p>
<p>Cómo son las escalas del monotributo a partir de enero: valor mensual y topes de facturación</p>
<p>Categoría A: $3334,24 el pago mensual, con una facturación anual máxima de 466.201,59 pesos.</p>
<p>Categoría B: $3728,29 la obligación mensual y el tope de facturación de $693.002,36 anual.</p>
<p>Categoría C: $4190,06 por mes, con una facturación total anual de 970.203,30 pesos.</p>
<p>Categoría D: $4907,34 de cuota y un máximo de facturación de $1.335.604,55 anuales.</p>
<p>Categoría E: $5936,55 de cuota y facturación anual de hasta 1.764.006,01 pesos.</p>
<p>Categoría F: $6825,92 de pago mensual y $2.205.007,51 de máximo anual de facturación.</p>
<p>Categoría G: $7772,01 por mes de cuota y $2.646.009,01 de facturación anual máxima.</p>
<p>Categoría H: $13.445,60 la cuota mensual y un tope de facturación de $3.276.011,15 anuales.</p>
<p>Categoría I: $19.328,05 de cuota por mes y $3.666.612,48 de tope de facturación por año.</p>
<p>Categoría J: $22.197,62 de pago mensual y una facturación de $4.202.114,31 máxima por año.</p>
<p>Categoría K: $25.090,13 de cuota mensual y un tope anual máximo de 4.662.015,87 pesos.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5Kfzqb564xfFFcexVSoanz7vR7I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/12/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La categoría más baja pasará a pagar $3334,24 por mes y la más alta abonará $25.090,13. Los valores se actualizaron utilizando la variación de la fórm...]]>
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                <updated>2021-12-28T07:04:07+00:00</updated>
                <published>2021-12-28T07:04:07+00:00</published>
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            El “alivio fiscal” ya es ley en Argentina
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4VYj08kCOJWDOfWmzbwf2W1Zejo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-4-11.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La iniciativa presentada por el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, que condona deudas de cooperativas, bomberos voluntarios, bibliotecas, clubes de barrio y organizaciones de pueblos originarios logró el apoyo de todos los bloques.</p>
<p></p>
<p>Por unanimidad, el Senado convirtió este jueves en ley el proyecto de &#8220;alivio fiscal&#8221; que apunta a condonar deudas de entidades sin fines de lucro, clubes de barrio, bibliotecas, cuarteles de bomberos y sociedades de fomento.</p>
<p>Diputados aprobó el alivio fiscal para entidades sin fines de lucro</p>
<p></p>
<p>La iniciativa presentada por el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, que el martes pasado había recibido media sanción de Diputados y este jueves cosechó 49 votos afirmativos en la Cámara alta, tuvo un tratamiento exprés y ni siquiera había pasado por comisiones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Pero fue incorporado al temario por insistencia del Frente de Todos, que logró los dos tercios necesarios pese a que el senador de la UCR Julio Cobos anticipó que Juntos por el Cambio no iba a acompañar la inclusión del expediente en el orden del día. &#8220;Es un tema importante que merece estudiarlo bien porque habla de muchas condonaciones. Queremos estudiarlo con más tiempo y detalle. Nuestro bloque quiero un tiempo para estudiar el proyecto&#8221;, advertía Cobos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>No obstante, una vez que el tema fue puesto en tratamiento en el recinto, la totalidad de los senadores de la oposición votaron favorablemente, al igual que los del oficialismo. &#8220;Tenemos la suerte de que hay comprensión en este tema. No hay otra, si no nos ayudamos entre todos nosotros, la verdad que la cosa va a estar muy dura. Me alegro mucho que podamos tratar este tema y lo podamos convertir en ley&#8221;, celebraba el jefe del bloque oficialista, el formoseño José Mayans.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La iniciativa condona deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social por un monto total inferior a 100.000 pesos vencidas hasta el 31 de agosto de 2021. Además de condonar deudas de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios y toda otra entidad sin fines de lucro, el mismo beneficio alcanza a MiPyMES y contribuyentes de Ganancias e IVA.</p>
<p>Flexibilizaron los requisitos para acceder al programa Crédito a Tasa Cero</p>
<p></p>
<p>Según estimaciones, existen 3 millones de contribuyentes (sin considerar los 4,1 millones de monotributistas): de ese universo hay cerca de 900.000 que acumulan deuda liquida y exigible con AFIP, de los cuales 600.000 tienen deudas inferiores a los 100.000 pesos. Esos 600.000 contribuyentes que se verían beneficiados acumulan una deuda total de 13.000 millones, que es el costo fiscal estimado de esta iniciativa.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En otro orden, la iniciativa propone una ampliación de la moratoria para deudas vencidas entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de agosto de este año. En este caso se proponen planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente. En la actualidad, la deuda corriente pospandemia asciende a 290.000 millones de pesos y está concentrada en MiPYMES, un monto equivalente al 36% de la recaudación mensual promedio.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4VYj08kCOJWDOfWmzbwf2W1Zejo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-4-11.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La iniciativa presentada por el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, que condona deudas de cooperativas, bomberos voluntarios, bibliotecas, clu...]]>
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                <updated>2021-10-28T22:17:51+00:00</updated>
                <published>2021-10-28T22:17:51+00:00</published>
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            Extienden beneficios para monotributistas
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/S50xTm4UOo-WO1pJ7P6anHBsOm0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2017/05/Monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los plazos para que los monotributistas accedan a los beneficios implementados por la Ley de Alivio Fiscal y la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal, mediante la resolución general 5079/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.</p>
<p>De esta forma, el organismo dispuso que los pequeños contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de noviembre para adherir a la moratoria para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de este año, con un plan de hasta 60 cuotas.</p>
<p>Además, extendió los plazos para ejercer las opciones de permanencia, reingreso al monotributo y de beneficios para contribuyentes cumplidores. De esta manera, prorrogó por dos meses los plazos previstos originalmente.</p>
<p>Monotributo: cuotas y  tasa de interés para la moratoria que puso en marcha la AFIP</p>
<p></p>
<p>Los pequeños contribuyentes pueden, hasta el 30 de noviembre, regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%. El plan de facilidades para que monotributistas regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021 contempla la condonación de intereses y multas.</p>
<p>Diputados aprobó una reforma del Monotributo</p>
<p></p>
<p>Para adherir a esta moratoria, los pequeños contribuyentes deberán poseer domicilio fiscal electrónico, e informar en el servicio Declaración de CBU de la página web de la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada uno de las cuotas. La cantidad máxima de cuotas y la tasa de financiamiento a acceder dependerá de la categoría de los monotributistas.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/S50xTm4UOo-WO1pJ7P6anHBsOm0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2017/05/Monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los plazos para que los monotributistas accedan a los beneficios implementados por la L...]]>
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                <updated>2021-09-30T10:35:11+00:00</updated>
                <published>2021-09-30T10:35:11+00:00</published>
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            El Gobierno nacional anunció créditos a tasa cero para monotributistas
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/olPx-wkdHMYuNu1A3gosutwpKFM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/09/Dise%C3%B1o-sin-t%C3%ADtulo-6-14.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Serán de hasta $ 150.000 y alcanzan a más de un millón de beneficiarios. Estarán garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).</p>




Los salarios perdieron contra la inflación en junio




<p>El Gobierno nacional anunció este miércoles por la&nbsp;tarde la puesta en marcha de una nueva línea de créditos por hasta $ 150.000 para más de 1 millón de monotributistas de todo el país, que estarán garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos.</p>



<p>El anuncio fue realizado por la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco, y la titular de la AFIP, Mercedes Marco del Pont, tras la reunión de gabinete económico.</p>









<p>Todesca Bocco explicó que relanzar los créditos a tasa cero para monotributistas permitirá &#8220;fortalecer el respaldo a esos trabajadores tras la afectación de la pandemia&#8221;, en un momento en que se observa una &#8220;recuperación de la economía, aunque con disparidades&#8221; de acuerdo a los sectores.</p>



<p>&#8220;Estamos repitiendo una experiencia exitosa, con un universo potencial de un millón de monotributistas; con un abordaje bastante progresivo de los montos&#8221;, afirmó Marcó del Pont respecto al anuncio.</p>



<p>Los préstamos contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses. La posibilidad de solicitar un crédito a tasa cero estará habilitada a partir de fines de agosto a través de la web de la AFIP.</p>



<p>En esa instancia, explicó Del Pont, el sistema informará el monto máximo del crédito que depende de categoría de monotributo al 30 de junio, es decir antes de la recategorización, pero se podrá acceder a montos desde $ 90.000 hasta $ 150.000.</p>




Se esperan anuncios dirigidos a monotributistas y autónomos




<p>En otro tramo de la conferencia, Todesca Bocco, afirmó que &#8220;la inflación se viene reduciendo lentamente, aunque más lento de lo que nos gustaría&#8221;, por lo que la meta inicialmente propuestas para el corriente año &#8220;no es realizable&#8221;.</p>



<p>&#8220;La gente que menos tiene es la que más sufre y por eso las políticas vienen reflejando incrementos en beneficiarios como en montos&#8221; de asistencia a los distintos sectores, reseñó la funcionaria al destacar el contexto luego de &#8220;tres años de caída consecutiva&#8221;.</p>



<p>Por su parte, Marcó del Pont, aseguró que la Argentina está en &#8220;mejores condiciones de crecer a tasas mucho más altas, porque hay capacidades productivas que se preservaron y empleo se preservó&#8221;.</p>



<p>&#8220;Estamos convencidos que hay un horizonte muy esperanzador para la economía argentina&#8221;, aseguró la titular de la AFIP.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/olPx-wkdHMYuNu1A3gosutwpKFM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/09/Dise%C3%B1o-sin-t%C3%ADtulo-6-14.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Serán de hasta $ 150.000 y alcanzan a más de un millón de beneficiarios. Estarán garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitar...]]>
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                <updated>2021-08-11T21:31:21+00:00</updated>
                <published>2021-08-11T21:31:21+00:00</published>
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            Se esperan anuncios dirigidos a monotributistas y autónomos
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oorWo86WCcOU_Vxd_O04_YuyhCE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
Las novedades se darán a conocer después reunión del Gabinete económico, del que participaría el presidente Alberto Fernández.



<p>Con la mirada y el esfuerzos puestos de lleno en la elecciones de medio término, el Gobierno sigue aunando todo su esfuerzo en &#8220;poner dinero en el bolsillo de los argentinos&#8221; y los anuncios económicos de las ultimas semanas sumados a los previsto para esta van en esa dirección. En ese sentido, la administración de Alberto Fernández le estaría dando el hilado final a un anuncio dirigido a monotributistas y autónomos que el Presidente tiene previsto hacer este&nbsp;miércoles&nbsp;tras la reunión del gabinete económico.</p>



<p>Será después de las 17, cuando finalice el encuentro que dirige al jefe de Gabinete Santiago Cafiero. El anuncio según está previsto llegaría de la mano del mismísimo presidente Alberto Fernández.</p>



<p>El anuncio de este miércoles  será una nueva edición de créditos a tasa 0%, por hasta $ 150.000, dirigida para monotributistas y autónomos. Esa fue una herramienta que el año pasado le valió al Gobierno un desembolso de 562.000 de este tipo de préstamos, cuando las actividades se había paralizado totalmente por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) declarado en marzo del año pasado, por $ 66,5 millones.</p>




La AFIP anunció beneficios para monotributistas




<p>Si el anuncio de este miércoles se limita solo a los créditos a tasa 0%, quedaría en el tintero, de acá al viernes próximo, el tan esperado cambio en el piso de Ganancias que se especula pase de $ 150.000 a $ 175.000 o $ 180.000. De esta manera, los salarios ajustados hacia arriba dado la reapertura de paritarias que cerraron muy por encima del 29% de inflación prevista en el Presupuesto 2020, no vuelvan a tributarlo.</p>



<p>La posibilidad de hacer anuncios se termina esta semana dado que a partir del 18 de agosto no se podrá ir en esa dirección, según lo establece la ley electoral.</p>



<p>Anuncios económicos</p>



<p>Bono a jubilados, refuerzos de la Tarjeta Alimentar, extensión del 15% de reintegro en las tarjetas de beneficiarios de pensiones, jubilaciones y de Asignaciones Universales por Hijo y Embarazo (AUH y AUE). El reconocimiento de aportes jubilatorios por tareas de cuidado. El bono extraordinario de $ 6.000 para beneficiarios del Potenciar Trabajo fueron algunos de los anuncios dirigidos a los más rezagados históricamente, pero puntualmente por la pandemia del coronavirus.</p>



<p>La modificación del impuesto a las ganancias, el relanzamiento del programa Ahora 12, el bono a los jubilados y el reconocimiento de aportes jubilatorios por tareas de cuidado, entre otros.</p>




Billetera AFIP podrá usarse para pagar aportes de autónomos y monotributistas




<p>De cara a reactivar el consumo, la modificación del Impuesto a las Ganancias y el relanzamiento del Ahora 12 y la extensión del plan de compras a 24 y 30 cuotas también.</p>



<p>Pensando en los jóvenes, otro de los sectores castigados, el lunes, el Gobierno lanzó la segunda etapa de Argentina Programa, un plan de formación de programadores para que accedan de manera igualitaria a los empleos del sector del software, con subsidios de hasta $ 100.000. Plan que se complementa con el &#8220;Te Sumo&#8221;, anunciado la semana pasada para estimular el empleo joven con alivio tributario para los empleadores pymes.</p>



<p>Otro de los más castigados, el sector del turismo, también está en la carpeta del Gobierno que ya alista la reedición del plan Previaje, que arrancaría en noviembre y está contemplado para todo 2022.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oorWo86WCcOU_Vxd_O04_YuyhCE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/monotributo.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Las novedades se darán a conocer después reunión del Gabinete económico, del que participaría el presidente Alberto Fernández.Con la mirada y el esfue...]]>
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                <updated>2021-08-11T11:29:47+00:00</updated>
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            Monotributo: cuotas y  tasa de interés para la moratoria que puso en marcha la AFIP
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/b-6bjoB-PEomUj8AS4n6rVvIZkk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/monotributo1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
El organismo tributario implementó un plan de pagos para los contribuyentes del régimen simplificado.



<p>Según informó el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, “la herramienta prevista en la ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5 por ciento”. Esta norma legislativa se destinó a cubrir los errores reglamentarios previos del gobierno respecto del régimen simplificado para los pequeños contribuyentes.</p>



<p>La AFIP indicó que “el servicio web para adherir a la moratoria para monotributistas estará disponible hasta el 30 de septiembre”. De este modo, “los contribuyentes podrán ingresar a los planes de pago obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021”.</p>



<p>Además, aclaró que “para poder adherir a la moratoria las y los pequeños contribuyentes deberán tener declarados ante la AFIP el domicilio fiscal electrónico y la CBU de la cuenta bancaria de la que debitará cada una de las cuotas”.</p>




Diputados aprobó una reforma del Monotributo




<p>En particular, explicó que “la cantidad máxima de cuotas y la tasa de interés a acceder dependerá de la categoría en la que se encuentren las y los monotributistas: de las categorías A a la D, 60 cuotas y una tasa de interés del 1,25%; de la E a la K, 48 cuotas y una tasa de interés del 1,5 por ciento”.</p>



<p>“Las cuotas a abonar serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento”, indicó el organismo.</p>



<p>Además, “el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 100 pesos. La fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión”.</p>



<p>En particular, “las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación.</p>



<p>Los pasos para adherir a la moratoria son los siguientes:</p>



<p>1) Ingresar con clave fiscal al portal Monotributo</p>



<p>2) Seleccionar en “Estado de Cuenta” la opción “Mis Facilidades”</p>



<p>3) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar la obligación adeudada a regularizar.</p>



<p>4) Elegir el plan correspondiente a la Resolución General 5034.</p>



<p>5) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar.</p>



<p>6) Consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago, que podrá ser: ○ Plan de Facilidades de Pago: deberá elegir la cantidad de cuotas y enviar la solicitud de adhesión. ○ Pago al contado: se generará un VEP que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación.</p>




Ganancias y monotributo: el Gobierno reglamentó los cambios




<p>Monotributo bonaerense</p>



<p>Cabe recordar que la AFIP y el gobierno bonaerense informaron que se implementó el monotributo unificado, que “beneficia a más de un millón de contribuyentes de la provincia de Buenos Aires que podrán pagar el monotributo e ingresos brutos en una sola operación”.</p>



<p>“El monotributo unificado simplifica y unifica trámites nacionales y provinciales como el pago de impuestos. La puesta en marcha de la herramienta en la provincia fue anunciada por el gobernador Axel Kicillof junto con la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, y el director ejecutivo de la ARBA, Cristian Girard”.</p>



<p>A partir de este convenio, se reducirá “la carga administrativa de las y los bonaerenses. Durante agosto las y los contribuyentes deberán adherirse al nuevo monotributo unificado que comenzará a regir a partir de septiembre”.</p>



<p>Cabe recordar que Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Río Negro, San Juan y Salta ya implementaron el monotributo unificado.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/b-6bjoB-PEomUj8AS4n6rVvIZkk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/08/monotributo1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo tributario implementó un plan de pagos para los contribuyentes del régimen simplificado.Según informó el organismo que conduce Mercedes M...]]>
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                <updated>2021-08-06T12:27:45+00:00</updated>
                <published>2021-08-06T12:27:45+00:00</published>
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            Diputados aprobó una reforma del Monotributo
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZGyI6elml1j279444LekR7-wKGU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/07/diputados.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
Con 233 votos a favor, el proyecto impulsado por el presidente de la Cámara, Sergio Massa, llevará alivio a 1.592.466 personas que trabajan en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y a 2.487.685 que lo hacen en el resto del país.



<p>La Cámara de Diputados aprobó por una amplia mayoría y giró al Senado el proyecto de ley que crea un Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que permitirá que los monotributistas no deban afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.</p>



<p>El plenario legislativo aprobó por 233 votos que fueron aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, los interbloques Federal y Unidad Federal para el Desarrollo, Acción Federal y Movimiento Popular Neuquino, mientras que los dos legisladores de la izquierda se abstuvieron.</p>



<p>La reforma de la ley del Monotributo impulsada por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.</p>




Marcha atrás con el retroactivo del Monotributo: claves del proyecto




<p>Con este proyecto se busca dar mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas que suman un total de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39%) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), y 2.487.685 (61%) en el resto del país.</p>



<p>Los contribuyentes debían pagar el monotributo con nuevos valores, pero la AFIP prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto próximo.</p>



<p>Al abrir el debate, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, señaló que ambos proyectos tienen beneficios para la ciudadanía, y al respecto expresó: &#8220;Todo lo que hemos hecho en esta modificación de la llamada Ley de Monotributo, está basado en ese criterio&#8221;.</p>



<p>&#8220;Hemos dispuesto el sostenimiento de los valores de las cuotas que se pagan hasta junio, a los que había hasta diciembre del 20&#8221;, agregó.</p>



<p>Destacó que &#8220;es un proyecto que busca aliviar la situación de 4 millones de monotributistas que tenían preocupación y angustia, para los que tenían deudas&#8221;.</p>



<p class="has-text-align-center">&#8220;Es un proyecto que busca aliviar la situación de 4 millones de monotributistas que tenían preocupación y angustia&#8221;CARLOS HELLER</p>



<p>Por su parte, la legisladora del Frente de Todos, Alicia Aparicio señaló que &#8220;este proyecto no solo busca asistir a los sectores golpeados, también puede inscribirse en un programa mayor que tiene como objetivo lograr el crecimiento mejorando la equidad del sistema&#8221;.</p>



<p>En tanto, el diputado del Frente de Todos, Marcelo Casaretto, dijo que con este proyecto &#8220;vamos aliviar a 4 millones de monotributistas&#8221; y un plan de pago porque &#8220;hay dos millones de contribuyentes que hoy tienen deudas con la AFIP&#8221;.</p>



<p>En tanto, el sindicalista y diputado oficialista Hugo Yasky señaló que este proyecto &#8220;va a beneficiar a cuatro millones de monotributistas, forma parte de la lógica de volver a poner el salario y el consumo interno como el movimiento que lleve a la recuperación económica&#8221;.</p>



<p>Desde la oposición, el radical Luis Pastori dijo que esta ley viene &#8220;a corregir la absurda situación provocada por la mala administración de la AFIP. sobre el retroactivo&#8221; y señaló que &#8220;nos parece bien el aumento de los parámetros de facturación bruta anual, que estaban muy desactualizados&#8221;.</p>




Ganancias y monotributo: el Gobierno reglamentó los cambios




<p>&#8220;También proponemos que se aumente otro parámetro, que es el del monto de los alquileres devengados, que hoy están en un promedio de 8.800 pesos mensual para las categorías A y B. Acompañamos también la moratoria que se otorga a los monotributistas&#8221;.</p>



<p>Por su parte, el diputado del Pro Luciano Laspina aseguró que &#8221; esta ley que hoy vamos a votar no debe ser vista como un acto de reivindicación. Tiene que ser reconocida como un error administrativo injustificable del Ministerio de Hacienda, que no implica un alivio tributario para contribuyentes&#8221;.</p>



<p class="has-text-align-center">&#8220;El proyecto forma parte de la lógica de volver a poner el salario y el consumo interno como el movimiento que lleve a la recuperación económica&#8221;HUGO YASKY</p>



<p>Uno de los aspectos que mayor debate generó fue el artículo 11 que se refería a las condiciones para poder acceder a los beneficios y allí el oficialismo impuso su criterio por 132 contra 102 votos de Juntos por el Cambio.</p>



<p>A lo largo del proyecto del monotributo se fijan los incrementos que tendrán escalas en las cuales las más bajas podrán duplicar los montos de facturación.</p>



<p>Otro punto central es que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.</p>



<p>Asimismo, se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación no superior a 1,5% mensual, para deudas que se venían pagando en planes vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo, entre otras cuestiones.</p>



<p>Ganancias y Bienes Personales</p>



<p>El plenario legislativo aprobó y giró al Senado por 227 contra 3 votos un proyecto de reforma de los Impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales con el fin de fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.</p>



<p>Uno de los puntos aspectos de este proyecto es que se eliminó el artículo tercero que permitía gravar por el tributo por bienes personales los plazos fijos que no se depositen por un plazo menor a 275 días como había anunciado el titular del cuerpo, Sergio Massa.</p>




<p lang="es" dir="ltr">?️| LABOR PARLAMENTARIASe dio por finalizada la comisión, junto al Presidente de la Cámara @sergiomassa y los Jefes de Bloques, para tratar la organización de la #SesiónEspecial.Seguí la transmisión en vivo desde nuestras redes.#UniendoVoces?? pic.twitter.com/Iy7pCcbC4B</p>&mdash; Diputados Argentina (@DiputadosAR) July 1, 2021

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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZGyI6elml1j279444LekR7-wKGU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/07/diputados.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Con 233 votos a favor, el proyecto impulsado por el presidente de la Cámara, Sergio Massa, llevará alivio a 1.592.466 personas que trabajan en el Área...]]>
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                <updated>2021-07-02T12:29:26+00:00</updated>
                <published>2021-07-02T12:29:26+00:00</published>
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            Marcha atrás con el retroactivo del Monotributo: claves del proyecto
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/O-1F5BmJkdi_51fq-uJWFj8MBlM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/06/diputados.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
La iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados tras el retroceso con los cambios que estableció el Gobierno y que generaron enojo de los contribuyentes.



<p>Luego de definir la dejar sin efecto los cambios más polémicos del Monotributo, el oficialismo presentó un nuevo proyecto de ley que anula el ajuste retroactivo a enero y establece desde el 1° de julio un nuevo incremento en las escalas máximas de facturación.</p>



<p>Como se informó, la iniciativa fue consensuada durante una reunión entre el presidente Alberto Fernández, el ministro de Economía, Martín Guzmán, y el secretario de Hacienda, Raúl Rigo, y el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.</p>




Ganancias y monotributo: el Gobierno reglamentó los cambios




<p>En ese encuentro, se decidió dar marcha atrás con el ajuste retroactivo aprobado por el Congreso en abril y oficializado a fines de mayo con una resolución de la AFIP. La medida había generado fuerte malestar entre los 4 millones de monotributistas, que venían cómo suba de escalas de 35,3% desde el 1° de enero les implicaban deudas con la AFIP de hasta $30.000 en medio de la crisis económica profundizada por la pandemia.</p>



<p>Por eso, el Gobierno definió una&nbsp;corrección&nbsp;de esos mecanismos: por un lado&nbsp;el primer semestre del año&nbsp;regirá por las tablas 2020, con lo que solo&nbsp;no se generará saldo deudor&nbsp;sino que las&nbsp;cuotas mensuales,&nbsp;incluida la que vence este mes&nbsp;serán las mismas que ya se pagaban.</p>



<p>Por el otro, establece que&nbsp;desde el 1° de julio mayores límites&nbsp;para los topes de&nbsp;facturación.&nbsp;Se trata de un&nbsp;incremento adicional “progresivo”, es decir que tendrá&nbsp;mayor suba para las categorías más bajas&nbsp;y menor para las más altas.</p>



<p>Así, una vez que el proyecto se convierta en ley, la categoría A tendrá un aumento de 30%&nbsp;extra al ya definido (sumará 77% en comparación con 2020) y llegará a $370.000, mientras que&nbsp;la escala&nbsp;más alta,&nbsp;la K,&nbsp;ascenderá a $3.700.000, es decir&nbsp;4,8%&nbsp;más que la vigente.</p>




El Senado convirtió en ley los cambios en el Impuesto a las Ganancias y el Monotributo




<p>En los fundamentos de la iniciativa, presentada en conjunto por Massa y el jefe del bloque oficialista de Diputados, Máximo Kirchner, se remarca que de 2 de cada 3 monotributistas están registrados en las categorías más bajas, es decir la A y la B.</p>







Punto por punto, las claves del nuevo proyecto para el Monotributo



Se sostienen los valores mensuales de las cuotas a pagar: de enero a junio de 2021 será el vigente a diciembre de 2020. La actualización de la cuota regirá a partir de julio de 2021.Se establece un esquema progresivo de actualización de las escalas: se duplica para las más bajas el incremento del 35% de este año (77% respecto de diciembre 2020) y es de 4,8% para la más alta.Se fijan a partir del 1º de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales que complementan el régimen vigente desde enero de 2021, sin aumentar la cuota mensual del monotributo.Un programa específico de alivio fiscal que complemente los cambios establecidos por la reforma vigente para permitir que los contribuyentes se puedan mantener en el régimen a pesar de haberse excedido en la facturación. Podrán acceder los monotributistas que:Registren ingresos que no superen el monto equivalente a 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la Categoría “K” ($5.550.000 anuales).Que el total de bienes del país y del exterior no superen los $6.500.000.Los monotributistas de las categorías más altas deberán pagar una CUOTA ESPECIAL para poder mantenerse en el régimen.Se crea un régimen de regularización para las deudas de los monotributistas que condonará intereses y multas y permitirá cancelarlas en función a los siguientes parámetros:Hasta 60 cuotas mensuales.Un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.



Cómo quedarán las nuevas escalas de facturación del Monotributo



<p>Una vez que sea ley, la iniciativa de Massa y Kirchner plantea un alza en los topes de facturación anual desde el 1° de julio de 2021, con mayores incrementos para las categorías más bajas, tanto contra la vigente en diciembre como la sancionada en abril y reglamentada el 25 de mayo:</p>



Categoría A: el límite de facturación anual es desde enero&nbsp;$282.444,69,&nbsp;en julio&nbsp;pasa a $370.000.Categoría B: el tope quedó en&nbsp;$423.667,03&nbsp;y pasará a&nbsp;$550.000.Categoría C: la facturación está en&nbsp;$564.889,40&nbsp;y subirá a&nbsp;$770.000.Categoría D: el monto máximo se ubica en&nbsp;$847.334,12&nbsp;y pasará a&nbsp;$1.060.000.Categoría E: el límite máximo está en&nbsp;$1.129.778,77&nbsp;y llegará a&nbsp;$1.400.000.Categoría F: el máximo de facturación es de&nbsp;$1.412.223,49, y quedará enCategoría G: el tope está en&nbsp;$1.694.668,19&nbsp;y aumentará a&nbsp;$1.750.000.Categoría H: la más alta para quienes vendan servicios tiene hoy un tope de&nbsp;$2.353.705,82. Pasará a&nbsp;$2.600.000.Categoría I: el máximo de facturación está en&nbsp;$2.765.604,35&nbsp;y subirá a&nbsp;$2.910.000.Categoría J: el máximo es de&nbsp;$3.177.502,86&nbsp;y pasa a&nbsp;$3.335.000.Categoría K: el tope es de&nbsp;$3.530.558,74, y se incrementa hasta&nbsp;$3.700.000.
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/O-1F5BmJkdi_51fq-uJWFj8MBlM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/06/diputados.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados tras el retroceso con los cambios que estableció el Gobierno y que generaron enojo de los contribuyente...]]>
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                <updated>2021-06-10T09:07:40+00:00</updated>
                <published>2021-06-10T09:07:40+00:00</published>
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            Ganancias y monotributo: el Gobierno reglamentó los cambios
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Se trata del régimen de devolución en el caso de ganancias, que beneficiará a más de 1,2 millones de personas, y del esquema para los pequeños contribuyentes, que establece un “puente” con el sistema general; resta la normativa de la AFIP para poner en marcha ambas modificaciones



<p>El Gobierno dio un paso importante para implementar los cambios votados en el Congreso para el impuesto a las Ganancias, que beneficiarán a más de 1,2 millones de personas.</p>



<p>Tal como se adelantó, este beneficio votado por el Congreso a partir del impuso del presidente de la Cámara Baja,&nbsp;Sergio Massa,&nbsp;se concretará recién desde julio –con el cobro del salario de junio- y en cinco cuotas mensuales.PUBLICIDAD</p>



<p>El presidente&nbsp;Alberto Fernández&nbsp;anunció días atrás que&nbsp;“la reducción del impuesto a las ganancias para las y los trabajadores del sistema privado registrado, hará que cerca de 1.270.000 de trabajadores y jubilados dejen de pagar este impuesto con retroactividad a enero.&nbsp;La devolución de los importes retenidos se hará en cinco cuotas a partir del mes de julio. Esto equivale a un esfuerzo fiscal de más de $40.000 millones”, afirmó el mandatario.</p>



<p>Los empleados que cobren hasta 150 mil pesos dejarán de pagar Ganancias, y quienes estén en el rango del mencionado monto y los 173 mil pesos tendrán un alivio fiscal; será la AFIP la que incremente las deducciones para que no existan diferencias sustanciales entre los que deben pagar el impuesto y los que no.</p>



<p>La ley establece que para que un jubilado quede exento de pagar el tributo debe ganar menos de 8 haberes mínimos (equivalentes a $165.000), y no puede tener otros ingresos distintos a los de la jubilación. En ese sentido, si por ejemplo el beneficiario tiene intereses de un plazo fijo, pierde el beneficio. Además, determinó que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaría de Seguridad Social). En ese sentido, se descartó el reclamo de la oposición para ajustar por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).</p>




Más de 130.000 jubilados quedaron exentos del pago de Ganancias




<p>Luego de la publicación de este decreto, resta conocer la respectiva resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para poner en marcha estas modificaciones.&nbsp;El decreto publicado hoy en el Boletín Oficial indica lo siguiente:</p>



<p>-Se sustituye la denominación del artículo 92 de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias por la de “Horas extras, bono por productividad y otros”.</p>



<p>-Se incorporan al primer párrafo del artículo 92 de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias los siguientes dos párrafos:</p>



<p>1) Las exenciones a las que se refiere el segundo párrafo del citado inciso x) del artículo 26 de la ley comprenden a aquellos montos del salario percibidos por las trabajadoras o los trabajadores en relación de dependencia que cumplan las siguientes condiciones:</p>



<p>a) Los rubros remuneratorios creados por convenciones colectivas o contrato individual, y condicionados al cumplimiento de pautas o metas objetivas de incremento de la producción.</p>



<p>b) Aquellas sumas fijadas en compensación del riesgo de reposición por faltantes de dinero o demás valores, abonado a cajeros, repartidores de efectivo o a cualquier otra persona que tenga como función la de cobrar y/o pagar dinero o demás valores.</p>



<p>Luego, menciona que la AFIP “podrá establecer la forma y modalidades de acreditación de los conceptos mencionados en el párrafo precedente”.</p>



<p>En el artículo tercero incorpora “como artículo sin número a continuación del artículo 93 de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, el siguiente: “Suplementos particulares del personal militar en actividad”; allí “se consideran comprendidos en las disposiciones del inciso y) del artículo 26 de la ley los conceptos mencionados en los incisos 1°, 2° y 3° del artículo 57 de la Ley para el Personal Militar N° 19.101 y sus normas modificatorias y complementarias, como así también aquellos a los que hace referencia su inciso 4°”.</p>



<p>También se incorpora “como primer párrafo del artículo 101 de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias” lo siguiente: “A los efectos de la deducción normada en el segundo párrafo del apartado 1 del inciso b) del artículo 30 de la ley, la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente, en los términos de los artículos 509 y siguientes del Capítulo I del Título III del Código Civil y Comercial de la Nación, se acreditará a través de la constancia o acta de inscripción en el registro pertinente”.</p>



<p>Por otro lado, se dispone que&nbsp;“el cómputo de la deducción por hijo, hija, hijastro o hijastra incapacitado para el trabajo se incrementará en una vez, cualquiera sea su edad”.</p>



<p>En el caso del capítulo de las Ganancias de la Cuarta Categoría, se incorporan los siguientes detalles:</p>



<p>-”Remuneración bruta y Remuneración y/o haber bruto”, salvo el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).</p>



<p>Esto se aplicará “en la medida en que el promedio de la ‘remuneración bruta’ mensual o ‘remuneración y/o haber bruto’ mensual, respectivamente, del período fiscal anual no supere los montos establecidos en dichos incisos”.</p>



<p>“El empleador será responsable en su carácter de agente de retención del adecuado cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, se indicó.</p>



<p>Se incorporó como artículo sin número a continuación del artículo 280 de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias el siguiente:</p>



<p>-”Gastos de guardería y/o jardín materno-infantil, herramientas educativas y otros”.</p>



<p>Cambios en el monotributo</p>



<p>Por otro lado,&nbsp;también se conoció el decreto que instrumenta la ley que reforma el Régimen de Monotributo, que dispone actualizar los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso del contribuyente al denominado Régimen General. Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.</p>



<p>Quienes superaron ese monto se tendrá que pasar al régimen general y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.</p>



<p>De acuerdo al texto, podrán deducir, además, en el primer año el 50 por ciento del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30 por ciento en el segundo y el 10 por ciento en el tercer año.</p>



<p>En este sentido, se dispone que los “contribuyentes inscriptas o inscriptos al 31 de diciembre de 2020 en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido en el Anexo de la Ley N° 24.977 y sus normas modificatorias y complementarias que hayan excedido, en esa fecha o en cualquier momento previo a ella, el límite superior de alguno de los parámetros previstos en el artículo 8° del referido Anexo vigente en cada período, para la máxima categoría aplicable a su actividad al producirse esa situación, o a cuyo respecto se haya verificado cualquiera de las demás causales de exclusión previstas en su artículo 20, se considerarán comprendidas o comprendidos en el Régimen Simplificado hasta ese día, inclusive”. Es decir, se limita su exclusión si sus ingresos brutos:</p>



<p>a. no hubieran excedido el límite superior establecido en la referida categoría máxima o, de haberlo excedido, lo haya sido en hasta un 25 % inclusive. Esto abarca a quienes hayan abonado esta obligación “en tiempo y forma”.</p>



<p>“Se considerará que los contribuyentes a las o a los que se refiere este artículo se encontraron correctamente categorizadas o categorizados durante los períodos transcurridos hasta el 31 de diciembre de 2020”, o de haber superado en algún momento hasta esa fecha el límite superior aplicable a cualquiera de los parámetros previstos a tal efecto, “se hayan inscripto en la máxima categoría correspondiente en función de su actividad, en las oportunidades previstas en el referido Anexo y sus normas reglamentarias”.</p>



<p>Si luego del 31 de diciembre de 2020 “los sujetos indicados en el artículo 1° del presente decreto continúan excediendo el límite superior de cualquiera de los parámetros previstos para la máxima categoría aplicable a su actividad o se mantienen incluidos en cualquiera de las demás causales de exclusión previstas en el artículo 20 del referido Anexo, considerando los nuevos importes que surgen de la actualización dispuesta por el artículo 15 de la Ley N° 27.618, se entenderá que la causal de exclusión del Régimen Simplificado se verificó el 1° de enero de 2021”.</p>




Ganancias: devolverán lo retenido en 5 cuotas a partir de julio




<p>Además, incorpora un beneficio para los monotributistas cumplidores.&nbsp;También, fija el procedimiento “puente” de acceso al régimen general, para fijar una transición más suave que la vigente entre ambos regímenes. Luego, el procedimiento permanente de transición al régimen general.</p>



<p>En este caso,&nbsp;los contribuyentes que hayan determinado los impuestos bajo el Régimen General, “podrán optar nuevamente por el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes,&nbsp;luego de transcurrido al menos un año calendario desde la finalización del último período fiscal en el que hubieran podido gozar de alguno de esos beneficios en forma completa”.</p>



<p>El artículo 14 dispone que “los contribuyentes que hubiesen comunicado su exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y solicitado el alta en los tributos del Régimen General de los que resultasen responsables hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que hubiese acaecido la causal de exclusión, en las formas previstas para ello, o que hayan renunciado, en ambos casos, desde el 1° de enero de 2021 y hasta el 21 de abril de 2021, ambas fechas inclusive, podrán optar por adherirse nuevamente al Régimen Simplificado”.</p>



<p>“Los sujetos a que hace referencia el primer párrafo de este artículo, que opten por permanecer en el Régimen General, o que no cumplan con los requisitos allí dispuestos para reingresar al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, quedarán comprendidos en las disposiciones del artículo 7° de la Ley N° 27.618”.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/W3yyDRwk30ih2yMavxW268qh8M0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2018/12/calcular_ganancias.jpg_501420591.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata del régimen de devolución en el caso de ganancias, que beneficiará a más de 1,2 millones de personas, y del esquema para los pequeños contrib...]]>
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                <updated>2021-05-25T10:22:19+00:00</updated>
                <published>2021-05-25T10:22:19+00:00</published>
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            El Senado convirtió en ley los cambios en el Impuesto a las Ganancias y el Monotributo
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6ObInvK6naXb1zO9PwwPe0PL2Lw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/04/ganancias.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
Por una amplia mayoría, y en una votación conjunta de las dos normas, la Cámara alta aprobó el nuevo piso de $ 150.000 para Ganancias y la modificación del pase del régimen simplificado a responsable inscripto



<p>Con la presencia de la vicepresidencia de la Nación en su rol de presidente del Senado, el oficialismo impuso su mayoría y aprobó las modificaciones en Ganancias y a la ley de Monotributo.</p>



<p>La discusión entre la oposición y el oficialismo estuvo centrada mucho más en lo que hicieron los gobiernos de Cambiemos y de Cristina Kirchner respecto del impuesto. Mientras que el oficialismo señaló la promesa de campaña de Mauricio Macri respecto de Ganancias, la oposición por otro lado hizo referencia que en el kirchnerismo fue la época en donde menos se modificó el piso.</p>



<p>Sólo hubo un cruce cuando tomó la palabra la senadora Elías de Perez que tuvo en encendido discurso&nbsp;apuntando con el dedo a la cámara -estaba de manera remota- e hizo referencia a una de las frases más conocidas del macrismo que acuñó el ex jefe de gabinete, Marcos Peña, con un “háganse cargo”, lo que significó que una senadora del oficialismo abrió su micrófono y le dijo “el dedito”.</p>




El Senado convertirá en ley la reforma de Ganancias y del régimen de Monotributo




<p>Por su parte, el senador&nbsp;Martín Lousteau&nbsp;de Juntos por el Cambio señaló que esta norma&nbsp;“es un alivio pero para un sector muy chico de la Argentina, es un alivio para el 5% de los trabajadores que están dentro del 10% de los que más ganan”.</p>



<p>Luego de hacer referencia a la “violencia” de algunos discursos en referencia a los dichos de Alberto Fernández que llamó “imbécil” a dirigentes de la oposición, el dirigente radical dijo que era “una pena que debatamos las cosas a las apuradas y en un contexto de agresividad y tenemos que dejar de vestir de épica algunos parches a problemas estructurales de la economía argentina como la inflación que eso hace que el impuesto a las ganancias se comporte de una manera totalmente anormal”.</p>



<p>“Estamos aprobando algo que no debería tener una gran epica, que tiene errores, que va a generar alivios a algunos, costos a otros y que seguramente más adelante vamos a tener que corregirlo como corregimos otras cosas”, señaló.</p>



<p>De todas formas, y a pesar de algunos discursos encendidos, hubo apoyo generalizado de todas las bancadas.</p>



<p>Con 66 a favor, una abstención y cuatro ausentes, los senadores aprobaron de manera conjunta las leyes que modifican el piso a partir del cual los asalariados y jubilados empiezan a pagar el impuesto a las Ganancias y por XXX votos a favor las modificaciones al régimen de Monotributo.</p>



<p>En el caso de la primera de las normas, que ahora habrá que esperar a que sea publicada en el Boletín Oficial,&nbsp;la ley que exime del pago de ganancias a trabajadores y jubilados con ingresos de hasta 150.000 pesos brutos y hasta ocho jubilaciones mínimaspara los jubilados y pensionados que fue presentado por el presidente de la Cámara de Diputados,&nbsp;Sergio Massa&nbsp;y&nbsp;aprobada en la sesión realizada durante un fin de semana&nbsp;en la Cámara baja.</p>



<p>La norma contó con el apoyo de Juntos por el Cambio que, de todos modos, reclama algunas modificaciones y también discute algunos de los aspectos técnicos porque la ley sólo modifica el piso y no el resto de las escalas.</p>



<p>Pero, a pesar de esta discusión, al igual que lo que sucedió en la Cámara de Diputados,&nbsp;la iniciativa fue aprobada por amplia mayoría.</p>



<p>Una vez aprobada, llegó el turno de otro proyecto de ley que cuenta con media sanción y que fue enviado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que&nbsp;modifica el paso del régimen simplificado o monotributo al de responsable inscripto.</p>



<p>El proyecto de ley que ingresó en enero al Congreso se viene a sumar a las mejoras en la escala de Ganancias y apunta a un sector de la clase media ya que propone dos herramientas. La primera, para los que luego de la suspensión de la exclusión que comenzó en octubre de 2019, y que aún se mantiene, deberán afrontar una deuda devengada muy importante. La segunda, para el largo plazo, es un&nbsp;nuevo régimen que haga que el pasaje de monotributista a autónomo sea más simple y menos costoso.</p>




El Senado inicia el tratamiento del proyecto sobre Ganancias




<p>En el primero de los casos&nbsp;el proyecto de ley establece que a aquel monotributista que se haya pasado hasta un 25% de la facturación se le va a ofrecer la oportunidad de volver a la categoría del monotributo.&nbsp;En el caso de que el exceso de ese 25% sea anterior al 31 de diciembre de 2020, va a poder computar 50% del crédito fiscal presunto. Si así fuese, para un monotributista que se pasó en un 40% la ecuación quedaría con que sin esta norma deberá afrontar una deuda de 1.360.000 pesos pero que, de aprobarse, deberá enfrentar un pago de 649.882 pesos.</p>



<p>En la previa al tratamiento de las dos leyes económicas, y a pedido de la senadora Silvia Elías de Pérez,&nbsp;se incluyó la discusión y sanción de la modificación del código penal de hostigamiento sexual&nbsp;“por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, plataformas digitales o cualquier otra tecnología de transmisión de datos”, en donde el texto del artículo a modificar señala que se penará a aquel que “contactare a una persona, la perturbare, intimidare u hostigare con connotación sexual, con motivo de género, orientación sexual, identidad de género o su expresión, de modo que altere el normal desarrollo de su vida cotidiana”.</p>



<p>Los senadores aprobaron por 67 votos positivos y uno negativo la modificación y ahora volverá a Diputados.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6ObInvK6naXb1zO9PwwPe0PL2Lw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/04/ganancias.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Por una amplia mayoría, y en una votación conjunta de las dos normas, la Cámara alta aprobó el nuevo piso de $ 150.000 para Ganancias y la modificació...]]>
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                <updated>2021-04-09T06:51:01+00:00</updated>
                <published>2021-04-09T06:51:01+00:00</published>
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            El Senado convertirá en ley la reforma de Ganancias y del régimen de Monotributo
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e5pIabWBHxY1EOlgv7Aiq_uRsrg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/04/Senado-nac.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
Se concretará este jueves, durante la sesión especial habilitada por la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner. Los legisladores participarán a través de videoconferencia, en el marco de un plenario convocado para las 14.



<p>El proyecto para modificar el alcance del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores que cobren hasta 150.000 pesos mensuales, también abarca a los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos.</p>



<p>El proyecto que exime del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores registrados con salarios de hasta $150.000, junto con una iniciativa para reformar el régimen de Monotributo, serán debatidos mañana en una sesión especial de la Cámara de Senadores, y se descuenta que serán convertidos en ley ya que ambas iniciativas cuentan con el respaldo del oficialismo y de la oposición.</p>




El Senado inicia el tratamiento del proyecto sobre Ganancias




<p>Ambas iniciativas -que ya fueron votadas por la Cámara baja-, cuentan con el apoyo en general de Juntos por el Cambio, por lo que su sanción está prácticamente garantizada.</p>



<p>El proyecto abarca a trabajadores activos y jubilados</p>



<p>La sesión especial fue habilitada durante la por la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, y los legisladores participarán a través de videoconferencia, en el marco de un plenario convocado para las 14.</p>



<p>El proyecto para modificar el alcance del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores que cobren hasta 150.000 pesos mensuales, también abarca a los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos.</p>



<p>Los trabajadores que cobren entre 150.000 y 173.000 pagarán el gravamen, pero la AFIP establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos.</p>



<p>(S) Alcance retroactivo (F)</p>



<p>La actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social).</p>



<p>Uno de los cambios introducidos a último momento en la Cámara de Diputados, establece que los ex presidentes y vicepresidentes de la Nación pagarán Ganancias sobre las asignaciones vitalicias.</p>



<p>Se establece, a su vez, que la ley tendrá vigencia al 1 de enero de este año, por lo que el Gobierno devolverá los descuentos ya realizados.</p>




La reforma del impuesto a las Ganancias eximirá a más de un millón de trabajadores




<p>Aguinaldo, guarderías, hijos o hijas discapacitades y otros aspectos de la futura ley</p>



<p>Tampoco el aguinaldo de los sueldos hasta 150.000 pesos brutos pagará impuesto a las Ganancias, mientras que el personal de salud seguirá eximido hasta septiembre por las guardias u horas extras, en virtud de la pandemia de coronavirus.</p>



<p>Los gastos de guardería sobre niños de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de 67.000 pesos.</p>



<p>Asimismo, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado que en la actualidad es de 78.833 pesos, y se elimina el tope de edad.</p>



<p>También quedan eximidos del impuesto los bonos productivos hasta un tope del 40% de la ganancia, y las horas extras de los recolectores de residuos.</p>



<p>Herramientas educativas y Monotributo</p>



<p>Otro de los beneficios incluidos en el proyecto es que se podrá deducir de Ganancias herramientas educativas de los trabajadores asalariados.</p>



<p>Por otro lado, la reforma del régimen de Monotributo propone actualizar los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso de contribuyentes al régimen general.</p>



<p>La iniciativa contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo.</p>



<p>La transición entre categorías</p>



<p>La reforma propiciada por la AFIP busca armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los aportantes al monotributo.</p>



<p>Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.</p>



<p>La iniciativa contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo.</p>



<p>Los que superaron ese monto se tendrán que pasar al régimen general, y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.</p>



<p>Deducciones</p>



<p>De acuerdo con el texto, podrán deducir además en el primer año el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercer año.</p>



<p>Finalmente, el proyecto establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e5pIabWBHxY1EOlgv7Aiq_uRsrg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/04/Senado-nac.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se concretará este jueves, durante la sesión especial habilitada por la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner. Los legisladores partic...]]>
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                <updated>2021-04-08T08:02:22+00:00</updated>
                <published>2021-04-08T08:02:22+00:00</published>
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            Extienden hasta el 31 de enero el plazo para la recategorización en el monotributo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QahdJkysqJNkwtx0oQCpDW87mSE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2019/01/monotributo_crop1546176771483.jpeg_1572130063.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extenderá el plazo previsto para la recategorización en el monotributo hasta el 31 de enero, indicaron hoy fuentes del organismo recaudador.</p>
<p></p>
<p>A través de una Resolución General que será dictada en el transcurso de los próximos días, la AFIP establecerá un plazo de gracia adicional para la recategorización en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes.</p>
<p>Desde la AFIP indicaron que la medida “se propone ofrecer alivio ante la situación de incertidumbre y zozobra observada entre algunos monotributistas frente a la recategorización con las tablas vigentes”.</p>
<p>La normativa no afectará la obligatoriedad de la recategorización, y los contribuyentes deberán registrarse en la categoría que se adecúe a sus parámetros.</p>
<p>A lo largo de las últimas semanas surgieron dudas entre los contribuyentes y sus asesores sobre la recategorización, puesto que las escalas y alícuotas no fueron actualizadas.</p>
<p>Esta situación obedeció a la suspensión de la ley de movilidad jubilatoria durante 2020 ya que ésta es utilizada para adecuar una vez al año los parámetros del monotributo. De esta manera, el único mecanismo disponible para modificar las escalas es una norma con rango de ley, situación prevista en un proyecto enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo.</p>
<p>Fuentes del organismo remarcaron que “todos los potenciales perjuicios de los que se hicieron eco distintos actores serán subsanados en el proyecto de ley que remitió el Poder Ejecutivo al Congreso”.</p>
<p>Para eso, explicaron que “durante el debate parlamentario se incorporarán las modificaciones que resuelven tales cuestiones con el fin de garantizar que ningún monotributista se vea impedido de acceder a los beneficios y previsiones del proyecto”.</p>
<p>El proyecto de ley enviado al Congreso de la Nación aborda distintas problemáticas estructurales y coyunturales experimentadas por los monotributistas. Las modificaciones propuestas apuntan a armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar quienes cambian de régimen.</p>
<p>La iniciativa se suma al conjunto de medidas implementadas por el Gobierno durante 2020 para amortiguar el impacto económico de la pandemia de coronavirus sobre los monotributistas. A lo largo del año pasado se otorgaron cerca de 600 mil Créditos a Tasa Cero a monotributistas, se evitaron las bajas por falta de pago y se ofrecieron distintos planes de facilidades para regularizar deudas.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QahdJkysqJNkwtx0oQCpDW87mSE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2019/01/monotributo_crop1546176771483.jpeg_1572130063.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extenderá el plazo previsto para la recategorización en el monotributo hasta el 31 de enero, ind...]]>
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                <updated>2021-01-16T11:58:15+00:00</updated>
                <published>2021-01-16T11:58:15+00:00</published>
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            ¿Cómo recategorizarse en el monotributo?
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3b96mppoGmgpWD4CGCv5_TuFiq0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/01/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El 20 de enero vence el plazo para que los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado realicen el trámite en la página web de la AFIP.</p>
<p>Quienes se encuentran inscriptos en el Régimen Simplificado (Monotributo) tienen tiempo hasta el próximo 20 de enero para recategorizarse en la página web de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).</p>
<p>Aquí el paso a paso para completar este trámite de carácter obligatorio:</p>
<p>1.Ingresar a la web oficial del Monotributo en la página de la AFIP con su número de CUIT y Clave Fiscal.</p>
<p></p>

Una vez adentro seleccionar la opción recategorización, presionando sobre el botón &#8220;Recategorizarme&#8221;.
Una vez dentro el sistema mostrará la categoría en la que el contribuyente se encuentra inscripto en la actualidad y los topes para cada uno de los parámetros que se tienen en cuenta para definir la categoría adecuada (nivel de facturación, superficie del local, consumo de energía). La AFIP sugiere revisar las escalas vigentes a fin de estar seguro en qué categoría pertenecemos.

<p>En esta parte aparecerán los datos del contribuyente con los que cuenta la AFIP, desde la facturación en el período previo, la energía consumida, los alquileres pagados, así como también gastos realizados con tarjetas de débito y crédito.</p>
<p></p>

Los topes vigentes a tener en cuenta en cada una de las categorías son los siguientes5. Para recategorizarse el contribuyente debe presionar el botón Continuar Recategorización. Allí, se deberá informar el monto facturado en los últimos 12 meses. El sistema pregunta además si se tiene o no local para desarrollo de la actividad.
6. Quienes cuenten con local para la realización de su actividad deberán consignar toda la información referente al establecimiento (consumo de energía eléctrica, superficie, cantidad de locaciones, alquileres pagados, etc.)

<p></p>
<p>Luego de cargar esos datos el sistema preguntará si el contribuyente se encuentra en una provincia con Monotributo unificado, si no es el caso, no informará sobre el componente integrado.</p>
<p>Si el contribuyente no realiza actividades en otra provincia, debe seleccionar &#8220;NO&#8221;. El sistema desplegará entonces la categoría que le corresponde de acuerdo a los datos aportados.</p>
<p></p>
<p>Una vez verificados que los datos cargados sean correctos el contribuyente debe seleccionar el botón de &#8220;Confirmar categoría&#8221; para concluir el trámite.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3b96mppoGmgpWD4CGCv5_TuFiq0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/01/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El 20 de enero vence el plazo para que los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado realicen el trámite en la página web de la AFIP.Quiene...]]>
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                                <category term="informacion-general" label="Información General" />
                <updated>2021-01-13T09:33:33+00:00</updated>
                <published>2021-01-13T09:33:33+00:00</published>
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            La AFIP extendió la suspensión de bajas por falta de pago de monotributistas
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        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/la-afip-extendio-la-suspension-de-bajas-por-falta-de-pago-de-monotributistas" type="text/html" title="La AFIP extendió la suspensión de bajas por falta de pago de monotributistas" />
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4VYj08kCOJWDOfWmzbwf2W1Zejo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-4-11.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la vigencia a septiembre de la suspensión de las bajas automáticas al régimen de monotributo en caso de falta de pago de los contribuyentes, una medida que se viene aplicando ante el impacto económico de la pandemia de coronavirus.</p>
<p>Así lo estableció a través de la Resolución General 4825/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que extendió los beneficios vigentes desde marzo pasado.</p>
<p>Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a este mes.</p>
<p>La normativa actual establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas.</p>
<p>La AFIP resolvió que septiembre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.</p>
<p>Existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen, y la más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.</p>
<p>La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en setiembre para proceder a exclusiones de oficio.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4VYj08kCOJWDOfWmzbwf2W1Zejo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-4-11.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la vigencia a septiembre de la suspensión de las bajas automáticas al régimen de monotr...]]>
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                <updated>2020-09-30T08:36:56+00:00</updated>
                <published>2020-09-30T08:36:56+00:00</published>
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            Cafiero: “El Gobierno de los tarifazos y los impuestazos se fue el 10 de diciembre”
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u8bZaVK4sDR4BqF2L8Apnu4i_FY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/08/cafiero.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El jefe de Gabinete desmintió que el Poder ejecutivo tenga en estudio modificaciones en el monotributo como así tampoco una elevación de la escala del impuesto a las Ganancias en la cuarta categoría.</p>
<p>El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, sostuvo hoy que &#8220;el Gobierno de los tarifazos y los impuestazos se fue el 10 de diciembre&#8221; y desmintió que el Poder ejecutivo tenga en estudio modificaciones en el monotributo como así tampoco una elevación de la escala del impuesto a las Ganancias en la cuarta categoría.</p>
<p>&#8220;El Ministerio de Economía ayer desmintió esa versiones y fue tajante. No se está trabajando sobre eso&#8221;, dijo Cafiero en declaraciones esta mañana a Radio Diez, y agregó: &#8220;El Gobierno de los tarifazos y los impuestazos se fue el 10 de diciembre&#8221;.</p>
<p>En ese marco, agregó que &#8220;obviamente, tenemos una Secretaría de Política Tributaria que siempre viene evaluando qué modificaciones se pueden hacer, pero siempre este Gobierno las hará en forma progresiva&#8221;.</p>
<p>Ayer el Gobierno nacional ya había negado que estén en estudio modificaciones en el monotributo y una elevación de la escala del impuesto a las Ganancias en la cuarta categoría.</p>
<p>Fuentes oficiales señalaron a Télam que los cambios que se analizan buscan &#8220;ampliar la base imponible de los impuestos progresivos&#8221;, de manera tal que &#8220;paguen más lo que más tienen&#8221;.</p>
<p>&#8220;No se estudia modificar el monotributo&#8221;, enfatizaron las fuentes al salir al cruce de versiones periodísticas que indicaron que la iniciativa que analiza el Ejecutivo, por el contrario, incluía un supuesto incremento.</p>
<p>Al mismo tiempo, negaron que se esté estudiando alguna modificación en el régimen del monotributo y, por ende, desmintieron que se evalúe un incremento en las alícuotas.</p>
<p>En relación a las versiones sobre posibles modificaciones en el impuesto a las Ganancias, fuentes oficiales indicaron que &#8220;no se estudia modificar la escala de cuarta categoría&#8221;.</p>
<p>&#8220;La reforma bajo análisis busca ampliar la base imponible de los impuestos progresivos y apuntará a que paguen más los que más tienen&#8221;, sostuvieron al desestimar un supuesto incremento en la carga tributaria sobre los trabajadores en relación de dependencia alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.</p>
<p>Remarcaron que &#8220;cada peso que se recauda es un peso que vuelve a la sociedad en políticas públicas y productivas como el Programa ATP o el IFE&#8221;, y que los cambios &#8220;en estudio&#8221; procuran &#8220;lograr un sistema tributario que privilegie la producción, la equidad, la igualdad y que sea sostenible&#8221;.</p>
<p>Además, subrayaron que &#8220;no está en análisis&#8221; elevar la carga tributaria sobre &#8220;la clase media, los profesionales y las empresas que intentan invertir&#8221;, según trascendió de algunos medios de comunicación.</p>
<p>También afirmaron que &#8220;no se eliminará el incentivo a la reinversión&#8221;, esto es ganancias aplicadas a la distribución de dividendos.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/u8bZaVK4sDR4BqF2L8Apnu4i_FY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/08/cafiero.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El jefe de Gabinete desmintió que el Poder ejecutivo tenga en estudio modificaciones en el monotributo como así tampoco una elevación de la escala del...]]>
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                <updated>2020-08-29T12:26:55+00:00</updated>
                <published>2020-08-29T12:26:55+00:00</published>
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            Oficializan la extensión de la suspensión de las bajas de oficio en el monotributo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pQ4ULaK-L4-g4PP0NEAIinOHMog=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/06/notife-28.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de que ningún monotributista sea dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante junio, quedó oficializada hoy con su publicación en el Boletín.</p>
<p>Se trata de la Resolución General 4738/2020 a través de la cual la AFIP indicó que su principal objetivo es &#8220;amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes&#8221;.</p>
<p>De esta forma, se extenderá durante este mes la medida que comenzó a regir en marzo pasado.</p>
<p>La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.</p>
<p>Ante esta situación, la AFIP resolvió que junio no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.</p>
<p>También existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen.</p>
<p>La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.</p>
<p>La AFIP definió que esos cruces sistémicos tampoco serán utilizados en junio para proceder con exclusiones de oficio.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pQ4ULaK-L4-g4PP0NEAIinOHMog=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/06/notife-28.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de que ningún monotributista sea dado de baja de oficio del régimen por falta de...]]>
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                <updated>2020-06-25T07:57:09+00:00</updated>
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