<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom">
    <id>https://www.notife.com/feed-etiqueta/api</id>
    <link href="https://www.notife.com/feed-etiqueta/api" rel="self" type="application/atom+xml" />
    <title>Notife</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Santa Fe.</subtitle>
    <updated>2026-03-17T14:25:14+00:00</updated>
        <entry>
        <title>
            Santa Fe: prorrogan el Plan de pagos para cancelar deudas de API
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/santa-fe-prorrogan-el-plan-de-pagos-para-cancelar-deudas-de-api" type="text/html" title="Santa Fe: prorrogan el Plan de pagos para cancelar deudas de API" />
        <id>https://www.notife.com/santa-fe-prorrogan-el-plan-de-pagos-para-cancelar-deudas-de-api</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/santa-fe-prorrogan-el-plan-de-pagos-para-cancelar-deudas-de-api">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JJMRD6lQfTWU5mi9HsgSXqkCsjk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2023/07/api.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Provincial de Impuestos (API) informó que, a través de la Resolución General Nº14/2023, se dispuso prorrogar por treinta días el Plan Especial de Pagos del Decreto Nº930/23, que permite cancelar deudas devengadas hasta el 30 de abril de 2023, en seis cuotas sin intereses de financiación.</p><p>Dicho plan incluye deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios, Aportes al Instituto Becario y las de los Agentes de Retención y/o Percepción por los importes retenidos o percibidos y no ingresados al fisco.</p><p>Este nuevo plazo se extenderá del 1 al 31 de agosto de 2023. Los contribuyentes o responsables que deseen incluir sus deudas en el plan deberán comprometerse a estar al día con los períodos devengados con posterioridad al 30 de abril de 2023, por la deuda que se pretenda regularizar.</p><p>El convenio podrá ser formalizado íntegramente de manera online, ingresando a la página web del organismo (www.santafe.gov.ar/api) y, una vez celebrado, ser abonado por todos los medios electrónicos de pago o concurriendo a los Santa Fe Servicios del Nuevo Banco de Santa Fe SA., presentando la boleta de pago generada por el sistema.</p><p>Cuando la deuda corresponda a personas jurídicas o el importe de la misma sea igual o superior a $15.000, el pago se tendrá que realizar por débito automático.</p><p>Cabe aclarar que esta es la última oportunidad para poder regularizar impuestos pendientes de pago a esta Administración, y evitar así intimaciones o apremios que puedan surgir de dichas deudas.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JJMRD6lQfTWU5mi9HsgSXqkCsjk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2023/07/api.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Este nuevo plazo se extenderá del 1 al 31 de agosto de 2023 y el convenio podrá ser formalizado íntegramente de manera online.]]>
                </summary>
                                <category term="santa-fe" label="Santa Fe" />
                <updated>2026-03-17T14:25:14+00:00</updated>
                <published>2023-07-31T15:31:04+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Vandalismo en Rosario: prendieron fuego cajas apiladas en el acceso al edificio del API
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/vandalismo-en-rosario-prendieron-fuego-cajas-apiladas-en-el-acceso-al-edificio-del-api" type="text/html" title="Vandalismo en Rosario: prendieron fuego cajas apiladas en el acceso al edificio del API" />
        <id>https://www.notife.com/vandalismo-en-rosario-prendieron-fuego-cajas-apiladas-en-el-acceso-al-edificio-del-api</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/vandalismo-en-rosario-prendieron-fuego-cajas-apiladas-en-el-acceso-al-edificio-del-api">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZoF8DoHkCOCX9NFlBvnA3eY2fVc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2023/01/api.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Durante la madrugada desconocidos pasaron y quemaron cajas con papeles de descarte que habían quedado apiladas en el ingreso al edificio.</p>
<p></p>
<p>Bomberos zapadores trabajaron en el lugar y extinguieron las llamas que solo afectaron la puerta de acceso</p>
<p>Bomberos Zapadores de Rosario tuvieron que actuar en la madrugada de este martes en un incendio que afectó el ingreso del edificio de la Administración Provincial de Impuestos (API) ubicado en Tucumán al 1800. El mismo se originó cuando desconocidos pasaron por el lugar y prendieron fuego cajas con papeles.</p>
<p>Rosario: arrojaron una molotov e incendiaron cuatro autos frente a una comisaría</p>
<p></p>
<p>El fuego fue advertido por vecinos que cerca de las 3 de la mañana dieron aviso al 911. Un móvil policial llegó a la zona y ante la magnitud de las llamas pidieron la colaboración de bomberos Zapadores que rápidamente acudió y logró sofocar el incendio.</p>
<p>Desde el Gobierno de Santa Fe confirmaron que se trataba de material de descarte que habitualmente pasa a retirar un camión recolector pero que este lunes el servicio no se cumplió. Las cajas quedaron apiladas contra la puerta de ingreso justo del lado donde uno de los vidrios está roto.</p>
<p>Rosario: atacaron con bombas molotov dos sedes gremiales</p>
<p></p>
<p>Esta escena fue aprovechada por una o más personas que pasaron por el lugar y decidieron prender fuego estos papeles. Por el fuego, algunos de los vidrios que todavía estaban sanos en el portón de ingreso estallaron y quedaron marcadas tanto las paredes como el piso del hall de ingreso.</p>
<p>Cabe destacar que la situación no pasó a mayores por el rápido accionar de los bomberos y también porque entre el portón de ingreso y el resto del edificio hay una segunda puerta de metal que impidió que las llamas avancen.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZoF8DoHkCOCX9NFlBvnA3eY2fVc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2023/01/api.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Durante la madrugada desconocidos pasaron y quemaron cajas con papeles de descarte que habían quedado apiladas en el ingreso al edificio.Bomberos zapa...]]>
                </summary>
                                <category term="rosario" label="Rosario" />
                <updated>2023-01-31T12:26:45+00:00</updated>
                <published>2023-01-31T12:26:45+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            API recaudó más de $3 mil millones en la última moratoria
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/api-recaudo-mas-de-3-mil-millones-en-la-ultima-moratoria" type="text/html" title="API recaudó más de $3 mil millones en la última moratoria" />
        <id>https://www.notife.com/api-recaudo-mas-de-3-mil-millones-en-la-ultima-moratoria</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/api-recaudo-mas-de-3-mil-millones-en-la-ultima-moratoria">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-OD3J7J24SI66cLOAULppZPOHOI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/api.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Provincial de Impuestos (API) concluyó la moratoria para acceder a los beneficios impositivos de la Ley 14.069 que establece el Régimen de Regularización Tributaria de la Provincia de Santa Fe, con el propósito de que los contribuyentes pueden acceder para regularizar obligaciones fiscales, -impuestos, tasas y contribuciones provinciales-, deudas devengadas hasta el 30 de septiembre de 2021.</p>
<p>En ese sentido, el titular de la API, Martín Avalos, se refirió a la convocatoria que finalizó el 30 de junio: “Los resultados fueron positivos con una recaudación de más de 3 mil millones de pesos, lo que estaba dentro de las expectativas, pero lo más importante de esos recursos a recuperar es que tienen una coparticipación de municipios y comunas de alrededor del 75%”.</p>
<p>VGG: nueva moratoria para deudores del API</p>
<p></p>
<p>En ese sentido remarcó que “2.200 millones van directamente a municipios y comunas”. También, explicó que de ese total “un 30% para Rosario y un 10% para la ciudad de Santa Fe”.</p>
<p>En esta oportunidad alcanzó a los siguientes impuestos, tasas y contribuciones provinciales Impuesto sobre los Ingresos Brutos; Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural; Patente Única sobre Vehículos;</p>
<p>Impuesto de Sellos; Impuesto a las Actividades Hípicas &#8211; Ley 5317; Tasas Retributivas de Servicios; Aportes al Instituto Becario; Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, e Impuesto especial previsto en el art. 2º de la Ley 13.582.</p>
<p>PLAN DE REGULARIZACIÓN 2020/21/22</p>
<p>Avalos recordó que “al asumir la actual gestión encontramos una gran masa de deuda. Iniciamos un primer plan que fue positivo, en especial en Ingresos Brutos y se recaudó 3 mil millones de pesos a valor 2020, con una coparticipación del 60%”.</p>
<p>Para el 2021 se lanzó un nuevo Régimen de Regularización por lo efectos generados por la pandemia de Covid. En esta oportunidad se recaudaron 4 mil millones de pesos y el 65% se coparticipó a municipios y comunas. “Ahí tuvo una influencia un poco mayor de patentes e inmobiliario”, indicó.</p>
<p>La Municipalidad recuerda el vencimiento de la moratoria para Patentes</p>
<p></p>
<p>En el último régimen 2022, que abarcó hasta el 30 de setiembre de 2021 y que buscaba dar la posibilidad a los remanentes de deudas por pandemia, la coparticipación fue del 75%. El titular de API explicó que “la mayor influencia estuvo en patentes y luego en inmobiliario”.</p>
<p>DESCUENTO POR DÉBITO AUTOMÁTICO Y BUENOS CONTRIBUYENTES</p>
<p>Además, Avalos señaló que están trabajando para que todos los contribuyentes se adhieran al débito automático tanto en el Impuesto Inmobiliario como en Patentes: “Creemos que es un mecanismo ágil que genera comodidad a la hora de pagar los impuestos regulares que tienen vencimientos durante el año o en distintas cuotas”.</p>
<p>Sobre el beneficio indicó que “es del 25% por cada una de las cuotas, ya una gran masa de contribuyentes ya se han adherido. Que si se duma al descuento de los Buenos Contribuyentes, que han cumplido durante 2020 y 2021, se hace una condonanción de la cuota sexta del Impuesto Inmobiliario, logrando un descuento muy importante”. En la web de API se encontrarán los pasos a seguir.</p>
<p>PLAN DE PAGOS PERMANENTEMENTE</p>
<p>Desde la API recuerda que actualmente se encuentra vigente el Plan de Pagos Permanente de la API, que se puede hacer por deudas que se generen hasta en 36 cuotas. Los interesados pueden encontrar más información ingresando a</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-OD3J7J24SI66cLOAULppZPOHOI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2022/07/api.png" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Provincial de Impuestos (API) concluyó la moratoria para acceder a los beneficios impositivos de la Ley 14.069 que establece el Régi...]]>
                </summary>
                                <category term="interior" label="Interior" />
                <updated>2022-07-19T11:49:06+00:00</updated>
                <published>2022-07-19T11:49:06+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Eximirán del pago de impuestos a más de 20 sectores productivos santafesinos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/eximiran-del-pago-de-impuestos-a-mas-de-20-sectores-productivos-santafesinos" type="text/html" title="Eximirán del pago de impuestos a más de 20 sectores productivos santafesinos" />
        <id>https://www.notife.com/eximiran-del-pago-de-impuestos-a-mas-de-20-sectores-productivos-santafesinos</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/eximiran-del-pago-de-impuestos-a-mas-de-20-sectores-productivos-santafesinos">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m18_ZOPByZh-LG6clx0UUebTutQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/08/API-Rosario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El titular de API, Martín Ávalos, destacó que el objetivo “es generar una contención a todos los sectores que por las medidas sanitarias se han visto afectados en su actividad habitual”.</p>



<p>Ante la aprobación del proyecto de ley enviado por el gobierno provincial a la Legislatura, más de 20 sectores productivos, que se vieron afectados por la medidas sanitarias adoptadas ante la emergencia sanitaria por Covid-19, quedaron eximidos del pago de los ingresos brutos, de sellos y tasas retributivas de servicios, de los meses de abril a septiembre de 2021.</p>



<p>Al respecto, el administrador Provincial de Impuestos, Martín Avalos, precisó que el objetivo “es generar una contención a todos los sectores que por las medidas sanitarias se han visto afectados en su actividad habitual. Es un esfuerzo fiscal muy importante, que sin lugar a dudas genera un beneficio directo e inmediato a todos estos sectores económicos”.</p>




Santa Fe brindará asistencia económica y eximirá de impuestos a sectores afectados




<p>“Además, esta medida alcanza a todos los pequeños contribuyentes del régimen simplificado, cualquiera sea la actividad; y a los pequeños comerciantes minoristas, que se van a ver eximidos del pago del saldo de declaraciones juradas”, especificó.</p>



<p>Asimismo destacó que “es un proyecto que ha sido remitido por el Poder Ejecutivo, pero también la Legislatura ha trabajado, se ha logrado un consenso importante, y tuvo una acogida positiva. Creo que el abanico del los sectores políticos está conforme con la medida adoptada”.</p>



<p>Sectores beneficiarios</p>



<p>El beneficio rige para las actividades debares, restaurantes y similares; servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings y similares; servicios de agencias de viaje y turismo y similares; servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones y similares; servicios profesionales y personales vinculados al turismo; servicios de explotación de playas y parques recreativos; venta al por menor de artículos o artesanías regionales; servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones y similares; servicios para eventos infantiles; organización de eventos; servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos; alquiler temporario de locales para eventos; servicios de peloteros; alquiler de canchas y demás establecimientos para práctica de deportes; jardines maternales, centros de atención de desarrollo infantil, servicios de salones de baile y discotecas, sala de teatros, de cinematografía, eventos culturales, gimnasios, servicios de peluquería, agencias de lotería, clínicas y sanatorios privados que presten servicios de internación y empresas de emergencias médicas en la medida que se encuentren domiciliados en la provincia de Santa Fe. Cabe destacar que la mayoría de estas actividades económicas están exentas del pago de impuestos provinciales desde septiembre de 2020.</p>



<p>Ávalos resaltó que además de los sectores señalados, también se encuentran exentos la totalidad de los pequeños contribuyentes adheridos al régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos -independientemente del sector al que pertenezcan- para las cuotas de los meses de abril a septiembre de este año y, recordó que las cuotas de septiembre de 2020 a marzo de 2021 ya habían sido eximidas, beneficiando así a más de 130.000 pequeños contribuyentes. Asimismo, informó que los pequeños comerciantes minoristas locales, en la medida que no se encuentren entre los declarados esenciales, quedan eximidos de pagar los saldos de sus declaraciones juradas correspondientes a los meses de junio a septiembre de éste año.</p>




La millonaria suma que la provincia le envió a sectores afectados por la pandemia




<p>Por otra parte, se ha dispuesto una nueva prórroga por 60 días del régimen de regularización tributaria que se encontraba vigente, posibilitando que todas las deudas devengadas al 31 de octubre de 2020 puedan ser canceladas con importantes reducciones de intereses y condonación de sanciones, pero lo más importante es el nuevo plan de facilidades de pago para las deudas generadas desde noviembre del año pasado hasta abril inclusive del corriente año. En ese sentido el funcionario explicó que el nuevo plan de facilidades contempla la posibilidad de abonar las deudas impositivas a valores históricos, financiándola hasta en 6 cuotas sin intereses o hasta en 12 cuotas con un interés del 0,5% mensual sobre saldo.</p>



<p>Señaló Ávalos que todas estas medidas, de suma importancia para la contención de los sectores más perjudicados por la situación sanitaria que nos encontramos atravesando, vienen a complementar todo un conjunto de disposiciones que se fueron adoptando durante el año como por ejemplo la prórroga de los vencimientos de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de las cuotas del Régimen Simplificado de los meses de abril a junio/2021, considerándolas ingresadas en término, hasta diciembre/2021, conforme se estableció por Res. Gral. N° 21/202; o la quita del tope máximo del monto &#8220;saldo a favor&#8221; para pedir las Constancias de exclusión de retenciones y/o percepciones de Ingresos Brutos (Res. Gral. 27/2021) y la suspensión por 90 días mediante Res. Gral. 29/21 de la iniciación y/o prosecución de juicios de apremios y medidas cautelares para determinadas actividades.</p>



<p>También, por Res. Gral. N° 028/21 se prorrogó hasta el 30/06/2021 el régimen de regularización de deudas tributarias para las devengadas con anterioridad al 31 de octubre de 2020 y, respecto a las deudas devengadas entre el 1 de noviembre de 2020 y el 30 de abril de 2021, se estableció, mediante Decreto N° 837 reglamentado por Res. Gral. 30/2021, un plan especial de pagos con 0 (cero) tasa de interés resarcitorio.</p>



<p></p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m18_ZOPByZh-LG6clx0UUebTutQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/08/API-Rosario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El titular de API, Martín Ávalos, destacó que el objetivo “es generar una contención a todos los sectores que por las medidas sanitarias se han visto...]]>
                </summary>
                                <category term="destacados" label="Destacados" />
                <updated>2021-06-29T19:46:58+00:00</updated>
                <published>2021-06-29T19:46:58+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Patente automotor: Las tres primeras cuotas se podrán abonar con la credencial de pago
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/patente-automotor-las-tres-primeras-cuotas-se-podran-abonar-con-la-credencial-de-pago" type="text/html" title="Patente automotor: Las tres primeras cuotas se podrán abonar con la credencial de pago" />
        <id>https://www.notife.com/patente-automotor-las-tres-primeras-cuotas-se-podran-abonar-con-la-credencial-de-pago</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/patente-automotor-las-tres-primeras-cuotas-se-podran-abonar-con-la-credencial-de-pago">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n9BVgQZKKEMYBA4ov6v4jARdyKc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/03/APIII-.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La API informó que el incremento no superará el 40% de los valores determinados en 2020. Si hubiere saldo a favor, se computará para las próximas cuotas. Los vencimientos fueron reprogramados.</p>



<p>La Administración Provincial de Impuestos (API) informó que los contribuyentes de la patente única sobre vehículos abonarán ese tributo con un incremento que no superará el 40 por ciento del impuesto determinado en 2020. Y que, en el caso de los vehículos modelos 2021, el incremento no será superior al 30 por ciento.</p>




API retoma la atención al público




<p>El titular de la API, Martín Avalos, indicó que “los contribuyentes que desean abonar en forma presencial van a emplear para el pago la misma boleta que ya le fue distribuida, utilizando la credencial de pago”. En ese sentido remarcó que la “credencial de pago se encuentra en el vértice inferior derecho y que también cuenta un código de barra”. Cabe destacar que los códigos de barra de las cuotas 1, 2 y 3 fueron anulados.</p>



<p>La API recuerda que continúan vigentes todos los medios electrónicos de pago, y las modificaciones de los valores se efectúan de manera automática por sistema.</p>




Solicitan tratar la reducción del impuesto a la patente automotor




<p>QUÉ PASA CON LOS QUE YA PAGARON</p>



<p>El titular de la API sostuvo que “todos aquellos que hayan abonado alguna de las cuotas antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa, en la medida que la misma sea superior al 40 por ciento, el pago en exceso será computado como pago a cuenta de las cuotas 3, 4, 5 y 6, en ese orden de prelación si subsiste el saldo a favor”.</p>



<p>En cuanto a los que hayan realizado el pago total anual, “el reintegro se hará de manera automática a través de una transferencia en la CBU del contribuyente”, informó el funcionario provincial.</p>



<p>Los contribuyentes que tengan un pago en exceso al 40% deberán ingresar a la página www.santafe.gob.ar/api y allí se encontrará un aplicativo web para cargar los datos y denunciar la CBU para la transferencia, o se puede hacer una presentación por escrito ante cualquiera de las dependencias de API.</p>



<p>REPROGRAMACIÓN DE VENCIMIENTOS</p>



<p>Por último, se reprogramarán los vencimientos de las cuotas 1, 2 y 3, los que operarán en las siguientes fechas:</p>



<p>Cuota 1: entre el 5 y 9 de abril de 2021Cuota 2: entre el 16 y 23 de junio de 2021Cuota 3: entre el 16 y 20 de agosto de 2021.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n9BVgQZKKEMYBA4ov6v4jARdyKc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2021/03/APIII-.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La API informó que el incremento no superará el 40% de los valores determinados en 2020. Si hubiere saldo a favor, se computará para las próximas cuot...]]>
                </summary>
                                <category term="interior" label="Interior" />
                <updated>2021-03-05T15:50:30+00:00</updated>
                <published>2021-03-05T15:50:30+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Beneficios fiscales para los contribuyentes más afectados por la pandemia
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/beneficios-fiscales-para-los-contribuyentes-mas-afectados-por-la-pandemia" type="text/html" title="Beneficios fiscales para los contribuyentes más afectados por la pandemia" />
        <id>https://www.notife.com/beneficios-fiscales-para-los-contribuyentes-mas-afectados-por-la-pandemia</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/beneficios-fiscales-para-los-contribuyentes-mas-afectados-por-la-pandemia">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A8elrNSP-_05KIptkEIsKVvQHDs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/09/Dise%C3%B1o-sin-t%C3%ADtulo-19-3.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El paquete de medidas, que incluye nuevos planes de pago y el diferimiento del pago de tributos, incide principalmente en los rubros gastronómico y hotelero. </p>
<p>La Administración Provincial de Impuestos (API) dispuso una serie de medidas para beneficiar a los contribuyentes más afectados por la pandemia de Covid-19.</p>
<p>&#8220;Este es un paquete de medidas de beneficio fiscal que estamos lanzando y que está orientada a generar beneficios principalmente a los sectores que hoy se encuentran más afectados por la pandemia&#8221;, explicó el titular del organismo, Martín Avalos.</p>
<p>Las medidas incluyen un nuevo plan de pagos que alcanza a deudas que tuvieron vencimiento entre el 1 de diciembre de 2019 y el 31 de agosto de este año. &#8220;Este plan suplanta al plan de pagos del decreto N° 484 y amplía los beneficios. Ahora las deudas se extienden hasta el 31 de agosto y establece que esas deudas se pueden pagar sin intereses y hasta en 12 cuotas sin recargo, mientras que el plan anterior fijaba 6 cuotas&#8221;, dijo el funcionario.</p>
<p>Asimismo, Avalos agregó que &#8220;el resto de las medidas incide directamente sobre el sector gastronómico, los bares y restoranes que están más afectados en este momento. Establecemos el diferimiento de los pagos de los saldos de declaraciones juradas que se hayan hecho o que se realicen entre septiembre, octubre y noviembre para que puedan comenzar a pagarse a partir de enero, febrero y marzo del año próximo&#8221;.</p>
<p>Respecto a los hoteles, alojamientos y similares, el titular de API informó que &#8220;estamos difiriendo el pago del impuesto inmobiliario. Paralelamente, en la reglamentación se va a establecer un sistema de presentación a través de un aplicativo que va a estar colgado en nuestra web donde van a tener que completar un formulario muy simple y básico para que nosotros podamos ir confiriéndoles el beneficio de manera individual&#8221;.</p>
<p>Al respecto, Avalos contempló que &#8220;hay situaciones particulares, como el caso de los hoteles o alojamientos que no tienen regularizadas las partidas a nombre del hotel propiamente dicho o de la sociedad que explota el hotel, justamente por eso estamos desarrollando este aplicativo para que la medida sea justa y abarque realmente a aquellos contribuyentes a los que estamos orientando el beneficio&#8221;.</p>
<p>El funcionario indicó, además, que respecto del Impuesto al Sello este &#8220;no se va a cobrar, se va a diferir el pago del impuesto en aquellas operaciones de créditos que estén vinculadas con la recuperación productiva. Ahora hay una gama de créditos tanto a nivel nacional como provincial que se otorgan a determinados sectores de la actividad económica que están afectados”</p>
<p>“Lo que estamos haciendo es dar una ayuda más al permitir que no se pague y diferirlo al mes de enero del año próximo, y en enero evaluaremos la situación. Lo mismo en el caso de los contratos de alquiler para actividades comerciales que se celebren en septiembre, octubre y noviembre: también se difiere el pago de sellos de esos contratos&#8221;, añadió el funcionario provincial.</p>
<p>&#8220;Todo esto se enmarca dentro del conjunto de medidas de beneficio fiscal que venimos dictando a lo largo del año&#8221;, recordó Avalos, quien en ese sentido destacó &#8220;la moratoria impositiva que venció en junio, el plan especial que continúa la moratoria del decreto N° 485 con los mismos beneficios, las medidas de diferimiento que se tomaron en marzo, abril y mayo, y las medidas individuales de determinadas circunstanciar que se dieron en junio, julio y agosto&#8221;.</p>
<p>LAS NUEVAS MEDIDAS</p>
<p>Las siguientes son las medidas dispuestas por la API:</p>
<p>&gt;&gt; Establecimiento de un nuevo Plan Especial de Pagos, para deudas generadas entre el 01/12/2019 y el 31/08/2020, con el objetivo de facilitar la regularización de deudas tributarias que se hayan generado como consecuencia de la pandemia.</p>
<p>El nuevo decreto suplantará el decreto N° 484/20, estableciendo como beneficios la eximición del pago de intereses resarcitorios y la posibilidad de pago en hasta 12 cuotas sin intereses de financiación.</p>
<p>&gt;&gt; Diferir hasta el mes de diciembre del corriente año el pago de las cuotas 2 a 6/2020 del impuesto inmobiliario al sector de Hoteles y Alojamientos.</p>
<p>&gt;&gt; Diferir respecto del sector gastronómico (Bares – Restaurantes) los saldos de Declaraciones Juradas a ingresar por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondientes a vencimientos que operen durante los meses de septiembre, octubre y noviembre /2020.</p>
<p>&gt;&gt; Diferir el pago de las cuotas de todas las categorías del Régimen Simplificado del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, por los meses de septiembre, octubre y noviembre.</p>
<p>&gt;&gt; Diferir durante los meses de septiembre, octubre y noviembre del corriente año, el pago del Impuesto de Sellos respecto de los créditos del sistema financiero y mutuales que estén orientados a la recuperación productiva de las empresas y/o personas afectadas por la pandemia del Covid-19.</p>
<p>&gt;&gt; Diferir el pago del Impuesto de Sellos a los contratos de alquiler con destino a local comercial celebrados entre los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2020.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A8elrNSP-_05KIptkEIsKVvQHDs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/09/Dise%C3%B1o-sin-t%C3%ADtulo-19-3.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El paquete de medidas, que incluye nuevos planes de pago y el diferimiento del pago de tributos, incide principalmente en los rubros gastronómico y ho...]]>
                </summary>
                                <category term="interior" label="Interior" />
                <updated>2020-09-18T13:30:13+00:00</updated>
                <published>2020-09-18T13:30:13+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            La API Rosario está cerrada por un caso positivo de coronavirus
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/la-api-rosario-esta-cerrada-por-un-caso-positivo-de-coronavirus" type="text/html" title="La API Rosario está cerrada por un caso positivo de coronavirus" />
        <id>https://www.notife.com/la-api-rosario-esta-cerrada-por-un-caso-positivo-de-coronavirus</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/la-api-rosario-esta-cerrada-por-un-caso-positivo-de-coronavirus">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m18_ZOPByZh-LG6clx0UUebTutQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/08/API-Rosario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un inspector del organismo tuvo síntomas de la enfermedad y anoche se confirmó el cuadro. Hace diez días está aislado en su domicilio.</p>
<p></p>
<p>La Administración Provincial de Impuestos (API) en Rosario permanecerá cerrada al menos hoy al confirmarse que uno de sus empleados dio positivo de coronavirus. Se trata de un inspector que permanece aislado en su domicilio y siguiendo los protocolos sanitarios en vigencia. Por lo tanto no habrá atención al público.</p>
<p>Martín Avalos, director de la API, consignó que el empleado presentó síntomas de la enfermedad “hace diez días” y desde entonces tanto esa persona como su grupo de trabjo permanecen en sus casas “por precaución”.</p>
<p>En declaraciones, el funcionario señaló que el inspector “al sufrir los síntomas siguió todos los protocolos, llamó a la línea 0800 de la provincia y se hizo el hisopado el viernes pasado. Y anoche nos confirmaron que era positivo”.</p>
<p>“Este es el único caso en el que tuvimos que aplicar el protocolo preventivo. Es el primero en el organismo”, agregó.</p>
<p>Avalos confirmó que la delegación local de API permanecerá cerrada hoy y no habrá atención al público. “Se seguirán las indicaciones del Ministerio de Salud. Se desinfectará todo el edificio. Una vez concluida esta tarea y sin que aparezca ninguna persona con síntomas o que haya estado en contacto con esta persona, API reabrirá el miércoles o el jueves. Eso se resolverá durante las próximas horas”, subrayó.</p>
<p>&#8220;Es importante transmitir a la población la tranquilidad de que nuestro empleado y todo su grupo de inspectores están aislados hace diez días, no han concurrido al edificio. Esta es una situación especial y se pueden correr los mismos riesgos que cualquier persona en cualquier ámbito, cuando está en la calle o va al supermercado. En la API impusimos un sistema de barreras y todas las medidas de limpieza y control de distanciamiento para la atención al público&#8221;, concluyó.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m18_ZOPByZh-LG6clx0UUebTutQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/08/API-Rosario.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un inspector del organismo tuvo síntomas de la enfermedad y anoche se confirmó el cuadro. Hace diez días está aislado en su domicilio.La Administració...]]>
                </summary>
                                <category term="rosario" label="Rosario" />
                <updated>2020-08-11T11:21:22+00:00</updated>
                <published>2020-08-11T11:21:22+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            La provincia lanzó un plan de pago para deudas devengadas hasta el 30 de noviembre de 2019
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/la-provincia-lanzo-un-plan-de-pago-para-deudas-devengadas-hasta-el-30-de-noviembre-de-2019" type="text/html" title="La provincia lanzó un plan de pago para deudas devengadas hasta el 30 de noviembre de 2019" />
        <id>https://www.notife.com/la-provincia-lanzo-un-plan-de-pago-para-deudas-devengadas-hasta-el-30-de-noviembre-de-2019</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/la-provincia-lanzo-un-plan-de-pago-para-deudas-devengadas-hasta-el-30-de-noviembre-de-2019">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Mivw0uEhnXJ8Ycet9H_I7U-lv70=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/Notife-2020-04-21T072839.693.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Emergencia Sanitaria, dictó el Decreto No 485/2020, que dispone un Régimen de Facilidades de Pago para deudas tributarias devengadas hasta el 30 de noviembre de 2019, el cual fue reglamentado por la Resolución General No 35/2020 de la Administración Provincial de Impuestos.</p>
<p>
Vigencia: desde el 01 de Julio de 2020 al 28 de Setiembre de 2020.</p>
<p>Alcance: Los siguientes impuestos, tasas y contribuciones provinciales sus intereses y multas:</p>
<p>• Impuesto sobre los Ingresos Brutos</p>
<p>• Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural</p>
<p>• Patente Única sobre Vehículos</p>
<p>• Impuesto de Sellos</p>
<p>• Contribución de Mejoras (Reglamentado por Catastro)</p>
<p>• Impuesto a las Actividades Hípicas &#8211; Ley 5317</p>
<p>• Tasas Retributivas de Servicios</p>
<p>• Aportes al Instituto Becario</p>
<p>• Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación</p>
<p>• Impuesto especial previsto en el artículo 2 de la Ley 13.582</p>
<p>Beneficios y forma de pago:</p>
<p>• Tasa de Interés: 2% (dos por ciento) mensual.</p>
<p>• Formas de pago:</p>
<p>Contado: los intereses se reducirán en un 40%.</p>
<p>Convenios de Pago:</p>
<p>&#8211; Hasta 12 cuotas con una reducción del 20% de los intereses y un interés de financiación del 1,5% mensual</p>
<p>&#8211; Desde 13 hasta 24 cuotas con una reducción del 10% de los intereses y un interés de financiación del 2% mensual</p>
<p>&#8211; Desde 25 hasta 36 cuotas con un interés de financiación del 2, 5% mensual</p>
<p>&#8211; Cuota igual o superior a $ 300</p>
<p>&#8211; Vencimiento de las cuotas: el día 10 de cada mes o el primer día hábil siguiente si es feriado o no laborable</p>
<p>Las multas por incumplimiento a los deberes formales y materiales tendrán una reducción del 60% excepto las cometidas por los Agentes de Retención y/o Percepción que será del 20% cuando hayan ingresado el impuesto retenido o percibido al momento del acogimiento de los beneficios del Régimen de Facilidades de Pago.</p>
<p>Para acceder a los beneficios del Régimen dispuesto por el Decreto 485/2020 los contribuyentes deberán ingresar en www.santafe.gov.ar/api BOX DE DESTACADOS: “Régimen de Facilidades de Pago – Decreto 485/2020” &#8211; donde podrán consultar las normativas legales y los trámites web habilitados.</p>
<p>La atención al Público en la Administración Provincial de Impuestos, en toda la Provincia de Santa Fe, se realizará pidiendo turno, en las ciudades de Santa Fe y Rosario a través del Servicio TURNO WEB PARA TRAMITES, ingresando a http://turnos.santafe.gov.ar/turnos/web/</p>
<p>LÍNEAS DE CONTACTO POR CONSULTAS</p>
<p>Administración Regional Santa Fe: 0800 888 3722</p>
<p>Administración Regional Rosario: 0800 555 6672</p>
<p>Divisional Buenos Aires: (011) 4331-5177/5183</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Mivw0uEhnXJ8Ycet9H_I7U-lv70=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/Notife-2020-04-21T072839.693.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Emergencia Sanitaria, dictó el Decreto No 485/2020, que dispone un Régimen de Facili...]]>
                </summary>
                                <category term="interior" label="Interior" />
                <updated>2020-07-02T13:26:44+00:00</updated>
                <published>2020-07-02T13:26:44+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Este miércoles vence la moratoria
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/este-miercoles-vence-la-moratoria" type="text/html" title="Este miércoles vence la moratoria" />
        <id>https://www.notife.com/este-miercoles-vence-la-moratoria</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/este-miercoles-vence-la-moratoria">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WhTD4aLEWFS3fXEhnvAkqTsjYg8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/06/Mart%C3%ADn-Av%C3%A1los.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Es el último día de adhesión al plan para regulizar deudas. Ya se hicieron compromisos de pago por 100 millones de pesos.</p>
<p>La Administración Provincial de Impuestos (API) recordó que este miércoles vencerá el último plazo para acceder a la moratoria dispuesta por ley Nº13976. El plazo original ya fue prorrogado oportunamente y finalmente no hubo en Legislatura una ley que extienda el plazo. La Cámara de Diputados lo había votado pero en Senado había proyectos propios y resolvieron enviar a comisiones todas las iniciativas sobre la materia.</p>
<p>El titular de API, Martín Avalos informó a El Litoral que ya se formalizaron compromisos de pago por 100 millones de pesos con el consecuente beneficio para municipios y comunas debido a que les corresponde el 100% en caso de Patente y el 60% en los casos de los distintos Impuestos Inmobiliarios.</p>
<p>Para acceder a los beneficios de la moratoria, los contribuyentes deberán ingresar en: www.santafe.gov.ar/api y luego a “Régimen de Regularización Tributaria Ley 13976”, donde podrán consultar las normativas legales y los trámites web habilitados.</p>
<p>De esta manera, los contribuyentes podrán regularizar deudas por impuestos, tasas y contribuciones, sus intereses y multas devengadas hasta el 30 de noviembre de 2019. Los interesados podrán acceder a planes de pagos de hasta 12 cuotas con una reducción del 30% de los intereses y un interés de financiación del 1,5% mensual; hasta 24 cuotas con una reducción del 15% de los intereses y un interés de financiación del 2% mensual; y hasta 36 cuotas con un interés de financiación del 2,50% mensual.</p>
<p>En tanto que para los contribuyentes que decidan cancelen de contado, los intereses se reducen en un 70% y las multas hasta un 80%.</p>
<p>“La regularización abarca deudas generadas hasta el 30 de noviembre de 2019, es decir, todas las deudas por periodos no prescritos. En paralelo tenemos el plan de pagos habitual y permanente, pero lógicamente no tiene los beneficios de esta moratoria, que tiene que ver con la reducción de intereses, multas e intereses de financiación muy por debajo de los valores de mercado. Esa es la diferencia entre lo que finaliza el miércoles y lo que va a continuar en vigencia”, detalló Avalos.</p>
<p>Por otro lado, el funcionario explicó que “la particularidad de esta iniciativa es que beneficia no solo a la provincia, sino también a municipios y comunas, a quienes se coparticipa el 60 por ciento de lo recaudado en materia de Impuesto Inmobiliario, el 100 por ciento de patente, y casi el 14 por ciento de Ingresos Brutos. Diría que casi el 75 por ciento de lo recaudado en materia de Régimen de Regularización está orientado a beneficiar a municipios y comunas”.</p>
<p>Beneficio</p>
<p>El ministro de Gestión Pública, Rubén Michlig, señaló que los ingresos fiscales que reciben municipios y comunas en lo que va del año cayeron solo un 5% por efecto de la moratoria. La caída en los ingresos provinciales ronda el 25% pero el plan de regularización de deudas votado en la última reforma tributaria terminó amortiguando en parte el descenso de fondos para los gobiernos locales.</p>
<p>Planteo de Fececo ante Afip</p>
<p>La Federación de Centros Comerciales de la Provincia de Santa Fe (Fececo) realizó una presentación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) solicitando suspenda la acción de sus apoderados que, en estos momentos de una crisis económica-financiera de características terminales para muchas pymes y contribuyentes, están enviando intimaciones de pago de honorarios por causas judiciales de tiempo atrás.</p>
<p>Para Fececo “es casi irracional pretender que los contribuyentes hagan frente a deudas de honorarios judiciales en momentos en los cuales no pueden afrontar los gastos fijos de sus comercios y pymes. Si se tiene en cuenta que estas intimaciones generan mayores gastos y costos que aumentar considerablemente la deuda y que estos importes no irían a las arcas del Estado sino a los bolsillos de los profesionales, esto resulta una situación desubicada y reprochable”.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WhTD4aLEWFS3fXEhnvAkqTsjYg8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/06/Mart%C3%ADn-Av%C3%A1los.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Es el último día de adhesión al plan para regulizar deudas. Ya se hicieron compromisos de pago por 100 millones de pesos.La Administración Provincial...]]>
                </summary>
                                <category term="interior" label="Interior" />
                <updated>2020-06-02T15:15:18+00:00</updated>
                <published>2020-06-02T15:15:18+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            API retoma la atención al público
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/api-retoma-la-atencion-al-publico" type="text/html" title="API retoma la atención al público" />
        <id>https://www.notife.com/api-retoma-la-atencion-al-publico</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/api-retoma-la-atencion-al-publico">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Mivw0uEhnXJ8Ycet9H_I7U-lv70=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/Notife-2020-04-21T072839.693.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde el martes 21 de abril, mediante el otorgamiento de turnos y la atención de consultas por correo electrónico y en forma telefónica.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>A partir de este martes, la Administración Provincial de Impuestos (API) de la provincia de Santa Fe retomará las tareas administrativas y la atención al público en su horario habitual, de lunes a viernes de 7:30 a 13:30 horas.</p>
<p>Los contribuyentes deberán previamente solicitar turno a través de los medios indicados, los cuales serán otorgados en forma espaciada por tipo de trámite y/o consulta. Asimismo, se continuará con la atención a través de correo electrónico o vía telefónica.</p>
<p>Los turnos presenciales podrán solicitarse en:</p>
<p>&gt;&gt; Administración Regional Santa Fe: apiturnossantafe@santafe.gov.ar; teléfono 0800-888-3722 &#8211; Internos 30499 I 30501. Para actuaciones judiciales: Oficina de Apremios 0800-888-3722 Internos: 30482 I 30483.</p>
<p>&gt;&gt; Administración Regional Rosario: apiturnosrosario@santafe.gov.ar; teléfono (0341) 4292131 I 4292135. Para actuaciones judiciales: Oficina de Apremios (0341) 4721609.</p>
<p>&gt;&gt; Divisional Buenos Aires: (011) 4331-5177 I 5183.</p>
<p>&gt;&gt; Delegaciones de la provincia de Santa Fe: consultar ingresando en www.santafe.gov.ar/e-dirtel/</p>
<p>ATENCIÓN A TRAVÉS DE CORREO ELECTRÓNICO</p>
<p>Además, se ha puesto a disposición de los contribuyentes una serie de correos electrónicos, a los efectos que se puedan hacer las consultas necesarias.</p>
<p>&gt;&gt; Temas de impuestos en general (sellos, inmobiligario, ingresos brutos –constancia de cumplimiento fiscal-, convenios de pago):</p>
<p>&#8211; Regional Santa Fe: apiturnossantafe@santafe.gov.ar</p>
<p>&#8211; Regional Rosario: apiturnosrosario@santafe.gov.ar</p>
<p>&gt;&gt; Grandes contribuyentes, Sircreb y Certificado de exclusión:</p>
<p>&#8211; Regional Santa Fe: gcontrib1@santafe.gov.ar; gcontrib_santafe@santafe.gov.ar</p>
<p>&#8211; Regional Rosario: comitesircreb_921@comisionarbitral.gob.ar</p>
<p>&gt;&gt; Consultas riesgo fiscal: api_rificonsultas@santafe.gov.ar</p>
<p>&gt;&gt; Pagos de boletas de impuestos – aplicativos: coordgralcomunicaciones@santafe.gov.ar</p>
<p>&gt;&gt; Régimen de facilidades de pago ley 13.976:</p>
<p>&#8211; Regional Santa Fe: apiley13976consulta@santafe.gov.ar</p>
<p>&#8211; Regional Rosario: apiley13976rosario@santafe.gov.ar</p>
<p>&gt;&gt; Consultas y trámites de delegaciones: dcdelegaciones@santafe.gov.ar</p>
<p>Es importante destacar que las actividades se desarrollarán de acuerdo a la implementación y cumplimiento del protocolo sanitario establecido por el gobierno de la provincia de Santa Fe en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales.</p>
<p>Se solicita a los contribuyentes tomar todos los recaudos necesarios al momento de acudir a cualquiera de las dependencias.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Mivw0uEhnXJ8Ycet9H_I7U-lv70=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/Notife-2020-04-21T072839.693.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde el martes 21 de abril, mediante el otorgamiento de turnos y la atención de consultas por correo electrónico y en forma telefónica.A partir de es...]]>
                </summary>
                                <category term="interior" label="Interior" />
                <updated>2020-04-21T07:30:02+00:00</updated>
                <published>2020-04-21T07:30:02+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Dispusieron la prorroga de los vencimientos impositivos de marzo y abril
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/dispusieron-la-prorroga-de-los-vencimientos-impositivos-de-marzo-y-abril" type="text/html" title="Dispusieron la prorroga de los vencimientos impositivos de marzo y abril" />
        <id>https://www.notife.com/dispusieron-la-prorroga-de-los-vencimientos-impositivos-de-marzo-y-abril</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/dispusieron-la-prorroga-de-los-vencimientos-impositivos-de-marzo-y-abril">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6jnAn-r7Jh2FLZ0tueQbDxicf44=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2018/09/api.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio, el gobierno provincial, a través de la Administración Provincial de Impuestos, dispuso que los conceptos tributarios cuyos vencimientos estaban originariamente previstos para el mes de marzo de 2020, que ya habían sido reprogramados, serán nuevamente prorrogados por 30 días más.</p>
<p>Asimismo, determinados vencimientos previstos durante el mes de abril del corriente año, serán considerados presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores al vencimiento.</p>
<p>Respecto a los vencimientos operados en el mes de Marzo/2020 y, prorrogados por RG &#8211; API 25/2020, la disposición alcanza los impuestos Inmobiliario Rural; sobre los Ingresos Brutos Régimen General, segundo anticipo; Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de febrero; Aporte al Instituto Becario, quincena 05/2020; cuotas de planes de pagos formalizados al 31 de marzo de 2020 y primera cuota del Régimen de Regulación Tributaria Ley 13976.</p>
<p>En tanto, a los vencimientos previstos en el mes de Abril/2020 de los impuestos Inmobiliario Urbano, segunda cuota cuando el importe de la cuota sea de hasta $ 673; sobre los Ingresos Brutos Régimen General, tercer anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $ 10.000; Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de marzo; Aporte al Instituto Becario, quincena 06/2020; y primera cuota del Régimen de Regulación Tributaria Ley 13976.</p>
<p>Estas medidas se toman en el marco de las disposiciones dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial como consecuencia de la Emergencia Sanitaria por el Coronavirus.</p>
<p>NUEVOS VENCIMIENTOS
&gt;&gt; Impuesto Inmobiliario Rural: los vencimientos para el pago de la segunda cuota serán los siguientes:</p>
<p>&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 0 – 1 el 15/05/2020;
&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 2 – 3 el 18/05/2020;
&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 4 – 5 el 19/05/2020;
&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 6 – 7 el 20/05/2020; y
&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 8 – 9 el 21/05/2020.</p>
<p>&gt;&gt; Impuesto Inmobiliario Urbano: los vencimientos para el pago de la segunda cuota, cuando el importe de la cuota sea de hasta $ 673, serán:</p>
<p>&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 0 – 1 el 20/05/2020;
&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 2 – 3 el 21/05/2020;
&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 4 – 5 el 22/05/2020;
&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 6 – 7 el 26/05/2020; y
&gt;&gt;&gt; Dígito de control de Partida 8 – 9 el 27/05/2020.</p>
<p>&gt;&gt; Impuesto sobre los Ingresos Brutos:
Régimen General: Los vencimientos para el segundo anticipo y tercer anticipo, cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $ 10.000 serán los siguientes, según terminación del Nº de CUIT. (Dígito verificador):</p>
<p>&gt;&gt;&gt; CUIT terminado en 0 a 2 el 15/05/2020;
&gt;&gt;&gt; CUIT terminado en 3 a 5 el 18/05/2020;
&gt;&gt;&gt; CUIT terminado en 6 a 7 el 19/05/2020;
&gt;&gt;&gt; CUIT terminado en 8 a 9 el 20/05/2020.</p>
<p>Régimen Simplificado: los vencimientos de los períodos febrero y farzo 2020 serán:</p>
<p>&gt;&gt;&gt; CUIT terminado en 0 a 2 el 15/05/2020;
&gt;&gt;&gt; CUIT terminado en 3 a 5 el 18/05/2020;
&gt;&gt;&gt; CUIT terminado en 6 a 7 el 19/05/2020; y
&gt;&gt;&gt; CUIT terminado en 8 a 9 el 20/05/2020.</p>
<p>&gt;&gt; Aportes al Instituto Becario: se considerará ingresados en término los pagos de la quincena 5/2020 (período desde el 01/03/2020 hasta el 15/03/2020) y 6/2020 (período desde el 16/03/2020 hasta el 31/03/2020), cuando los mismos se efectúen hasta el 11 de Mayo de 2020.</p>
<p>&gt;&gt; Régimen de Regularización Tributaria – Ley 13976: la primera cuota de los planes de facilidades de pagos, generados en el marco del Régimen de Regularización Tributaria de la ley 13976, con vencimientos previstos entre el 16 de marzo y el 13 de abril de 2020, impresos en las pertinentes boletas podrán ser abonados en los bancos o servicios habilitados al efecto hasta el 04 de Mayo de 2020.</p>
<p>&gt;&gt; Planes de Pago Formalizados hasta el 31 de marzo de 2020: las cuotas con vencimiento 13/04/2020, que no deban ser canceladas con débito en cuenta bancaria a través de la CBU, cuando se efectúen hasta el 13 de mayo de 2020.</p>
<p>EJECUCIONES FISCALES
Por último, se dispuso la suspensión por 60 días de la interposición de medidas cautelares en los procesos de apremio fiscal en trámite o los que se inicien.</p>
<p>La Administración Provincial de Impuestos dictará la Resolución General respectiva que dispondrá las fechas de vencimientos hasta la cuales se podrá dar cumplimiento con las obligaciones tributarias.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6jnAn-r7Jh2FLZ0tueQbDxicf44=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2018/09/api.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio, el gobierno provinc...]]>
                </summary>
                                <category term="interior" label="Interior" />
                <updated>2020-04-14T08:39:36+00:00</updated>
                <published>2020-04-14T08:39:36+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Ponen en marcha un nuevo medio de pago para los convenios de API
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/ponen-en-marcha-un-nuevo-medio-de-pago-para-los-convenios-de-api" type="text/html" title="Ponen en marcha un nuevo medio de pago para los convenios de API" />
        <id>https://www.notife.com/ponen-en-marcha-un-nuevo-medio-de-pago-para-los-convenios-de-api</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/ponen-en-marcha-un-nuevo-medio-de-pago-para-los-convenios-de-api">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/IP9TjJBGbmvp5RixmSMJ2MlupLs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/API.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Provincial de Impuestos (API) ha implementado un nuevo medio de pago para la formalización de los convenios de los pagos. Por lo tanto, se podrá utilizar las tarjetas de débito para la cancelación de la cuota 1 o el anticipo -según corresponda- de los planes de pago.</p>
<p>El pago se podrá realizar a través de la aplicación Botón de Pagos “PLUSPAGOS” que se encuentra en los trámites de “Convenios de pago: Mi plan de pago por internet” correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Impuesto de Sellos (Impuestos de Autoliquidación), Impuesto Inmobiliario y Patente Única sobre Vehículos, disponibles en nuestra página web www.santafe.gov.ar/api, Convenios de Pago.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p></p>
<p>El Botón de Pagos “PlusPagos” se visualizará en la pantalla una vez que el plan de pago se encuentre confirmado, seleccionando el mismo se deberá completar la información solicitada respecto al titular de la tarjeta de débito, Número, Vencimiento mes/año conforme al procedimiento establecido en la Resolución General Nº 12/2020 – API.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/IP9TjJBGbmvp5RixmSMJ2MlupLs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/04/API.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Provincial de Impuestos (API) ha implementado un nuevo medio de pago para la formalización de los convenios de los pagos. Por lo tan...]]>
                </summary>
                                <category term="interior" label="Interior" />
                <updated>2020-04-07T19:53:07+00:00</updated>
                <published>2020-04-07T19:53:07+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Esta semana entra en vigencia la moratoria
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.notife.com/710538" type="text/html" title="Esta semana entra en vigencia la moratoria" />
        <id>https://www.notife.com/710538</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Notife Redacción]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.notife.com/710538">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/R8kHTQPoiuszoTt353wr7JfPjD0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/02/Martin-Avalos-API.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Es la deuda de los contribuyentes santafesinos estimada por las autoridades del organismo. El plazo de adhesión es durante tres meses y hay diferentes planes de pagos.</p>
<p>La ley impositiva 2020 sancionada en diciembre último incluyó una moratoria fiscal con un plazo de adhesión de los contribuyentes morosos de 90 días (pueden llegar a ser 120) y diferentes planes de pagos. El titular de la Administración Provincial de Impuestos (API), Martín Avalos estimó que la deuda en la calle es de 7 mil millones de pesos, especialmente de grandes contribuyentes que presentaron sus respectivas declaraciones de Ingresos Brutos y en el Inmobiliario Urbano mayormente de aquellos propietarios de varias unidades.</p>
<p>“Es una moratoria amplia, abarca todos los impuestos provinciales y las mejoras no declaradas. Prevé una reducción de los intereses sobre deudas y planes de financiación. Contempla además una reducción de sanciones que es del 80% para la generalidad de los incumplimientos materiales y formales y del 50% para los agentes de retención que no depositaron esos montos, siempre y cuando hayan cumplido con los montos retenidos que no van a formar parte de la moratoria” precisó Avalos a El Litoral.</p>
<p>Precisó algunas de las ventajas que tendrá el contribuyente: la primera es la reducción importante de intereses a las deudas establecidas al 30 de noviembre de 2019, que es la fecha de corte estipulada en la ley. Además el beneficio en la forma de calcular los intereses ya que se toma el capital y se aplica el dos por ciento mensual, cuando el interés regular del API es del tres por ciento. También habrá opciones para el pago de la deuda. “Si se decide hacer el pago contado del total de la deuda se hace una reducción de los intereses del 70 por ciento, o se puede optar por financiaciones de 12, 24 o 36 cuotas, también con una quita en los intereses”.</p>
<p>Señaló que “el plan de regularización de deudas arranca este 3 de febrero y se extiende por tres meses, con la posibilidad de que el gobernador pueda, mediante un decreto, prolongarlo por 30 días más”. El trámite se puede hacer tanto en forma presencial en las oficinas de la API o en el portal web de la provincia.</p>
<p>Avalos detalló que la moratoria establecida en la ley “establece tres beneficios puntuales: uno para los cumplidores, que establece una reducción del diez por ciento para aquellos que hayan tenido al día el inmobiliario en los períodos 2017 y 2018; otro para pequeños productores agropecuarios, de hasta 50 hectáreas, la misma reducción, y la general, por adhesión al sistema de pago del débito automático”.</p>
<p>Hora de regularizar</p>
<p>&#8211; ¿Por qué se incluyó una moratoria en la ley de actualización tributaria?</p>
<p>&#8211; Primero por la situación general de toda la actividad económica y en especial de la ciudadanía. El fisco tiene una inmensa cantidad de deuda que hace que los contribuyentes en vez de tratar de reconducirla, se alejan más del organismo; buscan alternativas para permanecer por debajo del radar de la fiscalidad. Todas estas cuestiones hacen que necesitemos que todos los contribuyentes, con la mayor cantidad de facilidades posibles, pueda volver a tener una vida fiscal normal y racional. La moratoria además de la reducción de intereses y de la posibilidad de refinanciación accesible, establece reducciones de multas. Todo el régimen sancionatorio más los intereses hacen que la deuda se haga una bola por el incumplimiento fiscal que luego es difícil desactivar. Con reducción de sanciones, financiación razonable hace que muchos contribuyentes que quieren cumplir y que por alguna razón se atrasaron y quedaron afuera, puedan incluirse.</p>
<p>&#8211; ¿La deuda estimada a cobrar?</p>
<p>&#8211; Un análisis nos da una cifra aproximada a los 7 mil millones de pesos. Una parte importante es Inmobiliario pero paradójicamente vemos importantes niveles de incumplimiento en contribuyentes de alta capacidad contributiva. Hoy el cumplimiento del Impuesto Inmobiliario es 60% en Urbano y 69% en el Rural.</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/R8kHTQPoiuszoTt353wr7JfPjD0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://notifecdn.eleco.com.ar/media/2020/02/Martin-Avalos-API.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Es la deuda de los contribuyentes santafesinos estimada por las autoridades del organismo. El plazo de adhesión es durante tres meses y hay diferentes...]]>
                </summary>
                                <category term="destacados" label="Destacados" />
                <updated>2020-02-03T13:53:20+00:00</updated>
                <published>2020-02-03T13:53:20+00:00</published>
    </entry>
    </feed>