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    <title>Notife</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Santa Fe.</subtitle>
    <updated>2025-01-07T22:00:05+00:00</updated>
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            Ben Affleck y Jennifer Lopez firmaron su divorcio: así quedará el reparto de bienes
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bE6Uwq985PLFGpXBAITjawEOFnI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2025/01/jlo_ben_affleck.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Después de meses de incertidumbre, finalmente se sabe cómo quedará el reparto de bienes entre Jennifer Lopez y Ben Affleck tras su divorcio. Aunque la sentencia será oficial el próximo 20 de febrero, la expareja ya tiene todo arreglado de manera amistosa y sin complicaciones.</p><p>Según lo que informa TMZ, JLo y Ben se quedarán con lo que cada uno adquirió antes y durante su matrimonio, sin necesidad de dividir los bienes a la mitad como suele ocurrir en estos casos. No habrá pago de manutención entre ellos, y los ingresos generados por cada uno durante los dos años de casados quedarán a nombre de quien los generó. Esto se logró gracias a la intervención de Laura Wesser, la famosa abogada de las celebridades de Hollywood, quien manejó la situación de forma eficaz.</p><p>Sobre la mansión de Beverly Hills que compraron juntos por un valor de 61 millones de dólares, se sabe que está a la venta desde hace un tiempo, aunque los detalles sobre quién se quedará con qué parte de la propiedad siguen siendo confidenciales. En otro punto del acuerdo, Jennifer López podrá recuperar su apellido de soltera, algo que ya había solicitado ante el tribunal antes de la formalización del divorcio.</p>Ben Affleck y Jennifer López decidieron aclarar todo en su separación de bienes. Foto: Archivo<p>La ruptura de la pareja se hizo oficial el 20 de agosto de 2024, cuando JLo presentó ella misma los papeles del divorcio, sin un abogado de por medio. En esos documentos, la cantante detalló que su separación con Ben había ocurrido el 26 de abril, justo antes de la Gala MET, cuando asistió sola al evento y comenzaron a surgir rumores sobre su ruptura.</p><p>Aunque nunca se confirmó una razón exacta, se habla de que la diferencia en sus estilos de vida pudo haber influido: mientras que Ben prefiere una vida más tranquila, alejada de los excesos y de la prensa, Jennifer&nbsp;todavía&nbsp;disfruta de la exposición mediática. Sin embargo,&nbsp;Affleck reconoció que teme perder su trabajo por la atención que recibió su vida privada en la prensa.</p>El quiebre que marcó el fin del matrimonio entre Ben Affleck y Jennifer López<p>El romance entre Ben Affleck y Jennifer López comenzó a mostrar señales de quietud durante su luna de miel en el Lago Como, Italia. Aunque hubo momentos públicos, donde fueron seguidos por los paparazzi, Affleck no estaba cómodo con la persecución. A pesar de ser algo habitual para López, esto marcó el inicio de los problemas en su relación.</p><p>En privado, la comunicación entre ellos era escasa. Lo que debería haber sido un tiempo de felicidad se transformó en silencios y distanciamientos. Aunque Jennifer confiaba en el cambio de Ben, esa sensación pronto desapareció, dejando en evidencia que los desacuerdos seguían presentes.</p><p>Por otro lado, se dice que Affleck comenzó a sentir que debía separarse cuando se dio cuenta de la "normalidad" que había en su vida junto a López. El estrés y el drama que conllevaba estar con ella empezaron a afectar su bienestar, y su relación no logró superar esos obstáculos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bE6Uwq985PLFGpXBAITjawEOFnI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2025/01/jlo_ben_affleck.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Después de meses de especulaciones, la ex pareja oficializó su divorcio tras la ruptura en abril de 2024.]]>
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                                <category term="afternews" label="AfterNews" />
                <updated>2025-01-07T22:00:05+00:00</updated>
                <published>2025-01-07T22:00:00+00:00</published>
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            AFIP extendió los plazos de presentación de Ganancias y Bienes Personales
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TSJMB1c9FDPimt3NVYL0gpjaiW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/10/Prensa-GSF-3-16.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció una extensión en el plazo para efectuar las presentaciones de las declaraciones juradas y, de corresponder, realizar el ingreso de los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al período fiscal 2021.</p>
<p>La prórroga -dispuesta en la Resolución General Nº 5192/2022, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial- traslada los vencimientos de las obligaciones para fines de junio con el objetivo de facilitar las tareas de cumplimiento.</p>
<p>En este sentido, los nuevos plazos para las presentaciones de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2021 son los siguientes: en los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 la fecha de presentación será el 23/6; en los DNI finalizados en 4, 5 y 6, el 24/6; y los concluidos en 7, 8 y 9, el 27/6.</p>
<p>En todos los casos la fecha de pago será la del día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada, informó la AFIP.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TSJMB1c9FDPimt3NVYL0gpjaiW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/10/Prensa-GSF-3-16.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció una extensión en el plazo para efectuar las presentaciones de las declaraciones jurad...]]>
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                <updated>2022-05-26T09:27:12+00:00</updated>
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            Postergan vencimiento de Ganancias y Bienes Personales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TA_8CfdN9Y2HjY9jiCFtZYNdOfU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/05/AFIP.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La fecha prevista originalmente era el 13 y el 14 del mes próximo pero se correrá debido a que los aplicativos para liquidar el tributo estuvieron disponibles la semana pasada.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergará para “fines de mes” el vencimiento de los Impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales previsto en principio para los próximos 13 y 14 de junio. Se trata de la liquidación de tributos correspondiente a las personas físicas del 2021 y la postergación obedece a que el organismo habilitó los aplicativos en la web oficial recién el jueves de la semana pasada.</p>
<p>Tarjetas de crédito: a partir de qué monto los bancos deben informar a la AFIP</p>
<p></p>


Fuentes de la AFIP confirmaron la novedad a Ámbito Financiero. En tanto, según precisaron contadores, tras un encuentro en el marco del Diálogo Institucional entre entidades que representan a los profesionales y funcionarios del organismo, la nueva fecha se correría para el 24 de junio.</p>
<p>AFIP embargó a Batistuta por una deuda millonaria</p>
<p></p>
<p>“Claramente es insuficiente, poco más de una semana”, señaló Vicente Lourenzo, asesor tributario de pequeñas y medianas empresas y dirigente de la Cámara de Estudios Profesionales Económicos y Tributarios (CEPET).</p>
<p>El planteo de los profesionales es que la demora de la AFIP en la habilitación del sistema para cargar las declaraciones juradas y liquidar el tributo anual provocó que se junten con otros vencimientos, lo que genera acumulación de tareas administrativas de parte de los estudios. El CEPET presentó una nota a la AFIP en la cual reclamó que el plazo se postergue para fines de julio.</p>
<p>Entre los argumentos se señala que tras un período en el que el organismo recaudador se abstuvo de iniciar inspecciones, debido a los efectos de la pandemia, ahora las fiscalizaciones se retomaron, y eso implica mayor carga de tareas para los contadores que tienen que reunir información.</p>
<p>Al respecto, Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, señaló que “los aplicativos se pusieron a disposición el jueves y ya estamos viendo que presentan errores al ingresar”. “Según el calendario original, el vencimiento comenzaría el 13 de junio. AFIP nos informó que pasarían al 24 pero no es suficiente. Hay que tener en cuenta que las aplicaciones deberían estar disponibles a principio de año, ya que es la liquidación de un impuesto del año anterior”, dijo Russo. La titular del Consejo indicó que “pedimos siempre que, como mínimo, estén listas 60 días antes de vencimiento para poder presentarlo correctamente pero postergaron 10 días, y encima en ellos hay dos feriados, teniendo en cuenta el tiempo que se tomó el organismo para ponerlo a disposición”.</p>
<p>Por otro lado, los profesionales cuestionaron la última decisión de la AFIP de impedir el uso de programas informáticos para la realización de cargas de información de manera automatizada, denominados “bots”. La medida afecta sobre todo a los estudios contables más importantes, debido al costo de la inversión en ese tipo de tecnología.</p>
<p>La AFIP comunicó que no se pueden usar los “bots” debido a problemas de seguridad informática. El uso de esos programas acelera las tareas administrativas, a través de funciones como la importación y exportación de datos. Ahora los estudios tienen que hacer las tareas manualmente.</p>
<p>Lourenzo consideró que esa decisión no impacta tanto en los contadores independientes y estudios pequeños, que no están en capacidad de hacer esa inversión, y no manejan un nivel de datos que justifique el gasto. “Estos bots pueden hacer el trabajo de dos o tres empleados”, explicó.</p>
<p>Russo dijo al respecto que hubo una reunión con funcionarios de la AFIP. “Escucharon nuestras inquietudes y nos respondieron que iban a evaluar nuestras propuestas para resguardar el equilibrio. Entendemos que hay que resguardar la información de los contribuyentes, pero eso no tiene que ir en contra del avance tecnológico en perjuicio de los profesionales y de los contribuyentes que invirtieron en estas herramientas”, señaló.</p>

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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TA_8CfdN9Y2HjY9jiCFtZYNdOfU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/05/AFIP.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La fecha prevista originalmente era el 13 y el 14 del mes próximo pero se correrá debido a que los aplicativos para liquidar el tributo estuvieron dis...]]>
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                <updated>2022-05-16T19:53:49+00:00</updated>
                <published>2022-05-16T19:53:49+00:00</published>
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            AFIP posterga el vencimiento de las cuotas de Ganancias y Bienes Personales
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e8rXERCAkFPm4oW91VKNalasDik=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/02/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El organismo también otorgó más tiempo para los beneficios de los planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles.</p>
<p></p>
<p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de mayo el plazo para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, informó el organismo.</p>
<p>La AFIP también otorgó más tiempo para los beneficios de los planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles. La posibilidad de pago en cuotas de los tributos como el beneficio de los planes permanentes vencía hoy. Las medidas, que se publicaron en el Boletín Oficial, apuntan a facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.</p>
<p>La extensión se suma al plazo adicional para adherir a la moratoria hasta el 29 de abril y la condonación de deudas inferiores a los $100.000 para pequeños contribuyentes y entidades sociales, hasta el 18 de ese mes.</p>
<p>AFIP dispuso refuerzos en los controles para la importación</p>
<p></p>
<p>Ganancias y Bienes Personales</p>
<p>La Resolución General 5177/2022 establece que los contribuyentes pueden cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.</p>
<p>Asimismo, dispone que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas.</p>
<p>El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como &#8220;riesgo muy alto&#8221;, categoría E.</p>
<p>El Sistema de Perfil de Riesgo es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.</p>
<p>La AFIP realizó más de 9.700 controles durante el verano</p>
<p></p>
<p>Planes de pago permanente</p>
<p>A través de la Resolución General 5178/2022, la AFIP extendió hasta el 31 de mayo de 2022 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes.</p>
<p>El máximo es 8 cuotas y 6 planes por persona. Además, los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de mayo de 2022.</p>
<p>Datos biométricos</p>
<p>La AFIP extiende por tres meses hasta el próximo 30 de junio la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos. Con esta medida, establecida a través de la Resolución General 5180/22 publicada en el Boletín Oficial, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar de forma presencial. Los trámites y gestiones se pueden realizar desde el servicio Presentaciones Digitales.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/e8rXERCAkFPm4oW91VKNalasDik=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/02/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo también otorgó más tiempo para los beneficios de los planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles.La...]]>
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                <updated>2022-03-31T10:48:44+00:00</updated>
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            Bienes personales: “Estos cabeza de termo creen que es un pecado tener plata”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LCB4BTe4hpmNDH2fg7F9XcT24ew=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/12/LJ.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El legislador por Córdoba, Luis Juez, se expresó así tras la sanción del proyecto que sube el mínimo no imponible de Bienes Personales y modifica las alícuotas.
<p>El senador nacional de Juntos por el Cambio Luis Juez afirmó que &#8220;fue lastimoso&#8221; como se dio el quórum para que el oficialismo aprobara la Ley de Bienes Personales, mientras que al referirse al Gobierno dijo que &#8220;estos cabeza de termo creen que es un pecado tener plata&#8221;.</p>
<p>Senado: con polémica, el oficialismo aprobó las modificaciones en Bienes Personales</p>
<p></p>
<p>&#8220;Lo de ayer fue lastimoso. Cristina Kirchner cree que está por encima de la ley, hace lo que quiere con la Justicia. El Senado ya no es una escribanía&#8221;, precisó el legislador por Córdoba luego de que el oficialismo logró sancionar el proyecto que sube el mínimo no imponible de Bienes Personales y modifica las alícuotas, en una sesión cuestionada por el bloque de Juntos por el Cambio.</p>
<p>Diputados aprobó el proyecto de reforma del Impuesto de Bienes Personales</p>
<p></p>
<p>En cuanto al Gobierno indicó: &#8220;Estos cabeza de termo que creen que persiguiendo al tipo que tiene algún recurso&#8230;Esta cosa de creer un pecado tener plata, como si el empleo público nos fuera a salvar&#8221;.</p>

<p>Al hablar acerca del modo con el que el oficialismo logró sesionar en el Senado, precisó: &#8220;Si la mayor influencia en este país es Cristina y hace lo que quiere con los reglamentos, los estatutos&#8230; Los tipos aguantaron todo el tiempo que quisieron hasta que consiguieron no sé de qué manera o pretexto sentar a una senadora y tener el quórum&#8221;.</p>
<p>En ese sentido, dijo: &#8220;El reglamento es muy claro, el artículo 15 dice que pasado los 30 minutos la sesión se levanta. Había pasado holgadamente ese tiempo, hasta que lograron sentar a una senadora riojana que se dio vuelta como una media ¿El kirchnerismo quiere sesionar? Van a tener que juntar el quórum. Van a tener que laburar, antes era automático. Antes venían, te atropellaban y hacían lo que querían&#8221;.</p>
<p>Juez manifestó en declaraciones radiales y dirigiéndose al Gobierno: &#8220;Estos inútiles que creen que metiéndole la mano en el bolso a la gente&#8230;Por eso el tema del acuerdo fiscal de los gobernadores con el Presidente (Alberto Fernández) fue licencia para matar, para que los gobernadores salgan a aumentar las alícuotas de los ingresos brutos y los impuestos&#8221;.</p>
<p>Afirmó, además: &#8220;Esta es la mentalidad horrible de un puñado de tipos que en lugar de ver cómo achicamos la política, cómo bajamos el salario de la política, cómo eliminamos ministerios, cómo realmente ajustamos donde hay que ajustar&#8230;&#8221;.</p>
<p>Según Juez, &#8220;el kirchnerismo es la peor cara de este modelo de pobrismo generalizado&#8221;, tras considerar que los referentes de ese espacio &#8220;creen que se le pueden seguir poniendo impuestos al tipo que produce, que labura&#8221;. Y enfatizó: &#8220;Así no va a ir, cada vez vamos a terminar más pobres, todos igual de pobres&#8221;.</p>

<p>&nbsp;</p>
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                <updated>2021-12-30T15:56:21+00:00</updated>
                <published>2021-12-30T15:56:21+00:00</published>
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            Senado: con polémica, el oficialismo aprobó las modificaciones en Bienes Personales
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uqBcuG2KHgUrDAY78_DLd7zJVZM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/12/senado-nacion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En la última sesión del año, el Frente de Todos logró 37 votos afirmativos y 1 en contra. La oposición se retiró de recinto al denunciar que se incumplió con el reglamento para lograr el quórum</p>
<p></p>
<p>El Senado aprobó este miércoles con 37 votos a favor el proyecto de ley que establece cambios en el impuesto de Bienes Personales, en medio de cruces y polémica con la oposición por la obtención del quórum. La cordobesa Alejandra Vigo fue la única en contra. Fue la primera vez desde el regreso de la democracia en 1983 que la Cámara alta sesiona sin que el peronismo tenga el quórum propio.</p>
<p>La iniciativa eleva de dos a seis millones de pesos el monto para los bienes particulares, y de 18 millones a 30 millones de pesos, el valor a partir del cual se paga por la casa-habitación.</p>
<p>La senadora Vigo votó en contra en general y a favor del artículo 1, que sube el mínimo no imponible de $2 millones a $6 millones. Además, votó a favor en general y en contra del artículo 3 y 4.</p>
<p>Diputados aprobó el proyecto de reforma del Impuesto de Bienes Personales</p>
<p></p>
<p>Minutos antes de que se iniciara el tratamiento, el Frente de Todos tuvo que negociar el quórum debido al caso positivo de Covid-19 del senador Guillermo Andrade y la decisión de la cordobesa Alejandra Vigo de no dar quórum hasta que esté conformada una mayoría.</p>
<p>Habían pasado 7 minutos del tiempo de tolerancia que contempla el reglamento y el Frente de Todos seguía sin tener quórum. La senadora que facilitó el quórum fue Clara Vega, de La Rioja. Luego se sentó la cordobesa Vigo.</p>
<p>El presidente del interbloque de Juntos por el Cambio, el senador Alfredo Cornejo, consideró que la sesión convocada por el kirchnerismo “es nula” debido a que fue formalizado el quórum 10 minutos después de la convocatoria a debate que realizó la presidencia de la Cámara.</p>
<p>“Venimos en nombre del interbloque a rechazar esta sesión porque no obtuvo quórum en los 30 minutos que establece el reglamento y ocurrió exactamente eso. Esta sesión es nula y mi participación es al solo efecto de notificarla de esta posición”, consideró.</p>
<p>La respuesta del presidente del bloque del Frente de Todos, el formoseño José Mayans, fue inmediata: “No sé qué hace el señor Cornejo, qué hace el señor Cornejo en una sesión que no existe ¿está hablando solo?”.</p>
<p>Después de esa chicana, pidió a Cristina Kirchner que se vuelva a votar la legitimidad de la sesión y quedó aprobada por unanimidad, con los 37 votos de los presentes en el inicio de la sesión donde se va a debatir el proyecto enviado por la Cámara de Diputados que establece un cambio en Bienes Personales.</p>
<p>Diputados buscan definir el nuevo mínimo no imponible para Bienes Personales</p>
<p></p>
<p>Las modificaciones que se aprobaron hoy establecen que mínimo no imponible a partir del cual se paga el impuesto pasa de $2 millones a $6 millones y para la “casa-habitación”, la propiedad en la que vive el contribuyente, el tope para quedar exceptuada pasa de los $18 millones actuales a $30 millones.</p>
<p>Quienes tienen un patrimonio por encima del mínimo no imponible de entre 0 y $3 millones pagarán una alícuota del 0,5%. Quienes tengan un excedente de entre $3 millones y $6,5 millones el 0,75%; de $6,5 y $18 millones, el impuesto es de 1%. Y con un extra de entre $18 y $100 millones se paga el 1,25 por ciento.</p>
<p>Para los patrimonios de más de $100 millones, pagarán 1,5% en vez de 1,25% y para aquellos que superen los 300 millones la alícuota aumenta a 1,75%. Para los bienes en el exterior se estableció una alícuota máxima de 2,25%.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uqBcuG2KHgUrDAY78_DLd7zJVZM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/12/senado-nacion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En la última sesión del año, el Frente de Todos logró 37 votos afirmativos y 1 en contra. La oposición se retiró de recinto al denunciar que se incump...]]>
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                <updated>2021-12-30T09:09:26+00:00</updated>
                <published>2021-12-30T09:09:26+00:00</published>
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            Diputados buscan definir el nuevo mínimo no imponible para Bienes Personales
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NdHKJQIT-2UY74MlZmFdDd8T9nY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/10/diputados-nacion-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras la pelea por el Presupuesto 2022, el Frente de Todos y Juntos por el Cambio vuelven a enfrentarse en la Cámara de Diputados, ahora por el impuesto a los Bienes Personales.</p>
<p>En la previa a una sesión especial pedida por la oposición, se reunió la comisión de Presupuesto y Hacienda, que comanda Carlos Heller, para avanzar con los dictámenes de las propuestas.</p>
<p>Diputados rechazó el Presupuesto enviado por el Gobierno nacional</p>
<p></p>
<p>Por un lado, el frente opositor quiere aprobar la ley que ya tiene media sanción del Senado y que lleva de 2 a 6 millones de pesos el mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales.</p>
<p>El oficialismo, en tanto, presentó un dictamen propio en el que se eleva el mínimo de 2 a 6 millones, pero también se sube la alícuota de 1,25 a 1,5 para quienes poseen bienes por más de 100 millones de pesos.</p>
<p>La Cámara de Diputados debate el Presupuesto 2022</p>
<p></p>
<p>Con esa propuesta, el Frente de Todos busca que la pérdida en la recaudación sea menor.</p>
<p>La nueva pelea por el impuesto a las Bienes Personales se da cuatro días después de la discusión por el Presupuesto 2022, que terminó con una dura derrota para el Gobierno Nacional.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NdHKJQIT-2UY74MlZmFdDd8T9nY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/10/diputados-nacion-2.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Tras la pelea por el Presupuesto 2022, el Frente de Todos y Juntos por el Cambio vuelven a enfrentarse en la Cámara de Diputados, ahora por el impuest...]]>
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                <updated>2021-12-21T14:56:02+00:00</updated>
                <published>2021-12-21T14:56:02+00:00</published>
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            Los que retiraron dólares deberán pagar el impuesto a los Bienes Personales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jm4ruiOQFMISAbvp4tp32UkeZJs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/12/pago.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Deberán pagar una alícuota que puede llegar hasta el 1,25% anual.
<p>Los ahorristas que optaron por retirar sus depósitos en dólares deberán pagar el impuesto a los Bienes Personales, que pagan una alícuota que puede llegar hasta el 1,25% anual. La salida de depósitos en dólares se aceleró en las últimas semanas tras los falsos rumores sobre una pesificación, que fue descartada totalmente por las autoridades del Banco Central (BCRA) que aseguró que la liquidez en dólares en los bancos está en niveles récord.</p>
<p>Incautan más de 50 mil dólares escondidos en paquetes de yerba</p>
<p></p>
<p>El impuesto a los Bienes Personales obliga a tributar según el patrimonio de los contribuyentes al 31 de diciembre, con una alícuota máxima del 1,25% para depósitos locales y para los del exterior llega al 2,25%. El tributo no tiene actualización automática, ni en el mínimo las escalas y este año no fueron modificadas. Esto implica mayor presión impositiva, porque el valor de los bienes aumentó por la inflación, como sucede con los autos por ejemplo.</p>
<p>Ofreció 1 millón de dólares por una respuesta a una pregunta y ganaron 29 personas</p>
<p></p>
<p>El contribuyente va subiendo en la escala del gravamen, que se paga en forma progresiva, a medida que aumenta su patrimonio en pesos, mayor será la alícuota a pagar, pasando de un mínimo de 0,5% hasta 1,25%. Retirar dinero del banco, tanto pesos como dólares, implica automáticamente perder la exención de Bienes Personales, aunque eso se determina por el patrimonio al 31 de diciembre. Si el ahorrista que retiro el dinero lo vuelve a depositar, entonces recupera la exención.</p>
<p>El Senado dio media sanción al proyecto de ley que establece un aumento no imponible del impuesto, que eleva de $2 millones a $6 millones para el mínimo que puede ser gravado y resta que lo apruebe la cámara de Diputados.</p>
<p>Para los contribuyentes que tengan que pagar el impuesto incluyendo su tenencia de dólares físicos se aplica el tipo de cambio oficial, es decir apenas por encima de los 100 pesos por dólar por lo que termina pagando la mitad de pesos que correspondería.</p>
<p>El proyecto de Presupuesto 2022 también mantiene la alícuota diferencial más alta de Bienes Personales para tenencias en el exterior, que ya se aplica hace dos años. Los fondos depositados en el extranjero pagan una alícuota creciente que va del 0,7% al 2,25%, o sea hasta un punto más en relación a los bienes en Argentina, lo que significa que al traer esos fondos del exterior a una cuenta local quedarían automáticamente exentos del impuesto.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jm4ruiOQFMISAbvp4tp32UkeZJs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/12/pago.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Deberán pagar una alícuota que puede llegar hasta el 1,25% anual.Los ahorristas que optaron por retirar sus depósitos en dólares deberán pagar el impu...]]>
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                <updated>2021-12-07T18:47:43+00:00</updated>
                <published>2021-12-07T18:47:43+00:00</published>
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            Anuncian facilidades para regularizar deudas de Ganancias y Bienes Personales
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        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/anuncian-facilidades-para-regularizar-deudas-de-ganancias-y-bienes-personales" type="text/html" title="Anuncian facilidades para regularizar deudas de Ganancias y Bienes Personales" />
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                <![CDATA[Notife Redacción]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pgLTYHfuQJkkYDAnddIMjHLBebs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que hasta el 30 de noviembre no tendrán en cuenta el perfil de riesgo de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones vinculadas con los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2020.</p>
<p>A través de un comunicado, el organismo aseguró que garantizará a los contribuyentes que lo soliciten, la posibilidad de regularizar sus obligaciones en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin considerar la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).</p>
<p>Aumentan a $175.000 el piso para el pago de Ganancias</p>
<p></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.</p>
<p>Se promulgó la ley que modifica el impuesto a las Ganancias para las empresas</p>
<p></p>
<p>El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E. La AFIP explicó que &#8220;la medida apunta a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y responsables como parte de las herramientas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19&#8221;.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pgLTYHfuQJkkYDAnddIMjHLBebs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/07/afip.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que hasta el 30 de noviembre no tendrán en cuenta el perfil de riesgo de los contribuyen...]]>
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                <updated>2021-09-30T09:25:49+00:00</updated>
                <published>2021-09-30T09:25:49+00:00</published>
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            La AFIP oficializa la extensión de la presentación de declaraciones juradas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4VYj08kCOJWDOfWmzbwf2W1Zejo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-4-11.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la extensión hasta el 31 de agosto próximo, del plazo para presentar las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.</p>
<p>Lo hizo a través de la Resolución General 4767/2020 publicada hoy en el Boletín, donde también elevó de $ 1,5 millón a $ 2 millones anuales el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada de Ganancias.</p>
<p>La normativa destacó que “el objetivo es facilitar el cumplimiento de las y los contribuyentes, así como el trabajo de los profesionales de ciencias económicas en el marco del aislamiento, social preventivo y obligatorio&#8221;.</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4VYj08kCOJWDOfWmzbwf2W1Zejo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-4-11.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la extensión hasta el 31 de agosto próximo, del plazo para presentar las declaracione...]]>
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                <updated>2020-07-23T10:30:51+00:00</updated>
                <published>2020-07-23T10:30:51+00:00</published>
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            AFIP reglamenta modificaciones a Bienes Personales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4VYj08kCOJWDOfWmzbwf2W1Zejo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-4-11.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó modificaciones previstas en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva con relación al Impuesto sobre los Bienes Personales.</p>
<p>Lo hizo a través de la Resolución General 4760/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, que reemplaza el criterio “domicilio” por el de “residencia” a los fines de determinar el monto que deben pagar los contribuyentes por bienes y activos en el exterior.</p>
<p>De esta forma, aquellas personas humanas que hubieran tramitado la baja del domicilio fiscal en Argentina deberán acreditar que también modificaron su residencia fiscal.</p>
<p>La normativa vigente establece que el cambio de residencia fiscal requiere que el centro de intereses vitales del contribuyente no se ubique en la Argentina.</p>
<p>La AFIP monitorea en forma permanente el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la ley para el cambio de residencia fiscal con el objetivo de evitar maniobras elusivas.</p>
<p>El cambio de residencia fiscal no implica que los contribuyentes dejen de pagar Bienes Personales por sus activos en el país, sino que no están alcanzados los declarados en el exterior.</p>
<p>La definición del organismo alcanza al vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2019 previsto entre el 24 y el 28 de julio próximo.</p>
<p>Asimismo, se publicaron en el Boletín otras tres normativas del organismo recaudador.</p>
<p>La Resolución General 4761/2020 reglamentó el beneficio de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) previsto en la ley 27.430 para empresas del sector transporte.</p>
<p>Por su parte, la RG 4762/2020 habilitó el mecanismo en línea para que las empresas que forman parte del programa Refinación Plus puedan afectar el crédito fiscal otorgado por la Secretaría de Energía al pago de derechos de exportación en forma electrónica, trámite que hasta ahora se hacía con papel.</p>
<p>Por último, la RG 4763/2020 modificó los trámites referidos al acceso y la registración del Régimen de Operadores de Hidrocarburos Beneficiados por Destino Industria.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4VYj08kCOJWDOfWmzbwf2W1Zejo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-4-11.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó modificaciones previstas en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva c...]]>
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                <updated>2020-07-17T08:08:41+00:00</updated>
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            AFIP extiende el pago de deudas de Ganancias y Bienes Personales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5GRzpoPlO1Xd0PqAlVzjl6DGSHc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-8-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo de los pagos por deudas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales hasta el 31 de agosto próximo.</p>
<p>A través de la resolución general 4758/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, se determinó que la regularización de las deudas se podrá realizar hasta en tres cuotas, con un pago a cuenta del 25%, sin considerar la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) en la que los deudores se encuentren incluidos.</p>
<p>De esta manera, la excepción que regio hasta el 30 de junio último, se extendió nuevamente hasta el 31 de agosto para “la regularización de las personas humanas y sucesiones indivisas de sus obligaciones en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2019&#8243;.</p>
<p>La AFIP destacó que la declaración de la emergencia sanitaria y la instauración del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) “han repercutido en la vida social y económica de los habitantes de este país”, por lo que adoptó “medidas tendientes a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con el objeto de amortiguar el impacto negativo”.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5GRzpoPlO1Xd0PqAlVzjl6DGSHc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/07/notife-8-5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo de los pagos por deudas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Pe...]]>
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                <updated>2020-07-13T08:25:23+00:00</updated>
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            AFIP prórroga hasta fin de julio la presentación de Ganancias y Bienes Personales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RwfTlF5tSFEeybYf0dtMcpQkPEw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/05/AFIP.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la prórroga hasta fin de julio de los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular, a través de la resolución general 4721/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.</p>
<p>La prórroga, en más de 40 días, comprende a más de 2 millones de contribuyentes.</p>
<p>El organismo tributario explicó que la decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio por el coronavirus.</p>
<p>Las personas cuya Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) termina en 0, 1, 2 y 3 podrán presentar las DDJJ y realizar los pagos correspondientes hasta el 27 de julio; para aquellos que finaliza en 4, 5 y 6, hasta el 28; y para los que lo hace en 7, 8 y 9, hasta el 28.</p>
<p>La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular estaba prevista inicialmente para mediados de junio.</p>
<p>La medida se suma a la anunciada la semana cuando se dispuso la instrumentación de plazos especiales para la presentación y pago de las declaraciones juradas de Ganancias e IVA para las empresas, al tiempo que se amplió los planes de facilidades de pago para garantizar más herramientas de alivio financiero para las empresas afectadas por el coronavirus.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RwfTlF5tSFEeybYf0dtMcpQkPEw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/05/AFIP.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la prórroga hasta fin de julio de los plazos para que las personas humanas presenten s...]]>
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                <updated>2020-05-21T08:25:56+00:00</updated>
                <published>2020-05-21T08:25:56+00:00</published>
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            Bienes Personales: más beneficios para quienes traigan fondos del exterior
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rd3DZT1EdE9eLfI5I1BIlEPfJX8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/01/Dise%C3%B1o-sin-t%C3%ADtulo-5-4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Gobierno publicó el decreto en el que especifica en qué se podrá invertir el dinero.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El Gobierno introdujo este jueves algunas modificaciones al régimen de premios a la repatriación de bienes en el extranjero, incluidos en el apartado de Bienes Personales​ de la Ley de Emergencia Económica.</p>
<p>A través del decreto 116/200, publicado en el Boletín Oficial, se amplió el régimen de beneficios para evitar la alícuota diferencial. Dicha alícuota es del 0,75% si los fondos en el exterior llegan hasta los $ 3 millones. Si se encuentran entre $ 3 y $ 6,5 millones, abonarán el 1,20%; en el rango de $ 6,5 a $ 18 millones, el 1,8%; y los activos que superen los $ 18 millones deberán pagar el 2,25%.</p>
<p>Los bienes en el exterior que comprende la ley son divisas depositadas en bancos, participaciones societarias o acciones, hasta bonos soberanos y corporativos y fondos comunes de inversión.</p>
<p>Hasta ahora, había una única manera de ser &#8220;premiados&#8221; por traer al país la tenencia de moneda extranjera en el exterior y &#8220;los importes generados como resultado de la realización de los activos financieros pertenecientes a las personas humanas domiciliadas en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo&#8221;.</p>
<p>El régimen de excepción se conseguía al repatriar desde un 5% de los fondos en el exterior y depositarlos en una cuenta a nombre del titular, inmovilizándolos allí hasta el 31 de diciembre. A partir de ahora, se amplían las operaciones que se pueden realizar con esos fondos hasta dicha fecha.</p>
<p>Estos cambios buscan &#8220;permitir el desarrollo del mercado financiero y la reactivación de la economía real&#8221;.</p>
<p>Una opción es vender la totalidad o parte de ese dinero en el mercado único y libre de cambios, &#8220;a través de la entidad financiera que recibió la transferencia original desde el exterior&#8221;.</p>
<p>Otra variante es adquirir certificados de &#8220;participación y/o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva que constituya el Banco de Inversión y Comercio Exterior&#8221;. Los fondos afectados a estos títulos deben estar a nombre de la persona que recibió la transferencia desde el extranjero y se tienen que mantener hasta el 31 de diciembre.</p>
<p>La última operación disponible desde ahora es utilizar esos fondos para suscribir o adquirir &#8220;cuotapartes de fondos comunes de inversión&#8221;. Corren las mismas dos condiciones que con los fideicomisos de inversión productiva.</p>
<p>El decreto enfatiza que la fracción que no se destine a ninguno de estos tres puntos deberá continuar depositada en la cuenta original hasta el 31 de diciembre, que -como novedad- el texto aclara que pueden ser cajas de ahorro, cuentas corrientes o depósitos en plazos fijos.</p>
<p>Los dólares y euros que los argentinos tienen &#8220;bajo el colchón&#8221;, es decir que están en cajas de seguridad, depósitos fuera del país o en inversiones directas y financieras en el exterior, como bonos y acciones, llegaron al récord de U$S 322.297 millones durante el tercer trimestre de 2019, según el INDEC. Es casi equivalente a los U$S 311.251 millones de la deuda pública a esa fecha.</p>
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                <updated>2020-01-30T10:46:25+00:00</updated>
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